Norma Legal Oficial del día 02 de junio del año 2003 (02/06/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 2 de junio de 2003

m. Expedir Resoluciones Ejecutivas en materia de su competencia, de conformidad con las normas pertinentes y resolver en MORDAZA instancia administrativa los asuntos que le corresponda; n. Ejercer otras atribuciones que le MORDAZA asignadas expresamente por el Ministro de Agricultura, en concordancia con la naturaleza y fines del INIA, de acuerdo a ley. Articulo 12º.- De la Secretaria General La Secretaria General es el organo de la Alta Direccion, encargado de organizar las reuniones y de formular las actas del Consejo Consultivo; del despacho documentario de la Direccion Ejecutiva; asi como, en las actividades relacionadas con el tramite documentario y de relaciones publicas. Esta a cargo de un Secretario General con nivel de Director General, que depende del Director Ejecutivo. Articulo 13º.- Funciones de la Secretaria General Son funciones de la Secretaria General: a. Apoyar a la Direccion Ejecutiva en el manejo del archivo de actas del Consejo Consultivo; b. Prepara y tramita las Resoluciones Jefaturales; c. Organizar y centralizar en una Mesa de Partes unica el tramite documentario de la documentacion que ingresa al INIA. d. Registrar, controlar, derivar y agilizar el tramite de la documentacion interna entre dependencias, asi como de la documentacion que egresa de la Institucion e. Tramitar, registrar y custodiar las resoluciones expedidas por la Direccion Ejecutiva. f. Administrar y conservar la documentacion administrativa sustentatoria que corresponde al Archivo General del INIA. g. Realizar actividades de protocolo, relaciones publicas e imagen institucional. h. Realizar acciones de fedatario de la Institucion. i. Cumplir con las demas funciones que le asigne la Direccion Ejecutiva en concordancia con su ambito funcional y las disposiciones legales vigentes. CAPITULO IV DEL ORGANOCONSULTIVO Articulo 14º.- Del Consejo Consultivo Es el Organo Consultivo del INIA. Su mision es recomendar sobre las politicas, planes y proyectos de la Institucion. Asi mismo, sugiere alternativas en la toma de decisiones de caracter Institucional, relativas al mandato institucional sobre investigacion, transferencia tecnologica y servicios agrarios. Articulo 15º.- Conformacion del Consejo Consultivo El Consejo Consultivo esta integrado por diecisiete miembros, como se indica a continuacion: a. El Ministro de Agricultura o su representante, quien lo presidira, tiene MORDAZA dirimente; b. Representantes del Sistema de Innovacion Tecnologica Agraria y Agroindustrial Nacional e Internacional; c. Representantes de los Agentes Economicos de las diferentes regiones del MORDAZA, entre ellos Productores agrarios, agroindustriales y agro exportadores; d. El Director Ejecutivo del INIA, quien actuara como Secretario Tecnico. Articulo 16º.- Funciones del Consejo Consultivo Son funciones del Consejo Directivo: a. Determinar e impartir los lineamientos de politica para la formulacion del Plan Estrategico del INIA; b. Tomar conocimiento del Informe de Gestion y Memoria Anual de la Institucion y efectuar recomendaciones pertinentes; c. Proponer acuerdos orientados al cumplimiento de los objetivos institucionales.

Articulo 17º.- Designacion del Consejo Consultivo El Consejo Consultivo del INIA es designado mediante Resolucion Ministerial. Se instala dentro de los treinta (30) dias siguientes de su designacion y aprueba su Reglamento Interno de Funcionamiento dentro de los treinta (30) dias, contados a partir de la fecha de su instalacion. CAPITULO V DEL ORGANO DE CONTROL OFICINA GENERAL DE AUDITORIA INTERNA Articulo 18º.- Es el Organo de Control del INIA encargado de programar, conducir, ejecutar y evaluar las acciones de control (auditorias, examenes especiales, inspecciones e investigaciones), referidas a la correcta gestion y utilizacion de los recursos por parte de los Organos de la Institucion, de conformidad con la politica institucional y lo dispuesto por la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica y demas disposiciones legales vigentes. Articulo 19º.- La Oficina General de Auditoria Interna esta a cargo del Auditor General, con nivel de Director General. El Auditor General mantiene dependencia funcional y administrativa con la Contraloria General de la Republica. Articulo 20º.- Funciones de la Oficina General de Auditoria Interna Son funciones de la Oficina General de Auditoria Interna: a. Formular, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar el Plan Anual de Acciones de Control a ejecutarse en el ambito de su competencia funcional, de acuerdo a las politicas impartidas y a la normatividad vigente; b. Realizar las acciones de control previstas en el Plan Anual de Control; asi como otras acciones de control dispuestas por el Director Ejecutivo o la Contraloria General de la Republica y elevar los informes sobre los resultados de las mismas al Director Ejecutivo, Titular del Sector y la Contraloria General de la Republica, indicando las recomendaciones pertinentes buscando mejorar la gestion administrativa y financiera del INIA; c. Verificar que los funcionarios y trabajadores en general cumplan con las normas legales y administrativas de su competencia; d. Efectuar el seguimiento correspondiente a la implementacion de las recomendaciones derivadas de las acciones de control, dentro de los plazos y formas previstos; e. Absolver las consultas referentes a la aplicacion de las disposiciones legales o administrativas de control que formulen los diferentes Organos de la Institucion; f. Promover la capacitacion permanente de los funcionarios y demas trabajadores en materia de administracion y control gubernamental; g. Revisar, formular y ejecutar anualmente los objetivos y metas del Plan Operativo Institucional y su correspondiente presupuesto en el ambito de su competencia; h. Otras funciones inherentes al Sistema Nacional de Control, que no esten expresamente senaladas en el presente Reglamento de Organizacion y Funciones; i. Las demas que le encargue el Director Ejecutivo. CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO Articulo 21º.- De la Oficina General de Desarrollo Institucional Es el Organo de asesoramiento, encargado de organizar, dirigir, ejecutar y supervisar las actividades relativas al diseno de politicas y estrategias, a los sistemas de planificacion, presupuesto, racionalizacion e informatica. Contribuye al logro de los objetivos institucionales a traves del MORDAZA de planificacion de la investigacion y transferencia de tecnologia agraria, en concordancia con las politicas de desarrollo del Sector Agrario. Esta a cargo de un Jefe de Oficina con nivel de Director General que depende del Director Ejecutivo.

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