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PÆg. 245332 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de junio de 2003 Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de junio del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 10390 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO N” 015-2002-CR EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN QUE DECLARA HABER LUGAR A LA FORMACIÓN DE CAUSA CONTRA LOS SEÑORES ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI EX PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA; JORGE BACA CAMPODÓNICO EX MINISTRO DE ECONOM˝A Y FINANZAS; CÉSAR SAUCEDO S`NCHEZ EX MINISTRO DE DEFENSA; JULIO SALAZAR MONROE, EX MINISTRO DE DEFENSA; V˝CTOR DIONICIO JOY WAY ROJAS, EX PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS Y EX MINISTRO DE ECONOM˝A Y FINANZAS; CARLOS BERGAMINO CRUZ EX MINISTRO DE DEFENSA; JORGE CAMET DICKMANN EX MINISTRO DE ECONOM˝A Y FINANZAS; ALBERTO PANDOLFI ARBULÚ EX PRESIDENTE DEL CONSEJO DE MINISTROS Y V˝CTOR CASO LAY EX CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA; Y QUE INHABILITA PARA EL EJERCICIO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA A LOS SEÑORES JORGE BACA CAMPODÓNICO, CÉSAR SAUCEDO S`NCHEZ, JULIO SALAZAR MONROE, V˝CTOR DIONICIO JOY WAY ROJAS, CARLOS BERGAMINO CRUZ Y ALBERTO PANDOLFI ARBULÚ El Congreso de la República de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 100º de la Constitu- ción Política del Perú y el inciso j) del artículo 89º de su Reglamento, ha resuelto: Artículo 1º.- Declarar HABER LUGAR a la forma- ción de causa contra los señores: 1. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI, ex Presidente de la República, por la presunta comisión de los delitos de Asociación Ilícita para Delinquir, previs-to en el Artículo 317º del Código Penal; Colusión Ilegal, previsto en el Artículo 384º del Código Pe- nal; Peculado, previsto en el artículo 387º del Có- digo Penal; Malversación de Fondos, previsto enel artículo 389º del Código Penal; Traición a la Pa-tria, previsto en el artículo 332º del Código Penal; y Falsedad Ideológica, previsto en el artículo 428º del Código Penal. 2. JORGE BACA CAMPODÓNICO, ex Ministro de Economía y Finanzas, por la presunta comisiónde los delitos de Asociación Ilícita para Delinquir,previsto en el artículo 317º del Código Penal; Co-lusión Ilegal, previsto en el artículo 384º del Códi-go Penal; Peculado, previsto en el artículo 387º del Código Penal; Malversación de Fondos, pre- visto en el artículo 389º del Código Penal; y False-dad Ideológica, previsto en el artículo 428º delCódigo Penal. 3. CÉSAR SAUCEDO SÁNCHEZ, ex Ministro de Defensa, por la presunta comisión de los delitosde Asociación Ilícita para Delinquir, previsto en elartículo 317º del Código Penal; Colusión Ilegal, previsto en el artículo 384º del Código Penal; Pe- culado, previsto en el artículo 387º del CódigoPenal; Malversación de Fondos, previsto en elartículo 389º del Código Penal; y el delito de False-dad Ideológica, previsto en el artículo 428º delCódigo Penal. 4. JULIO SALAZAR MONROE, ex Ministro de Defen- sa, por la presunta comisión de los delitos de Aso-ciación Ilícita para Delinquir, previsto en el artículo317º del Código Penal; Colusión Ilegal, previsto enel artículo 384º del Código Penal; Peculado, pre-visto en el artículo 387º del Código Penal; y Su-presión, Destrucción u Ocultamiento de Docu-mentos, previsto en el artículo 430º del CódigoPenal. 5. VÍCTOR DIONICIO JOY WAY ROJAS, ex Minis- tro de Economía y Finanzas, por la presunta comisión de los delitos de Asociación Ilícita paraDelinquir, previsto en el artículo 317º del Códi-go Penal; Peculado, previsto en el artículo 387ºdel Código Penal; Malversación de Fondos, pre-visto en el artículo 389º del Código Penal; ySupresión, Destrucción u Ocultamiento de Do-cumentos, previsto en el artículo 430º del Có-digo Penal. 6. CARLOS BERGAMINO CRUZ, ex Ministro de Defensa, por la presunta comisión de los delitosde Asociación Ilícita para Delinquir, previsto en elartículo 317º del Código Penal; Peculado, previstoen el artículo 387º del Código Penal; Malversaciónde Fondos, previsto en el artículo 389º del CódigoPenal; y Supresión, Destrucción u Ocultamientode Documentos, previsto en el artículo 430º delCódigo Penal. 7. JORGE CAMET DICKMANN, ex Ministro de Eco- nomía y Finanzas, por la presunta comisión de los delitos de Asociación Ilícita para Delinquir, pre- visto en el artículo 317º del Código Penal; Colu-sión Ilegal, previsto en el artículo 384º del CódigoPenal; Peculado, previsto en el artículo 387º delCódigo Penal; Malversación de Fondos, previstoen el artículo 389º del Código Penal; y el delito de Falsedad Ideológica, previsto en el artículo 428º del Código Penal. 8. ALBERTO PANDOLFI ARBULÚ, ex Presidente del Consejo de Ministros, por la presunta comisión delos delitos de Asociación Ilícita para Delinquir, pre-visto en el artículo 317º del Código Penal; Colu-sión Ilegal, previsto en el artículo 384º del CódigoPenal; Peculado, previsto en el artículo 387º del Código Penal; Malversación de Fondos, previsto en el artículo 389º del Código Penal; y el delito de Falsedad Ideológica, previsto en el artículo 428ºdel Código Penal. 9. VÍCTOR CASO LAY, ex Contralor General de la República, por la presunta comisión de los delitos de Asociación Ilícita para Delinquir, previsto en elartículo 317º del Código Penal; Colusión Ilegal,