TEXTO PAGINA: 57
PÆg. 245419 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de junio de 2003 8. Anexos. Anexo 1.- Procedimiento de Calculo Tarifario Red Principal Procedimiento de Cálculo de las Tarifas de Distribu- ción y Distribución de Gas Natural por Ductos para elcaso de la Red Principal de Camisea Artículo 1°.- Glosario de términos y definiciones Para los efectos de la presente norma entiéndase por: OSINERG.- Organismo Supervisor de la Inversión en Energía, cuyas competencias son entre otras la su- pervisión y fiscalización a las entidades del sector ener- gía, así como regular las tarifas y fijar precios reguladosdel servicio eléctrico, tarifas del servicio de Distribución de hidrocarburos por ductos y las tarifas del servicio de distribución de gas natural por red de ductos. CONTRATOS DE CONCESIÓN.- Son los Contratos BOOT´s de Concesión para el Servicio de Distribución de Gas Natural por Ductos de Lima y Callao y de Con-cesión para el Servicio de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao, y para fines de la presente Resolución serán denominados “Contratos” . CONCESIONARIO.- también denominada Sociedad Concesionaria, es la persona jurídica titular que ha sus- crito con el Estado Peruano uno de los Contratos deConcesión, referidos en la definición anterior. LEY DE PROMOCIÓN.- Ley 27133, Ley de Promo- ción del desarrollo de la Industria del Gas Natural, queestablece las condiciones para la promoción y el Desa- rrollo de la Industria del Gas Natural en el Perú, y para fines de la presente Resolución será denominado “Ley”. REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN.- Es el Regla- mento de la Ley de Promoción del Desarrollo de la In- dustria del Gas Natural, aprobado con D.S. N° 040-99-EM del 15 de septiembre de 1999, y para fines de la presente Resolución será denominado “Reglamento”. RED PRINCIPAL.- Red de Ductos que comprende el Sistema de Distribución de Gas Natural de Lima y Callao y la Red de Distribución constituida por la Red de Alta Presión del City Gate al Terminal Station y sus ramalesde alta presión. COSTO DEL SERVICIO (CS) .- Definido en la Ley, en el Reglamento y en los Contratos, que representa elCosto eficiente del servicio de Red Principal ofertado por el Inversionista, cuyos montos figuran en el formulario 4(a) de las Bases y son parte del Anexo 12 y 12(a) delos Contratos, desagregados como Costo de Servicio de Distribución de Gas de Lima y Callao y Costo de Servicio de Distribución de Gas en Lima y Callao. Di-chos Costos del Servicio comprenden todos los costos involucrados en la prestación de los respectivos servi- cios durante el “Período de Recuperación”. PERÍODO DE RECUPERACIÓN.- Definido en el Regla- mento de la Promoción y los Contratos, como el plazo para que los Concesionarios recuperen el Costo del Servicio. GARANTÍA.- Mecanismo para garantizar los ingre- sos anuales que retribuyen adecuadamente el Costo del Servicio a los Inversionistas. GARANTÍA POR RED PRINCIPAL.- Definido en el Reglamento y en los Contratos como el Cargo que el OSINERG incorporará anualmente a la tarifa eléctrica enel rubro correspondiente al peaje del Sistema Principal de Transmisión Eléctrica que se refiere el Artículo 59° del Decreto Ley N° 25844 “Ley de Concesiones Eléctricas”. TASA DE CAMBIO.- Valor de referencia para el Dólar de los Estados Unidos de América, determinado por la Superintendencia de Banca y Seguros del Perú, corres-pondiente a la “COTIZACIÓN DE OFERTA Y DEMANDA – TIPO DE CAMBIO PROMEDIO PONDERADO” o el que lo reemplace. Se tomará en cuenta el valor venta delpromedio de las tasas de la primera semana del mes siguiente al que corresponde el cálculo, publicado en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2°.- Alcance La presente norma es de aplicación para el cálculo de las Tarifas Base y Regulada de la Red Principal del Gas Natural de Camisea. Artículo 3°.- Objeto El presente procedimiento comprende definiciones y metodologías de cálculo de diferentes parámetros quedeben aplicarse, con el fin de obtener las Tarifas Base y Reguladas por el uso de la Red Principal en el Período Tarifario, definidas en el Artículo 11° del Reglamento de la Ley de Promoción, tomándose en cuenta el esquema ta-rifario definido en la Ley, el Reglamento y los Contratos. Artículo 4°.- Pago Adelantado Como se indica en el artículo 3° del D.S. 046-2002- EM, El Pago Adelantado por concepto de adelanto de Garantía por Red Principal, corresponde a cada uno delos montos efectivamente recibidos por los Concesiona- rios antes de la Puesta en Operación Comercial, actua- lizados a la tasa definida en los Contratos de Concesiónsuscritos a amparo de la Ley 27133 y su Reglamento. Dicho Pago Adelantado se determina tanto para el mes como para el total previo a la operación comercialde los gasoductos. El Pago Adelantado Mensual se calcula de acuerdo a la siguiente formula: PAM k = Peaje GRP k * MDM k Donde: PAM k = Pago Adelantado mensual de la Ga- rantía de la Red Principal, referido al mes k. Peaje GRPk = Es el peaje correspondiente a la Garantía por Red Principal definido en el D.S. N° 046-2002-EM y las Re-soluciones de OSINERG. MDM k = Es la máxima demanda mensual del sistema eléctrico, referido al mes k. k = Es el número de cada mes del perío- do en el que se efectúa el Pago Ade- lantado que se inicia en Noviembre del 2002 como mes número 1 y ter-mina el mes anterior al de la puesta en operación comercial estimado para agosto 2004. El Pago Adelantado Total se calcula de acuerdo a la siguiente fórmula: ()∑ = +=N MmmkPAMPAT γ1 Donde: PAT = Pago Adelantado Total de la Garantía de la Red Principal, es la suma actualizada de losPAM k al 1° de Marzo del 2003 m = Días transcurridos entre el día señalado en las respectivas facturas como día de “pago” y el 1° de Marzo del 2003. Es negativo si la recaudación es anterior al 01.03.2003 y posi-tiva en caso contrario. M = Días transcurridos entre el primer “pago” y el 01.03.2003 N = Días transcurridos entre el último “pago” y el 01.03.2003 β= Tasa de Descuento Anual definida en 12% en los Contratos. ϒ= Tasa de Actualización Diaria determinada como: (1+ ß)1/365 – 1 Artículo 5°.- Nuevo Costo del Servicio (NCS ) Es el Costo del Servicio al que se le ha descontado los Pagos Adelantados recibidos por el Concesionario con anterioridad a la puesta en operación comercial dela Red Principal. El NCS es concordante con lo señalado en el numeral 9.3 del Reglamento y su valor se encuen- tra referenciado al 01.03.2003. Se define con la siguiente ecuación: NCS = CS - PAT