Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2003 (28/01/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 28 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 238069

Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 30 de octubre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yanelly MORDAZA MORDAZA Gadea, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Tamanaja Cansino y MORDAZA Toma Sallo, quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA Fujihara MORDAZA, MORDAZA Yanelly Higa Gadea, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cancino y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sallo, respectivamente, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yanelly MORDAZA MORDAZA Gadea, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Tamanaja Cansino y MORDAZA Toma Sallo; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Yanelly MORDAZA MORDAZA Gadea, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Tamanaja Cansino y MORDAZA Toma Sallo, por presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01633 RESOLUCION JEFATURAL Nº 890-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre de 2002 Visto el Memorandum Nº 174/2001/OHC/DCP/GO, los Informes Nº 102, 104, 106, 124, 143-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 971-2002-GAJ/RENIEC emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 10 de setiembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Honwai Yong Ilgarlo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Artimer MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Murao MORDAZA, quienes dicen llamarse MORDAZA Devora MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Afuso Afuso, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Feria MORDAZA y MORDAZA Artimer MORDAZA MORDAZA, respectivamente, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica,

en la modalidad de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los articulos 428º y 438º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Honwai Yong Ilgarlo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Artimer MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Murao Santos; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Honwai Yong Ilgarlo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Artimer MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Murao MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 01634 RESOLUCION JEFATURAL Nº 891-2002-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de diciembre de 2002 Visto el Memorandum Nº 267-2001/OHC/DCP/GO, el Informe Nº 299-2000/OHC/DCP/GO y el Informe Nº 11452002-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 12 de noviembre de 2002. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos por MORDAZA Isuhuaylas Agostini, MORDAZA MORDAZA Arainga, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cancha y Yaquelin MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA Agostini Mazzoni, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Koga Ferreira de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nishimura y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA Isuhuaylas Agostini, MORDAZA MORDAZA Arainga, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cancha y Yaquelin MORDAZA MORDAZA Zarate; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.