Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 2003 (18/02/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, martes 18 de febrero de 2003

NORMAS LEGALES

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gara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el Articulo 14º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establece que los inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 149-2003-MTC/12.04 senalando que la Inspectora MORDAZA Mc Callum MORDAZA, realizara chequeos tecnicos en la ruta Lima-Miami-Lima al personal aeronautico propuesto por la empresa Aerocontinente S.A., como parte de su habilitacion en el equipo Boeing 767, durante los dias 18 y 19 de febrero del 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje de la referida Inspectora de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 149-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA Mc Callum MORDAZA, Inspectora de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 18 y 19 de febrero de 2003, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 440.00 US$ 28.00

Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 054-2002VIVIENDA, se crea el Proyecto Techo Propio; Que, mediante Ley Nº 27829 se creo el MORDAZA Familiar Habitacional - BHF, como parte de la politica sectorial del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento que se otorga por una sola vez a los beneficiarios con criterio de utilidad publica sin cargo de restitucion por parte de este, y que constituye un incentivo y complemento de su ahorro y de su esfuerzo constructor; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 085-2002VIVIENDA, se convoco a la ciudadania a participar en el MORDAZA de desarrollo inicial del "Proyecto Techo Propio" a traves del "Programa Piloto Techo Propio", para el otorgamiento de Bonos Familiares Habitacionales a ser aplicados en programas de vivienda que garanticen adecuadas condiciones de habitabilidad; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 097-2002VIVIENDA se creo el "Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Piloto Techo Propio", con la finalidad de registrar los proyectos habitacionales con adecuadas condiciones de habitabilidad que participaran en el "Programa Piloto Techo Propio", y que reunan los requisitos tecnicos establecidos por el Reglamento de Habilitacion y Construccion MORDAZA Especial; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 028-2003VIVIENDA, se ha dispuesto la MORDAZA Convocatoria del "Proyecto Techo Propio", y la creacion del "Registro de Proyectos del Programa Piloto Techo Propio", sobre la base del Registro creado para el Programa Piloto Techo Propio, donde se registren los proyectos habitacionales con adecuadas condiciones de habitabilidad que participaran en el citado Proyecto; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 031-2003-VIVIENDA se aprueba el Reglamento Operativo del MORDAZA Familiar Habitacional - BFH - Postulacion Individual dejando sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 098-2002-VIVIENDA; Conforme a lo establecido en la Ley Nº 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Registro de Proyectos El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, tiene a su cargo el Registro de Proyectos de Vivienda del Proyecto Techo Propio, el cual se constituye sobre la base del Registro de Proyectos de Vivienda del Programa Piloto Techo Propio, con la finalidad de registrar los proyectos habitacionales con adecuadas condiciones de habitabilidad que participaran en el citado Proyecto y que reunan los requisitos tecnicos establecidos por el Reglamento de Habilitacion y Construccion MORDAZA Especial, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-98-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 030-2002-MTC. Articulo 2º.- Proyectos Sociales La inscripcion en dicho Registro es gratuita, siendo obligatoria la inscripcion para aquellos proyectos de vivienda de interes social definidos por el articulo 2º de la Ley Nº 27829. Articulo 3º.- Comite Ejecutivo El Registro de Proyectos de Vivienda del Proyecto Techo Propio estara a cargo de un Comite Ejecutivo integrado por el Director Nacional de Vivienda, el Director Nacional de Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y por el Gerente de Operaciones del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda - Fondo MIVIVIENDA. Corresponde al Comite Ejecutivo calificar los expedientes presentados y segun sea el caso, autorizar su inscripcion en el Registro de Proyectos, u observarlos notificando a los interesados para su subsanacion. Articulo 4º.- Requisitos de Admision Accederan al Registro de Proyectos de Vivienda del Proyecto Techo Propio, los proyectos habitacionales que reunan los siguientes requisitos: 4.1 Comprender exclusivamente viviendas cuyo precio de venta estimado no exceda los doce mil dolares americanos o su equivalencia en nuevos soles. 4.2 Que el terreno este saneado legalmente, es decir debe estar libre de cargas y gravamenes, no encontrar-

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Inspectora mencionada en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 03176

VIVIENDA
Establecen disposiciones para la inscripcion en el Registro de Proyectos de Vivienda del Proyecto Techo Propio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 043-2003-VIVIENDA MORDAZA, 14 de febrero de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, se aprobo el Reglamento de Habilitaciones y Construccion MORDAZA Especial, el cual fue modificado por los Decretos Supremos Nº 030-2002-MTC y 014-2002-VIVIENDA;

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