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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2003 (22/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 237764 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de enero de 2003 El Tribunal, luego del análisis y debate correspondiente, por unanimidad; ACORDÓ: Establecer como criterio de interpretación de lo dispues- to por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Su-premo Nº 012.2001.PCM y su Reglamento, aprobado porDecreto Supremo Nº 013.2001.PCM, que las Bases, de los procesos de Adjudicaciones de Menor Cuantía, deben ser aprobadas por la autoridad correspondiente, según los ni-veles jerárquicos establecidos en el Reglamento de Orga-nización y Funciones de la Entidad. En ningún caso recae-rá dicha facultad en el Comité Especial, el mismo que tienea cargo la elaboración de las Bases así como la organiza- ción, conducción y ejecución del proceso de selección. Este acuerdo constituye criterio que sienta precedente de observancia obligatoria. SS: DELGADO POZO BERAMENDI GALDÓS CABIESES LÓPEZMARTÍNEZ ZAMORARODRÍGUEZ ARDILESWENDORFF RODRÍGUEZ 01167 ESSALUD Declaran de oficio nulidad de adjudica- ción directa selectiva sobre adquisición de formatos para la Gerencia Red Asis- tencial Cusco RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 009-PE-ESSALUD-2003 Lima, 15 de enero del 2003 VISTA: La Carta Nº 2049-GRACU-ESSALUD-2002, en la cual la Gerencia Red Asistencial Cusco solicita declarar de ofi-cio la nulidad de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0224S08391 "Adquisición de Formatos", y la Carta Nº 084- OCAJ-ESSALUD-2003; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 23 de setiembre del 2002, Essalud con- vocó a la Adjudicación Directa Selectiva Nº 0224S08391con el objeto de adquirir formatos para la Gerencia RedAsistencial Cusco, por un valor referencial de S/. 99,960.00 (noventinueve mil novecientos sesenta y 00/100 Nuevos Soles); Que, se presentaron como postores para el presente proceso, las empresas Graficom E.I.R.L., Master ChipS.R.L., Papelería e Impresiones Lopez S.R.L., ImprentaOffset René E.I.R.L., Raúl Beltran Rivas, Imprenta Amauta S.R.L., Boris Vela Escalante, Imprenta La Frontera, Gráfica Latina E.I.R.L., José Angel Yañez Oblitas y Hardware ySoftware del Perú S.A.C.; Que, en acto privado de fecha 09 de octubre del 2002, se dieron a conocer los resultados de la Adjudicación Di-recta Selectiva Nº 0224S08391, siendo favorecida con la Buena Pro la empresa Hardware y Software del Perú S.A.C.; Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 1.8 de las Bases, son requisitos para ser postor, entre otros, ha-ber adquirido las Bases a nombre del postor. Así, confor-me al artículo 47º del Reglamento del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, señala que toda persona que desea participar en un proce-so de Licitación Pública, Concurso Público o AdjudicaciónDirecta debe comprar las Bases; Que, del expediente se observa que la empresa Hardwa- re y Software del Perú S.A.C. no adquirió las Bases a su nombre, sino por el contrario, fue adquirido por la empresa Master Chip S.R.L., por lo que, al no reunir los requisitospara ser postor, se incumplió lo establecido en el numeral1.8 de las Bases y el artículo 47º del Reglamento, no pu- diendo participar en el presente proceso; Que, asimismo, cabe señalar que de acuerdo al nume- ral 28 del artículo 2º del Reglamento del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el postor es la persona natural o jurídica legalmentecapacitada que participa en un proceso de selección des-de el momento en que presenta su propuesta; Que, del presente caso, de acuerdo a la copia del Testi- monio presentado por la empresa Hardware y Software del Perú S.A.C. de fecha 20 de febrero del 2001, el objeto so-cial de la citada empresa era: a) La venta al por mayor ymenor de partes, piezas y suministro de cómputo; b) Ela-boración y comercialización de programas, paquetes desoftware para computadoras, c) Mantenimiento y Repara- ción de equipos de cómputo, d) Asesoría, consultoría y capacitación en aspectos relacionados a la computación einformática, e) Representaciones, comisiones, consigna-ciones en exportación e importación de cómputo, f) Servi-cios de trámite administrativo necesario para la adquisiciónde equipos de cómputo, g) Servicio de cabina pública de internet, h) Servicios de fotocopiado, multicopiado, anilla- do, tipeo en general, i) Servicio de compra venta de mone-da extranjera. No obstante, se constata que mediante co-pia de Testimonio de fecha 14 de octubre del 2002, dichaempresa amplió su objeto social al rubro impresión de todotipo de documentos, tales como catálogos, folletos, revis- tas, separatas, afiches, libros, cuadernos, publicidad, etc.; es decir, la citada empresa se encontraba legalmente ca-pacitada a ofertar el rubro de impresión de formatos, re-cién a partir de dicha fecha; Que, por otro lado, conforme lo señalado en el artículo 67º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en la evaluación téc-nica, se considerará los factores técnicos aplicables, lospuntajes máximos asignados, los criterios de calificación yel grado de cumplimiento de los requerimientos en ellosestablecidos, a fin de determinar los puntajes por evalua- ción técnica de las propuestas; Que, de acuerdo al numeral 2.2 del Anexo 14 "Factores de Evaluación de Propuestas" de las Bases, se calificarácon el puntaje de 37 puntos, al postor que presente contra-tos y/o facturas de venta de impresión de formatos simila-res al objeto de la convocatoria, presentados en los últimos 03 años (contados a partir de la fecha de entrega de pro- puestas) que enriquezcan la experiencia adquirida por elpostor; Que, las propuestas presentadas por la empresa Hard- ware y Software del Perú S.A.C. fueron calificadas con elpuntaje de 37 puntos, no obstante no cumplir con los requi- sitos establecidos para obtener dicha calificación, toda vez que en su propuesta técnica se observa facturas referen-tes a venta de equipos de cómputo, contraviniéndose deesta manera lo establecido en las Bases y el artículo 67ºdel mencionado Reglamento; Que, de lo señalado en los puntos 1, 2 y 3 del rubro Análisis, se observa que se ha prescindido del artículo 25º de la Ley, así como los artículos 2º y 67º del Reglamentodel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, al evaluar incorrectamente la pro-puesta del postor Hardware y Software del Perú S.A.C.,por lo que se ha incurrido en causal de nulidad según lo establecido en el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, quedispone que son nulos los actos administrativos cuando sondictados por órgano incompetente, contravengan las nor-mas legales, contengan un imposible jurídico o prescindande las normas esenciales del procedimiento; Que, al respecto, el artículo 26º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, establece que el Titular del Pliego o la máxi-ma autoridad administrativa de la Entidad, según corres-ponda, podrá declarar de oficio la nulidad del proceso deselección por alguna de las causales establecidas en el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, sólo hasta antes de lacelebración del contrato, sin perjuicio de la que sea decla-rada en la resolución recaída sobre los recursos impugna-tivos; Que, atendiendo a la norma mencionada precedente- mente, corresponde declarar de oficio la nulidad de la Ad- judicación Directa Selectiva Nº 0224S08391; Que, conforme a lo señalado por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en el Oficio