Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2003 (03/07/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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provenientes de la renta de aduana seran asignados en un 50% al Gobierno Regional y el otro 50% sera distribuido proporcionalmente entre todas las municipalidades de la jurisdiccion, sin perjuicio del cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 3º de la Ley Nº 27613; Que, la Ley Nº 27867 en su articulo 10º, inciso m), establece la facultad del Gobierno Regional a normar sobre los asuntos y materias de su responsabilidad, igualmente el articulo 72º establece en su ultimo parrafo que el Gobierno Regional MORDAZA y administra sobre sus recursos, bienes y activos conforme a Ley; Estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en sesion extraordinaria del Consejo Regional de la Region Callao de fecha 30 de junio del 2003 y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; Ha emitido la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento del Fondo Educativo de la Provincia Constitucional del Callao, el mismo que en anexo forma parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto toda disposicion que se oponga a la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional de la Region Callao a los treinta (30) dias del mes de junio del 2003. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente 12540

por la Corporacion de Desarrollo del Callao (CORDECALLAO). - Mediante Ley Nº 27272, del 30 de MORDAZA del 2000, se crea el Consejo Transitorio de administracion Regional del Callao (CTAR CALLAO), y se dispone que dicho beneficio asignado al Callao proveniente de la Ley Nº 24017, constituye recursos propios del CTAR CALLAO. - Que mediante Ley Nº 27613, del 28 de diciembre del 2001, se dispuso que la administracion de la participacion de Rentas de Aduanas, en la Provincia Constitucional del Callao, seguiria a cargo del Consejo Transitorio de Administracion Regional del Callao (CTAR CALLAO). - La Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783, tambien reconocio esta participacion para el Callao, redistribuyendola entre el Gobierno Regional y los Gobiernos Locales de la Provincia Constitucional del Callao, ratificada a su vez por la Ley Nº 27687 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales. 4. Que las organizaciones representativas de la poblacion chalaca reunidas el dia 16 de MORDAZA del 2003, conjuntamente con las autoridades del Gobierno Regional del Callao, la Municipalidad Provincial, las municipalidades distritales y las entidades publicas y privadas del Callao, acordaron comunicar a la opinion publica, que se encuentran cohesionados frente a este intento de despojo y rechazaron categoricamente el aludido proyecto de ley. 5. Que en el mismo acto senalado en el considerando anterior, se acordo, apoyar los proyectos de ley, que disponen el incremento de la participacion en las Rentas de Aduanas del 2% al 5%. ACUERDA: Primero.- Rechazar el Proyecto de Ley Nº 6592-2003CR - Ley de Participacion de los Gobiernos Regionales y Locales en las Rentas de Aduanas presentada por la Congresista MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por los considerandos expuestos. Segundo.- Declarar intransferible el derecho de la Provincia Constitucional del Callao en la participacion de Rentas de Aduanas. Tercero.- Respaldar los proyectos de ley referidos al incremento progresivo del 2% en la participacion en Rentas de Aduanas. Cuarto.- Hacer de conocimiento del presente acuerdo, al Presidente del Congreso de la Republica y al Presidente de la Comision de Descentralizacion y Regionalizacion. POR TANTO: Mando se registre y publique. MORDAZA CANCHES MORDAZA Presidente Regional 12541

Declaran intransferible derecho de la Provincia Constitucional del Callao en la participacion de Rentas de Aduanas y expresan respaldo a proyectos de ley sobre su incremento progresivo
ACUERDO Nº 0009-2003
El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesion Extraordinaria celebrada el dia 30 de junio del 2003, con el MORDAZA unanime de sus integrantes y en uso de las facultades conferidas por el inciso s) del articulo 15º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales y de conformidad a lo que establece el Art. 39º del mismo cuerpo normativo; y, CONSIDERANDO: 1. Que la Congresista de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA representante del departamento de Huancavelica, integrante del grupo parlamentario Unidad Nacional, ha presentado el Proyecto de Ley Nº 6592-2003CR, por el cual se pretende recortar los ingresos provenientes de la participacion en Rentas de Aduanas que legal e historicamente corresponden a la Provincia Constitucional del Callao, para redistribuirlos con la Region LimaProvincias, Region y Provincia de MORDAZA Metropolitana. 2. Que este derecho a la participacion en Rentas de Aduanas conferidas al Callao, fue asignado justamente para promover y beneficiar su desarrollo, como una manera de participar en los ingresos que por dichas actividades comerciales se realiza en su jurisdiccion. 3. Que este beneficio tiene su correlato historico en lo siguiente: - Mediante Decreto Ley Nº 11008, del 29 de MORDAZA de 1949, se establecio la participacion del Callao en la recaudacion por las importaciones que se efectuen por la Aduana del Callao, Ley que fue complementada por el Decreto Ley Nº 11079, por el que se autorizo a la Junta de Obras Publicas obtener financiamiento con cargo a dichos ingresos. - Posteriormente por Ley Nº 24017, del 7 de diciembre de 1984, se dispuso que el 2% de la participacion en el entonces denominado Canon Aduanero, fuera administrada

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Precisan remuneracion del Presidente y Vicepresidente de la Region
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 005-2003-GRJ/CR
Huancayo, 28 de MORDAZA del 2003 El Consejo Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada el dia veintiocho de MORDAZA del ano dos mil tres acordo por mayoria aclarar el MORDAZA MORDAZA del Presidente y del Vicepresidente Regional. Teniendo en cuenta que mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 004-2003GRJ/CR, de fecha 14 de marzo del 2003 se acordo fijar el MORDAZA mensual neto del Presidente y Vicepresidente Regional, el que fue publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de marzo. El Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por el Inc. "f" del articulo 15º de la Ley Nº 27867 - "Ley Organica de Gobiernos Regionales"; ACUERDA: 1. Aclarar que el MORDAZA MORDAZA del Presidente Regional, es de S/. 19,930.00 nuevos soles y del Vicepresi-

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