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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G34/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 17 de diciembre de 2003 VISTA: La solicitud de imposición de la servidumbre de acueductos, embalses y obras hidroeléctricas para lacentral hidroeléctrica Curumuy, presentada por Sindica-to Energético S.A. - SINERSA, persona jurídica inscritaen la partida electrónica Nº 00304697 del Libro de So-ciedades Mercantiles del Registro de Personas Jurídi-cas de la Oficina Registral de Lima y Callao; CONSIDERANDO:Que, SINERSA, concesionaria de generación de energía eléctrica, en mérito de la Resolución Supre-ma Nº 160-97-EM de fecha 30 de diciembre de 1997,ha solicitado la imposición de la servidumbre de acue-ductos, embalses y obras hidroeléctricas para la cen-tral hidroeléctrica Curumuy, ubicada en el distrito,provincia y departamento de Piura, según las coor-denadas UTM que figuran en el Expediente Nº11148303; Que, la concesionaria ha acreditado que, en el lugar señalado en el considerando que antecede, seha constituido servidumbre convencional de ocupa-ción de bienes de propiedad particular sobre un áreade 123 100 metros cuadrados para la instalación dela central hidroeléctrica de Curumuy, celebrada conel Proyecto Especial Chira-Piura, propietario del pre-dio involucrado, conforme consta en el Testimonio deEscritura Pública extendida el 9 de diciembre de 2002,ante el Notario de Lima, Dr. Eduardo Laos de Lama,cuya copia obra en el Expediente; Que, de acuerdo al Testimonio de Escritura Públi- ca a que se refiere el considerando que antecede, laconcesionaria ha compensado al propietario de lospredios afectados por la servidumbre que se indicaen el primer considerando de la presente Resolución. Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Su-premo Nº 009-93-EM, establece que los concesiona-rios que acrediten la existencia de servidumbre con-vencional para el desarrollo de las actividades eléc-tricas, pueden solicitar al Ministerio de Energía y Mi-nas el reconocimiento de la misma, siendo de aplica-ción a tal servidumbre convencional las normas deseguridad establecidas en la Ley de ConcesionesEléctricas, su Reglamento, así como en las normastécnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 110º y siguientes del Decreto Ley Nº25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamen-to, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 321-2003-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RECONOCER a favor de la concesión definitiva de generación de la que es titular SindicatoEnergético S.A. - SINERSA, la servidumbre de acueduc-tos, embalses y obras hidroeléctricas para la central hi-droeléctrica Curumuy, en el bien de propiedad del Pro-yecto Especial Chira - Piura, ubicada en el distrito, pro-vincia y departamento de Piura, constituida por Escritu-ra Pública extendida el 9 de diciembre de 2002, en lostérminos y condiciones estipulados en la misma. Artículo 2º.- Son de aplicación a la servidumbre re- conocida en el artículo que antecede, las normas de se-guridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en lasnormas técnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURYMinistro de Energía y Minas 23181/G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E /G70/G61/G72/G61/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G61/G72/G20/G6C/G61/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G67/G65/G6E/G65/G2D/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6E/G65/G72/G67/GED/G61/G20/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G65/G6E/G2D/G74/G72/G61/G6C/G20/G48/G69/G64/G72/G6F/G65/G6C/GE9/G63/G74/G72/G69/G63/G61/G20/G4C/G61/G20/G4F/G72/G6F/G79/G61/G2C/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65 /G45/G6C/G65/G63/G74/G72/G6F/G61/G6E/G64/G65/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 643-2003-MEM/DM Lima, 2 de diciembre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31000793 sobre autoriza- ción para desarrollar la actividad de generación de ener-gía eléctrica en la Central Hidroeléctrica La Oroya, y lasolicitud de transferencia a favor de ELECTROANDESS.A., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11264232del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Regis-tral de Lima y Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 095-2001- EM del 5 de marzo de 2001, Empresa Eléctrica de losAndes S.A. adquiere la titularidad de la autorización paradesarrollar la actividad de generación de energía eléctri-ca en la Central Hidroeléctrica La Oroya, de 9 MW de ca-pacidad instalada y ubicada en el departamento de Junín; Que, por Escritura Pública extendida el 11 de diciem- bre de 2001, se formalizó la compraventa de accionesde las que era titular la Empresa Minera del Perú S.A.(CENTROMÍN) en Empresa Eléctrica de los Andes S.A.,a favor de Inversiones Elegia S.R.L., según consta en lacopia de la Boleta Notarial de la mencionada EscrituraPública obrante en el Expediente; Que, en virtud de la Escritura Pública de Fusión por Absorción, Aumento de Capital y Modificación de Esta-tutos de fecha 27 de junio del 2002, Inversiones ElegiaS.R.L. absorbió la totalidad del patrimonio de EmpresaEléctrica de los Andes S.A., incluyendo la concesióndefinitiva de generación a que se refiere la presente Re-solución, transformándose en sociedad anónima y adop-tando la denominación social ELECTROANDES S.A.; Que, los actos societarios mencionados en el consi- derando que antecede, quedaron inscritos en los Asien-tos B10 y B4 de las Partidas Nº 03020954 y Nº 11264232,respectivamente, del Registro de Personas Jurídicas dela Oficina Registral de Lima y Callao, tal como consta enel Testimonio de la señalada Escritura Pública cuya co-pia obra en el Expediente; Que, mediante el documento presentado el 31 de ene- ro del 2003, ELECTROANDES S.A. (antes InversionesElegia S.R.L.) ha solicitado la aprobación de la transfe-rencia a su favor de la autorización materia de la presen-te Resolución, producida en virtud de la Fusión por Ab-sorción antes referida; Que, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 344º de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades, la ab-sorción de una sociedad por otra sociedad existente, ori-gina la extinción de la personalidad jurídica de la socie-dad absorbida, cuyo patrimonio es asumido a título uni-versal y en bloque por la sociedad absorbente; Que, según lo establecido en el artículo 353º de la Ley General de Sociedades, la transferencia de los bie-nes, derechos y obligaciones individuales que integranel patrimonio transferido en virtud de la fusión por absor-ción, se inscriben en el respectivo registro por el solomérito de la inscripción de la fusión; Que, de los actos societarios que sustentan la solici- tud y de las normas legales citadas en los consideran-dos que anteceden, se observa que la transferencia dela concesión definitiva de generación a que se refiere lapresente Resolución se ha producido como consecuen-cia de la absorción de Empresa Eléctrica de los AndesS.A. por parte de ELECTROANDES S.A. (antes Inver-siones Elegia S.R.L.), y que la inscripción de dicha trans-ferencia en el Registro de Concesiones para la Explota-ción de Servicios Públicos se produce por el solo méritode la inscripción de tal fusión por absorción; Que, al cumplir dicha solicitud con los requisitos es- tablecidos en el Texto Único de Procedimientos Admi-