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PÆg. 238073 NORMAS LEGALES Lima, martes 28 de enero de 2003 Cada una de estas Comisiones podrá proponer la adjudicación de mercancías cuyo valor total no supere una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por expediente y sus acuerdos serán adoptados por unanimidad. De exceder dicho valor, la solicitud con los acuerdos correspondientes debe ser derivada a la Comisión Central. Estas Comisiones sesionarán por lo menos una vez por mes, con la participación a titulo informativo del Inten- dente de Aduanas. Artículo 2º.- Modificar el artículo 10º de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 143-2002/SUNAT, de acuer- do al texto siguiente: "Corresponde al Intendente Nacional de Admi- nistración y a los Intendentes de Aduana, la aprobación,mediante Resolución de Intendencia, de las acciones de disposición de mercancías propuestas por la Comisión correspondiente". Artículo 3º.- Precisar que, en tanto se culmine con el proceso de revisión del Procedimiento General INAR-PG.04 DISPOSICIÓN DE MERCANCÍAS, toda referencia hechaen el citado Procedimiento al Intendente Nacional de Administración y Recaudación Aduanera, deberá entenderse referida al Intendente Nacional de Administración. Artículo 4º.- Lo dispuesto en la presente Resolución en- trará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 01613 Delegan facultades para firmar conve- nios de intercambio de información yde cooperación tØcnica a los Superin-tendentes Nacionales Adjuntos de Tri- butos Internos y de Aduanas SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 024-2003/SUNAT Lima, 24 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso o) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcio- nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, laSuperintendencia Nacional de Administración Tributaria tie- ne la atribución de suscribir Convenios y acuerdos con en- tidades del sector público y privado a nivel nacional; Que, con la finalidad de desconcentrar atribuciones y facilitar así el desarrollo de las actividades de esta Super- intendencia, resulta conveniente delegar tal facultad en elSuperintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos y en el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas; En uso de las facultades conferidas en el inciso r) del artículo 19º del Reglamento de Organización y Funcio- nes aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos y en el Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas la atribución de firmar, enrepresentación de la SUNAT, los convenios de intercambio de información y cooperación técnica con entidades del Sector Público, Privado y del extranjero. Artículo 2º.- De conformidad con lo establecido en el Artículo Primero, el Superintendente Nacional, el Super- intendente Nacional Adjunto de Tributos Internos y elSuperintendente Nacional Adjunto de Aduanas podrán, indistintamente, suscribir los convenios de intercambio de información y cooperación técnica. Regístrese, comuníquese y publíquese. BEATRIZ MERINO LUCERO Superintendente Nacional 01614Adecuan conformación de las Comisio- nes de Disposición de Mercaderías a laestructura organizacional de laSUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 023-2003/SUNAT Lima, 24 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que con Resolución de Superintendencia de Adua- nas Nº 001122 del 19 de setiembre del 2001,se aprobó elProcedimiento General INAR-PG.04 DISPOSICIÓN DE MERCANCÍAS; Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 143-2002/SUNAT, se dispuso la sustitución entre otros, del numeral 5 de la sección VI. DISPOSICIONES GENE- RALES, del referido Procedimiento General, establecién-dose que las propuestas de disposición de mercancías estarían a cargo de la Comisión de Disposición de Mer- cancías, la misma que estaría integrada por: - El Intendente Nacional de Fiscalización Aduanera. - El Intendente Nacional de Prevención del Contra- bando y Control Fronterizo. - El Gerente de Almacenes. Que a consecuencia del proceso de fusión dispuesto mediante Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM, median- te el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM, se aprobó elreglamento de Organización y Funciones de la SUNAT; Que de acuerdo con la estructura organizacional dispuesta mediante el referido Decreto Supremo, la In-tendencia de Prevención del Contrabando y Control Fron- terizo y la Intendencia de Fiscalización y Gestión de Re- caudación Aduanera constituyen órganos dependientesde la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas; Que resulta necesario, en consecuencia, adecuar la conformación de las Comisiones a las que se refiere elcitado numeral 5 de la sección VI. DISPOSICIONES GENERALES, del Procedimiento General INAR-PG.04 DISPOSICIÓN DE MERCANCÍAS, a la nueva estructuraorganizacional de la SUNAT; En uso de la atribuciones conferidas en el artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones de la SU-NAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el numeral 5. de la sección VI. DISPOSICIONES GENERALES, del Procedimiento Ge-neral INAR-PG.04 DISPOSICIÓN DE MERCANCÍAS, de acuerdo al texto siguiente: "5. Las propuestas de disposición de mercancías es- tarán a cargo de las siguientes Comisiones: a. Comisión Central de Disposición de Mercancías, la cual estará integrada por: - El Intendente de Fiscalización y Gestión de Recau- dación Aduanera, quien la presidirá; - El Intendente de Prevención del Contrabando y Con- trol Fronterizo; y, - El Gerente de Almacenes, quien a su vez actúa como Secretario Técnico de la Comisión. Esta Comisión podrá proponer la disposición de las mercancías sin restricción alguna en cuanto a su valortotal y sus acuerdos serán adoptados por unanimidad. La Comisión sesionará por lo menos dos veces por mes, con la participación a título informativo del Inten-dente Nacional de Administración. b. Comisiones de las Intendencias de Aduana, inte- gradas por: - El Jefe del Área de Recaudación y Contabilidad, quien la presidirá. - El Jefe del Área de Asesoría Legal o, en su defecto, el Jefe del Área de Técnica Aduanera; y, - El Jefe del Área de Administración o, de acuerdo con la estructura de cada Intendencia, el Jefe del almacén, quien asu vez actúa como Secretario Técnico de la Comisión. En el caso de la Intendencia de la Aduana Postal, el tercer inte- grante de la Comisión será quien desempeñe las funcionesde custodia, registro y control de las mercancías.