Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2003 (13/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 13 de enero de 2003

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a empresas concesion para la prestacion del servicio publico de radiodifusion por cable en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 015-2003-MTC/03 MORDAZA, 8 de enero de 2003 Vista, la solicitud formulada por la empresa TELEVISORA SATELITAL S.A.C. para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 263-2002MTC/15.03.UECT, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa TELEVISORA SATELITAL S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELEVISORA SATELITAL S.A.C. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende los distritos de Chimbote y MORDAZA Chimbote, de la provincia de MORDAZA, del departamento de Ancash. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con TELEVISORA SATELITAL S.A.C. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticinco (25) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del

Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente resolucion. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 00541 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 016-2003-MTC/03 MORDAZA, 8 de enero de 2003 Vista, la solicitud formulada por la empresa CABLECENTRO S.A.C. para que se le otorgue concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del articulo 75º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 122º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que los servicios publicos de difusion se prestan bajo el regimen de concesion, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y tramites establecidos en la Ley y su Reglamento y se perfecciona mediante la suscripcion de un contrato de concesion aprobado por el Titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 89º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que entre los servicios publicos de difusion se encuentra el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable; Que, mediante Informe Nº 014-2002-MTC/17, la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion solicitada para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, es procedente la solicitud formulada por la empresa CABLECENTRO S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC con sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio; Con la opinion favorable del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa CABLECENTRO S.A.C. concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable por el plazo de veinte (20) anos en el area que comprende los distritos de El Tambo, Huancayo y MORDAZA, de la provincia de Huancayo, del departamento de Junin. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa CABLECENTRO S.A.C. para la prestacion del servicio publico a que se refiere el articulo precedente, el que consta de veinticinco (25) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion.

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