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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2003 (22/02/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 239584 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de febrero de 2003 Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Tecnología de la Información del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil para que retire, hasta el 30 de abril del2003, la indicación de "DOCUMENTO CADUCO" de lasimágenes de la base de datos del RENIEC a la cualaccesan las entidades bancarias, financieras, entida- des públicas y privadas. Artículo 3º.- Dentro del plazo señalado en el Artículo 1º de la presente resolución, se mantendrá la plena efi-cacia de los Documentos Nacionales de Identidad, quehayan vencido. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 03498 Precisan que Documentos Nacionales de Identidad emitidos con posteriori- dad a la fecha en que sus titularescumplieron 60 aæos, tienen vigenciaindefinida RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 060-2003-JEF/RENIEC Lima, 21 de febrero del 2003 VISTO: El Informe Nª 191-2003-GAJ/RENIEC, de fecha 21 de febrero del 2003, mediante el cual la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal sobre la vigenciade los Documentos Nacional de Identidad de las perso-nas mayores de 60 años. CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil, es el organismo autónomo encargado de organizar y mantener el Registro Único de Identificación de las per- sonas naturales e inscribir sus actos relativos a su ca-pacidad y estado civil; Que, por mandato de su Ley Orgánica, Ley Nª 26497, el Registro Nacional de Identidad y EstadoCivil otorga el Documento Nacional de Identidad (DNI) a todos los peruanos nacidos dentro y fuera del territo- rio de la República; Que, de conformidad con los Artículos 37º y 39º de la ley antes acotada, el Documento Nacional de Identidadtiene una validez de seis (6) años, fecha en la cual cadu-ca y deberá se renovado, con excepción de las perso- nas nacionales cuya emisión de su DNI fue posterior a la fecha en que cumplieron los sesenta (60) años de edad,cuya vigencia es indefinida y no requiere de renovaciónalguna; Que, por deficiencia ocurrida en años anteriores, se señaló erróneamente en el Documento Nacional de Identidad, emitido a personas nacionales mayores de sesenta (60) años, la fecha de caducidad del mismo,sin considerarse su vigencia indefinida, conforme aley; Que, ante esta situación la Jefatura Nacional debe dictar las normas pertinentes para el eficiente cumpli- miento del principio de legalidad, precisando la validez de los DNI que poseen los ciudadanos mayores de 60años no obstante que en dichos documentos apareceun plazo de caducidad; Estando a lo expuesto, de conformidad con las facul- tades conferidas por el Artículo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Artículo VIII, del Título Preliminar de laLey Nº 27444 y; en concordancia con el Artículo 11ºinciso h) del Reglamento de Organización y Funcionesdel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,aprobado mediante la Resolución Jefatural Nº 869-2002- JEF/RENIEC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Precísese que los Documentos Naciona- les de Identidad cuya emisión fue posterior a la fecha en que sus titulares cumplieron los 60 años de edad, tienenvigencia indefinida, en consecuencia, no tienen la obliga-ción de renovarlos. Artículo 2º.- Encargar a las Gerencias de Tecnolo- gía de la Información, Operaciones y de Procesos el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 03499 MINISTERIO PÚBLICO Designan fiscal especial para conocer a dedicación exclusiva caso de vídeosy fotografías incautados en Tacna RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 295-2003-MP-FN Lima, 20 de febrero de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, de la información recibida por el Fiscal Supe- rior Encargado del Decanato Superior del Distrito Ju-dicial de Tacna, sobre el caso de los vídeos y fotogra-fías encontradas en el inmueble del ciudadano RichardRíos Ticona, ubicado en el Alto de la Alianza, departa-mento de Tacna y estando a la naturaleza de los he- chos, se hace necesario adoptar las medidas nece- sarias para garantizar la transparencia y celeridad enla investigación; De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del MinisterioPúblico; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la doctora Eliana del Carmen Portales Ortega, Fiscal Provincial Titular de Tac-na, como Fiscal Especial para que a dedicación exclusi-va se avoque al conocimiento del caso de los vídeos yfotografías incautadas en la vivienda del ciudadano Ri-chard Ríos Ticona. Artículo Segundo.- Destacar al doctor Eduardo Elías Rejas Claros, Fiscal Adjunto Provincial Titular de laSegunda Fiscalía Provincial Mixta de Tacna, como apo-yo de la doctora Eliana del Carmen Portales Ortega, Fiscal Especial, para el caso a que se refiere al artículo anterior. Artículo Tercero.- El Fiscal Superior Decano se en- cargará de brindar el apoyo necesario para que la citada Fiscal cumpla con lo dispuesto. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Ju-dicial de Tacna, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS MARGOT ECHAÍZ RAMOS Fiscal Suprema Titular Primera Fiscalía Suprema en lo Penal Encargada de la Fiscalía de la Nación 03496