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PÆg. 249621 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de agosto de 2003 Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Direc- ción General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Ordende Inspección Nº 1091-2003-MTC/12.04 designando alinspector Ricardo Rafael Pazos Raygada para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equi- po Boeing 737 al personal aeronáutico propuesto por laempresa Aerocontinente S.A., en la ciudad de Denver,Estados Unidos de América, durante los días 29 deagosto al 1 de setiembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funcionesque le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo a quese contrae la Orden de Inspección Nº 1091-2003-MTC/12.04, a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados por el Ministerio de Transportes y Comunica- ciones para el Ejercicio 2003; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inciso 8) del artí-culo 118º de la Constitución Política, el Decreto LegislativoNº 560 y el Decreto de Urgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Ricardo Rafael Pazos Raygada, inspector de la Dirección General de Ae-ronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, a la ciudad de Denver, Estados Unidos de América, durante los días 29 de agosto al 1 de setiembre de 2003,para los fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspectormencionado en el artículo 1º de la presente ResoluciónSuprema, dentro de los quince (15) días calendario siguien-tes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe de-tallado describiendo las acciones realizadas y los resulta- dos obtenidos durante el viaje autorizado. La presente Re- solución Suprema no dará derecho a exoneración o libera-ción de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuerasu clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 15024 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 024-2003-MTC Lima, 8 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Decreto de Urgencia Nº 017-2003 ha estable- cido que los viajes al exterior que irroguen gasto al TesoroPúblico, de funcionarios, servidores públicos o represen- tantes del Poder Ejecutivo, referidos en el primer y segun- do párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohi-bidos por el resto del ejercicio fiscal 2003; Que, el artículo 2º del mencionado Decreto de Urgen- cia dispone que mediante Resolución Suprema refrendadapor la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro del Sector correspondiente, podrá autorizarse aquellos viajesque resulten indispensables para autorizar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el Ejercicio del año2003; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050- 2001-MTC, establecen que la Autoridad Aeronáutica Ci-vil es ejercida por la Dirección General de AeronáuticaCivil como dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones para el cumplimiento delas funciones que señalan la Ley y su Reglamento; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuticos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgadaal Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional,debe mantener un programa anual de vigilancia sobre laseguridad operacional a través de la ejecución de inspec-ciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basa- do en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación CivilInternacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, apro- bado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artí-culo 14º establece que los inspectores debidamente identi-ficados a que refiere la Ley son competentes, según suespecialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aé- reas, se verifica, entre otras formas, a través de inspeccio-nes técnicas a las estaciones de los explotadores aéreosubicadas en el extranjero; Que, como parte del Plan de Vigilancia de las operacio- nes aéreas internacionales, la Dirección de Seguridad Aé-rea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, a travésde la Orden de Inspección Nº 1106-2003-MTC/12.04-SDA, ha dispuesto que el inspector Rommy Edgar Picón Aguilar realice una inspección técnica a la estación de la empresaTaca Perú S.A., en la ciudad de San José de Costa Rica,República de Costa Rica, durante los días 18 al 20 de agostode 2003; Que, por lo expuesto, es necesario autorizar el viaje del referido inspector de la Dirección General de AeronáuticaCivil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspec-ción Nº 1106-2003-MTC/12.04-SDA, a fin de asegurar elcumplimiento de los objetivos y metas fijados por el Minis-terio de Transportes y Comunicaciones para el Ejercicio2003; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política, el Decreto Legislativo Nº 560 y el Decreto de Urgencia Nº017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Rommy Edgar Picón Aguilar, inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, a la ciudad de San José de Costa Rica, República de Costa Rica, durante los días 18 al 20 de agosto de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de lapresente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi-nisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el inspec-tor mencionado en el artículo 1º de la presente Resolu-ción Suprema, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realiza- das y los resultados obtenidos durante el viaje autori-zado. La presente Resolución Suprema no dará dere-cho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación.