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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (18/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 239353 NORMAS LEGALES Lima, martes 18 de febrero de 2003 gará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, debien- do publicarse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Pe- ruano con anterioridad al viaje, con excepción de las autori- zaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones; Que, el Artículo 14º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establece que los inspectores debida- mente identificados a que refiere la Ley son competen-tes, según su especialidad, para verificar las capacida- des exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 149-2003-MTC/12.04 señalando que laInspectora Patricia Mc Callum Luján, realizará chequeos técnicos en la ruta Lima-Miami-Lima al personal aero- náutico propuesto por la empresa Aerocontinente S.A.,como parte de su habilitación en el equipo Boeing 767, durante los días 18 y 19 de febrero del 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje de la referi- da Inspectora de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizarlos chequeos técnicos a que se contrae la Orden de Inspección Nº 149-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Patricia Mc Callum Luján, Inspectora de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 18 y 19 de febrero de 2003, para los fines a que serefiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuer- do al siguiente detalle: Viáticos US$ 440.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Inspec- tora mencionada en el Artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 03176 VIVIENDA Establecen disposiciones para la ins- cripción en el Registro de Proyectosde Vivienda del Proyecto Techo Propio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 043-2003-VIVIENDA Lima, 14 de febrero de 2003CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Habilitaciones y Construcción Urbana Especial, el cual fue modificado por los DecretosSupremos Nº 030-2002-MTC y 014-2002-VIVIENDA;Que, mediante Resolución Ministerial Nº 054-2002- VIVIENDA, se crea el Proyecto Techo Propio; Que, mediante Ley Nº 27829 se creó el Bono Familiar Habitacional - BHF, como parte de la política sectorial delMinisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que se otorga por una sola vez a los beneficiarios con crite- rio de utilidad pública sin cargo de restitución por partede éste, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y de su esfuerzo constructor; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 085-2002- VIVIENDA, se convocó a la ciudadanía a participar en el proceso de desarrollo inicial del "Proyecto Techo Propio" a través del "Programa Piloto Techo Propio", para el otor-gamiento de Bonos Familiares Habitacionales a ser apli- cados en programas de vivienda que garanticen ade- cuadas condiciones de habitabilidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 097-2002- VIVIENDA se creó el "Registro de Proyectos de Vivien- da del Programa Piloto Techo Propio", con la finalidad deregistrar los proyectos habitacionales con adecuadas condiciones de habitabilidad que participarán en el "Pro- grama Piloto Techo Propio", y que reúnan los requisitostécnicos establecidos por el Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 028-2003- VIVIENDA, se ha dispuesto la Segunda Convocatoria del "Proyecto Techo Propio", y la creación del "Registro de Proyectos del Programa Piloto Techo Propio", sobrela base del Registro creado para el Programa Piloto Te- cho Propio, donde se registren los proyectos habitacio- nales con adecuadas condiciones de habitabilidad queparticiparán en el citado Proyecto; Que mediante Resolución Ministerial Nº 031-2003-VI- VIENDA se aprueba el Reglamento Operativo del Bono Fa-miliar Habitacional - BFH - Postulación Individual dejando sin efecto la Resolución Ministerial Nº 098-2002-VIVIENDA; Conforme a lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento, aproba- do mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Registro de Proyectos El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamien- to, tiene a su cargo el Registro de Proyectos de Viviendadel Proyecto Techo Propio, el cual se constituye sobre la base del Registro de Proyectos de Vivienda del Progra- ma Piloto Techo Propio, con la finalidad de registrar losproyectos habitacionales con adecuadas condiciones de habitabilidad que participarán en el citado Proyecto y que reúnan los requisitos técnicos establecidos por elReglamento de Habilitación y Construcción Urbana Es- pecial, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-98-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC. Artículo 2º.- Proyectos Sociales La inscripción en dicho Registro es gratuita, siendo obligatoria la inscripción para aquellos proyectos de vi- vienda de interés social definidos por el artículo 2º de la Ley Nº 27829. Artículo 3º.- Comité Ejecutivo El Registro de Proyectos de Vivienda del Proyecto Techo Propio estará a cargo de un Comité Ejecutivo integrado por el Director Nacional de Vivienda, el Direc- tor Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento y por el Gerente de Ope- raciones del Fondo Hipotecario de Promoción de la Vi- vienda - Fondo MIVIVIENDA. Corresponde al Comité Ejecutivo calificar los expe- dientes presentados y según sea el caso, autorizar su inscripción en el Registro de Proyectos, u observarlosnotificando a los interesados para su subsanación. Artículo 4º.- Requisitos de Admisión Accederán al Registro de Proyectos de Vivienda del Proyecto Techo Propio, los proyectos habitacionales que reúnan los siguientes requisitos: 4.1 Comprender exclusivamente viviendas cuyo pre- cio de venta estimado no exceda los doce mil dólaresamericanos o su equivalencia en nuevos soles. 4.2 Que el terreno esté saneado legalmente, es decir debe estar libre de cargas y gravámenes, no encontrar-