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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (10/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 52

PÆg. 249618 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de agosto de 2003 Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 1096-2003-MTC/12.04-SDA designando al ins-pector Filiberto Cárdenas Chávez, para realizar las inspec- ciones técnicas por renovación de constancias de confor- midad a las aeronaves Airbus A320 cuyas matrículas sonN941LF, N981LR y N991LR, de la empresa Taca Perú S.A.en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador,durante los días 11 al 15 de agosto de 2003; Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario autori- zar el viaje del referido inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun-ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,pueda realizar las inspecciones técnicas a que se contraela Orden de Inspección Nº 1096-2003-MTC/12.04-SDA, afin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el ejercicio 2003; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, elinciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política, elDecreto Legislativo Nº 560 y el Decreto de Urgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Filiberto Cár- denas Chávez, inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes, a la ciudad de San Salvador, República de El Salva-dor, durante los días 11 al 15 de agosto de 2003, para losfines a que se contrae la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente será con cargo al presupuesto del Minis- terio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al si-guiente detalle: Viáticos US$ 1,000.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspec-tor mencionado en el artículo 1º de la presente Resolu-ción Suprema, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado al titular del sector, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos du-rante el viaje autorizado. La presente Resolución Su-prema no dará derecho a exoneración o liberación deimpuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera suclase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y porel Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 15020 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 019-2003-MTC Lima, 8 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia Nº 017-2003 ha estable- cido que los viajes al exterior que irroguen gasto al TesoroPúblico, de funcionarios, servidores públicos o represen- tantes del Poder Ejecutivo, referidos en el primer y segun- do párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohi-bidos por el resto del ejercicio fiscal 2003; Que, el artículo 2º del mencionado Decreto de Urgen- cia dispone que mediante Resolución Suprema refrendadapor la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro delSector correspondiente, podrá autorizarse aquellos viajes que resulten indispensables para autorizar el cumplimientode los objetivos y metas fijados para el Ejercicio del año2003; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establecen que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer-cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil comodependencia especializada del Ministerio de Transportes yComunicaciones para el cumplimiento de las funciones que señalan la Ley y su Reglamento; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticosestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civily poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basa-do en las disposiciones establecidas en el citado Convenioy en los estándares de la Organización de Aviación CivilInternacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artí-culo 14º establece que los inspectores debidamente identi-ficados a que refiere la Ley son competentes, según suespecialidad, para verificar las capacidades exigidas a lostitulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aé- reas, se verifica, entre otras formas, a través de inspeccio-nes técnicas a las estaciones de los explotadores aéreosubicadas en el extranjero; Que, mediante las Cartas DINPU Nºs. 192 y 194/07/03, del 9 y 11 de julio del 2003, respectivamente, la empresa Lan Perú S.A. solicita a la Dirección General de AeronáuticaCivil, efectuar la inspección técnica de la estación de Cara-cas, durante los días 14 y 15 de agosto de 2003; Que, conforme se desprende del Recibo de Acotación Nº 03130, la solicitante ha cumplido con el pago del dere- cho de tramitación correspondiente al Procedimiento Nº 12 de la sección correspondiente a la Dirección General deAeronáutica Civil (Inspección Técnica a Bases y Estacio-nes de Operaciones para Establecimiento o Actualizaciónde Especificaciones de Operación), establecido en el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Su- premo Nº 008-2002-MTC, de acuerdo a la modificaciónestablecida por Decreto Supremo Nº 037-2002-MTC, el cualestá destinado a cubrir los costos de las respectivasinspecciones, incluyendo el pago íntegro de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 1101-2003-MTC/12.04 designando al inspectorVíctor Manuel Suárez Llaque para realizar una inspeccióntécnica a la estación de la empresa Lan Perú S.A. en laciudad de Caracas, República de Venezuela, como parte del proceso de certificación de sus operaciones aéreas in- ternacionales, durante los días 13 al 15 de agosto de 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido ins- pector de la Dirección General de Aeronáutica Civil paraque, en cumplimiento de las funciones que le asigna la LeyNº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1101- 2003-MTC/12.04, a fin de asegurar el cumplimiento de losobjetivos y metas fijados por el Ministerio de Transportes yComunicaciones para el Ejercicio 2003; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inciso 8) del artí- culo 118º de la Constitución Política, el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto de Urgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Víctor Manuel Suárez Llaque, inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, a la ciudad de Caracas, República de Venezuela, du- rante los días 13 al 15 de agosto de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Reso-lución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: