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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2003 (13/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 80

PÆg. 237262 NORMAS LEGALES Lima, lunes 13 de enero de 2003 bado por Resolución CONASEV Nº 079-97-EF/94.10 y a lo acordado por el Directorio de esta Comisión Nacional con fecha 18 de diciembre de 2000 que faculta a la Ge- rencia de Mercados y Emisores a disponer la inscripciónde valores mobiliarios, previamente emitidos y que serán negociados en mecanismos centralizados de negociación, en el Registro Público del Mercado de Valores. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Pronunciarse a favor del listado de las acciones representativas del capital social de la empre- sa NEWMONT MINING CORPORATION en el Registrode Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2º.- Inscribir en el Registro Público del Mer- cado de Valores las acciones representativas del capitalsocial de la empresa NEWMONT MINING CORPORA- TION. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución a Cre- dibolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., a la Bolsa de Valores de Lima y a CAVALI ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO CRUZADO COCA Gerente de Mercados y Emisores 00477 CONTADURÍA PÚBLICA DE LA NACIÓN Aprueban Directiva denominada "Linea- mientos para la Preparación y Presen-tación de Información Financiera porlos ComitØs de Administración de losFondos de Asistencia y Estímulo - CA-FAES" RESOLUCIÓN DE CONTADURÍA Nº 155-2002-EF/93.01 Lima, 30 de diciembre de 2002CONSIDERANDO: Que, el artículo 1º del Decreto Supremo Nº 006-75- PM-INAP de fecha 24 de octubre de 1975, aprobó las Normas Generales a que deben sujetarse los Organis- mos del Sector Público Nacional para la aplicación delFondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE, cualquiera sea el régimen laboral bajo el cual prestan servicios sus tra- bajadores; Que, la Primera Disposición Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 068-2000 de fecha 21 de julio del 2000, faculta a los Titulares de los Pliegos, a aprobar en vía deregularización, las transferencias efectuadas a los Fon- dos de Asistencia y Estímulo; Que, el artículo 2º del citado Decreto de Urgencia, establece los rubros en los cuales el Fondo de Asisten- cia y Estímulo - CAFAE, brinda asistencia reembolsable o no a los trabajadores de la entidad, de acuerdo a susposibilidades; y el artículo 3º de la mencionada norma, detalla los recursos constituyentes del Fondo de Asis- tencia y Estímulo - CAFAE; Que, el artículo 4º del referido Decreto de Urgencia, dispone que los Comités de Administración de los Fon- dos de Asistencia y Estímulo - CAFAES, presentarán alTitular de la entidad, a la Contraloría General de la Repú- blica y a la Contaduría Pública de la Nación sus Estados Financieros debidamente auditados al finalizar cada ejer-cicio fiscal en los términos que señala la ley; Que, por Decreto Supremo Nº 022-2002-PCM de fe- cha 19 de marzo del 2002, se dispone que los EstadosFinancieros de los Comités de Administración de los Fon- dos de Asistencia y Estímulo - CAFAES, podrán ser au- ditados por los Órganos de Control de las Entidades Es-tatales a las que correspondan; Que, es necesario precisar lineamientos para la pre- paración y elaboración de la información financiera porlos Comités de Administración de los Fondos de Asisten- cia y Estímulo - CAFAES de las entidades del Sector Público, así como su plazo de presentación a la Conta- duría Pública de la Nación, a que se refiere el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 088-2001; a fin de revelar en la Cuenta General de la República, la información co- rrespondiente a la transferencia y ejecución de los recur- sos públicos por cualquier fuente de financiamiento a los CAFAES; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Investigación de la Contabilidad, con la aprobación de la Alta Dirección y la visación de la Dirección General de Contabilidad del Sector Privado y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de sus facultades que le confiere el artículo 9º de la Ley Nº 24680 del Sistema Nacional de Contabili- dad, modificada por el artículo 277º de la Ley Nº 24977; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 002-2002-EF/ 93.10 denominada “Lineamientos para la Preparación y Presentación de Información Financiera por los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímu- lo - CAFAES” de las entidades del Sector Público para la Cuenta General de la República, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Directiva rige a partir del ejercicio 2002. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÓSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Contador General de la Nación DIRECTIVA Nº 002-2002-EF/93.10 LINEAMIENTOS PARA LA PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA POR LOS COMITÉS DE ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS DE ASISTENCIA Y ESTÍMULO - CAFAE 1. FINALIDADPrecisar los Estados Financieros e información com- plementaria que deben presentar los CAFAE de las Enti- dades del sector público a la Contaduría Pública de la Nación al término de cada ejercicio fiscal, en cumplimiento al Art. 4º del Decreto de Urgencia Nº 088-2001. 2. OBJETIVO• Uniformizar los lineamientos de preparación y pre- sentación de la información financiera y económica de la gestión de los CAFAE de las entidades del sector públi- co, así como la información de las transferencias de re- cursos que por cualquier fuente reciban de la propia en- tidad, en cumplimiento del Inc. c) del Art. 3º y el Art. 4º del Decreto de Urgencia Nº 088-2001. • Obtener información financiera y económica de la gestión de los CAFAE de las entidades del sector público en forma oportuna y confiable para ser revelada en la Cuenta General de la República. 3. ALCANCELa presente Directiva es de aplicación obligatoria para todos los Comités de Administración de los Fon- dos de Asistencia y Estímulo (CAFAE,) creados y por crearse, de las Entidades del Estado que reciban re- cursos públicos. 4. BASE LEGAL- Ley Nº 24680 - Ley del Sistema Nacional de Conta- bilidad. - Decreto de Urgencia Nº 088-2001 - Establecen dis- posiciones aplicables a los Comités de Administración de los Fondos de Asistencia y Estímulo de las entidades públicas. - Decreto Supremo Nº 006-75-PM/INAP - Aprueban normas a las que deben adecuarse los Organismos del Sector Público.