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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G37/G38/G36/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 21 de diciembre de 2003 Contando con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Estadística, emitida median-te los Informes Nº 258 y 259-2003-OPP-GG/CR; Estando a lo acordado por la Mesa Directiva, en su se- sión de fecha 16 de diciembre de 2003; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar en situación de urgencia, por el plazo de 2 meses, la contratación del servicio de restauración de paredes y techos del tercer piso del edificio "Palacio Legislativo:Zonas Oeste "B" y Este "B", por un valor referencial de S/. 736 470,00 nuevos soles, así como la contratación del servicio de restauración de elementos ornamentales en las fachadas y am-bientes interiores del edificio "Palacio Legislativo", por un valor referencial de S/. 140,860.00 nuevos soles, con cargo a los recur- sos ordinarios. Artículo Segundo.- Autorizar a la Gerencia de Logísti- ca, para llevar a cabo la referida adquisición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º del Reglamento del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Tercero.- Disponer que, dentro del plazo legal establecido, el Gerente General envíe copia autenticada de la presente Resolución y del Informe Nº 143-2003-OAJ- GG/CR y del Informe Nº 101-2003-DI-GL/CR a la Contra-loría General de la República. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.HENRY PEASE GARCÍA Presidente 23813 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F PCM /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G65/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65 /G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G2D/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G64/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G74/G65/G6C/G65/G76/G69/G73/G69/G76/G6F/G73/G20/G79/G20/G72/G61/G64/G69/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 401-2003-PCM Lima, 17 de diciembre de 2003 Visto el Memorándum Nº 310-2003-PCM/SC del Secre- tario de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que mediante Memorándum del visto, la Secretaría de Comunicaciones ha solicitado la contratación con diversos medios de comunicación televisiva y radial parala difusión de los avisos detallados en dicho documen- to; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se encuen-tran exoneradas de los procesos de Concurso Público o Adjudicación Directa, las contrataciones que se rea- licen para servicios personalísimos; Que, el Reglamento de dicha Ley, aprobado por Decre- to Supremo Nº 012-2001-PCM, establece en su artículo 111º, modificado por el Decreto Supremo Nº 041-2003-PCM, que se encuentran expresamente considerados como servicios personalísimos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva,radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distin- guen; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20º del referido Texto Único Ordenado, las exoneraciones a los procesos de Concurso Público o Adjudicación Directa parala contratación de servicios personalísimos debe aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad,debiendo efectuarse la contratación mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, según el informe técnico contenido en el Informe Nº 305-2003-PCM/SA.OAA de la Oficina de Asuntos Ad- ministrativos, y el informe legal contenido en el Informe Nº 1377-2003-PCM/SALN de la Secretaría de Asuntos Lega-les y Normativos, se justifica la procedencia de la exonera- ción requerida; En atención a lo expuesto y de conformidad con lo dis- puesto en el numeral 8.9 del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar la exoneración del proceso de selección correspondiente para la contratación por servi-cios personalísimos, de los medios de comunicación tele- visivos y radiales que se indican en el documento anexo a la presente Resolución. Artículo 2º.- La Oficina de Asuntos Administrativos de la Secretaría de Administración efectuará las contratacionesindicadas en el artículo precedente, por el período com- prendido desde el 19 hasta el 31 de diciembre de 2003, mediante procesos de Adjudicación de Menor Cuantía, porla suma de US$ 80 000,00 (Ochenta Mil y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América) con cargo a la fuente de financiamiento de la Unidad Ejecutora 003 - SecretaríaGeneral de la Presidencia del Consejo de Ministros del año 2003. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Minis- terial y remitir copia de los informes técnico y legal respec- tivos, a la Contraloría General de la República, dentro delos diez (10) días calendario siguientes a la fecha de expe- dición de la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros 23843 AGRICULTURA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G4E/G61/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G72/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G61/G63/G74/G69/G2D /G76/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G41/G67/G72/G6F/G70/G65/G2D/G63/G75/G61/G72/G69/G6F DECRETO SUPREMO Nº 042-2003-AG EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 034-2003-AG se apro- bó el Reglamento del Consejo Nacional de Concerta- ción para la Reactivación y Desarrollo del SectorAgropecuario; Que, es necesario aprobar las modificaciones del citado Reglamento a fin de facilitar el inicio de las acti-vidades del Consejo Nacional de Concertación para la Reactivación y Desarrollo del Sector Agropecuario así como el proceso de acreditación y designación de lasorganizaciones de productores agrarios y otros ante el CONACA; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modifíquense los Artículos 6º, 9º y 10º y la Segunda Disposición Transitoria del Reglamento