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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (29/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 243378 NORMAS LEGALES Lima, martes 29 de abril de 2003 Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1684-2002- SA/DM de fecha 21 de octubre de 2002 se designó a losrepresentantes de la Comisión Nacional de Concursopara el cargo de Directores de Institutos Especializados y Hospitales del Sector Salud; Que, mediante Acuerdo Nº 12-2003-CNC, la Comi- sión Nacional de Concurso oficializó la Comisión Regio-nal de Concurso de la Región de Arequipa; Que, la Comisión Regional de Concurso de la Región de Arequipa ha llevado a cabo el concurso para ocupar la plaza de Director de los siguientes establecimientos de salud: Hospital III Honorio Delgado Espinoza y Hospi-tal III Goyeneche; Que, habiéndose efectuado la evaluación de los fac- tores de calificación previstos en el artículo 17º delReglamento de Concurso, así como no habiéndose in- terpuesto recursos impugnatorios, previstos en el Re- glamento y Bases del Concurso; la Comisión Nacionalde Concurso remite el Oficio de la referencia, comunican-do a este Despacho los resultados definitivos del concur-so efectuado; Que, mediante Resolución Directoral Nº 284-2003- GRA/P-DIRSA-DG-OERRHH-OAPER de la Dirección Regional de Salud de Arequipa, se ha oficializado el re-sultado del concurso para el cargo de Director del Hos-pital III Goyeneche; Que, el artículo 7º de la Resolución Ministerial Nº 1844-2002-SA/DM, precisa que la designación en el car- go será formalizada mediante Resolución Ministerial; Que, el artículo 3º del Reglamento de Concurso para cargo de Directores de Institutos Especializados y Hos-pitales del Sector Salud establece que el cargo de Direc-tor al que se accede por concurso tendrá una duraciónde tres años, pudiendo ser ratificado por una sola vez para un período adicional; De conformidad con lo establecido en el literal l) del Artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio deSalud SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la desig- nación del doctor Jesús Hernán Tejada Zegarra, NivelF-4, al cargo de Director del Hospital III Goyeneche;dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor LUIS TEOFILO LOZADA NÚÑEZ; Nivel F-4, en el cargo de Director del Hospital III Goyeneche. Artículo Tercero.- PRECISAR que el plazo de dicha designación tendrá una duración de 3 (TRES) años, con-tados a partir de la fecha de publicación de la presenteresolución, de conformidad con lo dispuesto por el Artí- culo 3º del Reglamento de Concurso aprobado por D.S. Nº 011-2002-SA. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO CARBONE CAMPOVERDE Ministro de Salud 08155 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Declaran nulas adjudicaciones direc- tas selectivas convocadas por PROV˝ASNACIONAL para contratar servicios demantenimiento rutinario por microem-presas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2003-MTC/02 Lima, 25 de abril de 2003CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 02-2002- MTC/15.02.PRT.PERT/JZ MOQUEGUA, de fecha 2de diciembre de 2002, se aprobaron las Bases para larealización de los procesos de selección de Adjudica-ción Directa Selectiva Nº 008-2002-MTC/15.02.PRO-VIAS–NACIONAL, Nº 009-2002-MTC/15.02.PROVIAS– NACIONAL, Nº 010-2002-MTC/15.02.PROVIAS–NA- CIONAL, Nº 011-2002-MTC/15.02.PROVIAS–NACIO-NAL, Nº 012-2002-MTC/15.02.PROVIAS–NACIONAL,Nº 013-2002-MTC/15.02.PROVIAS–NACIONAL, Nº014-2002-MTC/15.02.PROVIAS–NACIONAL, Nº 015-2002-MTC/15.02.PROVIAS–NACIONAL, Nº 016-2002- MTC/15.02.PROVIAS–NACIONAL y Nº 017-2002- MTC/15.02-PROVIAS-NACIONAL para la contrataciónde los servicios de mantenimiento rutinario por mi-croempresas; Que, las Bases aprobadas comprendieron como Anexo Nº 2 el Cronograma de los procesos de selección a realizarse, el mismo que para establecerse, tuvo en cuenta las disposiciones contenidas en el Decreto Supre-mo Nº 121-2002-PCM, de fecha 30 de noviembre de2002, que fijó excepcionalmente el período para el gocede vacaciones de funcionarios y servidores de los plie-gos y unidades ejecutoras del Poder Ejecutivo y que señaló en el Artículo 4º, que los días comprendidos del 16 de diciembre del 2002 al 3 de enero del 2003 eranconsiderados como días inhábiles; Que, de conformidad con el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 131-2002-PCM, de fecha 12 de diciembrede 2002, se precisó que lo dispuesto en el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 121-2002-PCM no comprendía a los procesos de adquisiciones y contrataciones de bie-nes, servicios u obras que se realizan al amparo delTUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2002-PCM y su Re-glamento; Que, en consecuencia, debido a lo señalado en di- cho dispositivo legal, mediante Resolución Jefatural Nº003-2002-PROVIAS NACIONAL- MOQUEGUA, de fe-cha 11 de diciembre de 2002, se modificó el Anexo 2 quecomprendía el Cronograma de las Adjudicaciones Di-rectas Selectivas a realizarse; Que, sin embargo, el nuevo cronograma para llevar a cabo los procesos de selección no fue oportunamentecomunicado a todos los adquirentes de las Bases de lasreferidas Adjudicaciones Directas Selectivas; tal comose señala en el Informe Nº 010-2003-MTC/20-GAL y sedesprende del cargo de notificación, que se adjunta con el Memorándum Nº 677-2003-MTC/20-GAL, de cuyo contenido no se puede determinar fehacientemente lacomunicación de un nuevo cronograma y ni que todoslos adquirentes de las Bases fueron debidamente notifica-dos; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 20º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº013-2001-PCM, las prórrogas o postergación de las eta-pas de un proceso de selección se determina por acuer-do del Comité Especial, el cual lo comunicará en formaoportuna a la Entidad y a todos los adquirentes de Bases o a todos los postores, según corresponda; Que, de acuerdo a lo señalado por el Artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, el Titular del Pliego o la máxima autoridadadministrativa de la Entidad, según corresponda, podrádeclarar de oficio la nulidad del proceso de selección por contravención de las normas legales, debiendo expre- sar en la resolución que se expida la etapa a la que seretrotraerá el proceso; Que, en consecuencia, habiéndose verificado la infracción del Artículo 20º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, al no haberse comunicado oportunamente el nuevo cronograma de losprocesos de selección, se deben declarar nulas las Ad-judicaciones Directas Selectivas Nº 008-2002-MTC/15.02.PROVIAS–NACIONAL, Nº 009-2002-MTC/15.02.PROVIAS–NACIONAL, Nº 010-2002-MTC/ 15.02.PROVIAS–NACIONAL, Nº 011-2002-MTC/ 15.02.PROVIAS–NACIONAL, Nº 012-2002-MTC/