Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (04/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 51

PÆg. 245413 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 4 de junio de 2003 FA1 = PPIa / PPIo (2) FA2 = TC (3) Donde: PPI : Índice de Precios de Estados Unidos de Norteamérica, definido como: Producer Price In-dex (Finished Goods less Foods and Energy – Serie ID : WPSSOP3500), publicado por “Bureau of Labor Statistics” de los Estados Unidos deNorteamérica. El subíndice “a” representa al mes al que se hace laactualización. El subíndice “o” representa el mes al que se ha ofertado el Costo del Servicio El Índice PPI a emplear será el último índice publi-cado al primer día del mes para el que se hace la actualización o al primer día del mes al que se ha ofertado el Costo del Servicio, según sea el caso.En tal sentido, teniendo en cuenta que la ac- tualización del Costo del Servicio se efectúa en períodos anuales, se debe considerar elúltimo índice disponible publicado al primero (1) de marzo de cada año y el índice corres- pondiente del año en el que se ha ofertado elCosto del Servicio, de manera que en cada actualización el período transcurrido corres- ponda siempre a un numero exacto de años. TC : Tipo de Cambio. Valor de referencia para el Dólar de los Estados Unidos de América, de-terminado la Superintendencia de Banca y Segu- ros del Perú, correspondiente a la “COTIZACIÓN DE OFERTA Y DEMANDA – TIPO DE CAMBIOPROMEDIO PONDERADO” o el que lo reempla- ce. Se tomará en cuenta el valor venta promedio de las cinco ultimas cotizaciones disponibles ypublicadas en el Diario Oficial El Peruano, al día 25 de cada mes. El factor de ajuste FA1 se aplicará una vez poraño, mientras que el factor FA2 se aplicará una vez por mes. Artículo 4°.- De acuerdo a lo señalado en el artí- culo 11° numeral 11.1, del Reglamento de la Ley de Promoción del Desarrollo de la Industria del GasNatural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040- 99-EM, la presente Resolución será aplicable para el Período Tarifario comprendido entre el 1° de mayodel 2004 y el 30 de abril del 2006. Las Tarifas Regu- ladas serán aplicables desde el inicio de la Opera- ción Comercial del Gasoducto y dentro del PeríodoTarifario. Artículo 5°.- La presente Resolución y los Informes Técnicos OSINERG-GART/DGN N° 010-2003 y OSI- NERG-GART/DGN N° 014-2003, como anexos 1 y 2 respectivamente, serán publicados en el Diario Oficial ElPeruano y consignados en la página WEB de OSINERG: www.osinerg.gob.pe. HUGO SOLOGUREN CALMET Presidente (e) del Consejo Directivo EXPOSICIÓN DE MOTIVOS RESOLUCIÓN QUE FIJA LAS TARIFAS DE DISTRIBUCIÓN DE GAS NATURAL POR RED DE DUCTOS EN ALTA PRESIÓN DE LA CONCESIÓN DE LIMA Y CALLAO CORRESPONDIENTE A LA RED PRINCIPAL DEL PROYECTO CAMISEA Los gasoductos que conforman la Red Principal del Proyecto Camisea se encuentran normados por la Ley Nº 27133, Ley de Promoción del Desarrollo de la Indus- tria del Gas Natural (en adelante la Ley), su Reglamentoaprobado mediante Decreto Supremo N° 040-99-EM ylos respectivos Contratos BOOT de las Concesiones de Transporte y Distribución. La empresa Gas Natural de Lima y Callao (GNLC) tiene a su cargo, entre otros, la Construcción y Opera-ción del Gasoducto de Distribución de Gas Natural en Alta Presión ubicado dentro de su Concesión y que es parte integrante de la Red Principal del Proyecto Cami-sea. El artículo 9° de la Ley establece que el Regulador (antes la CTE y ahora OSINERG) define los pliegos tarifarios y el cargo por Garantía por Red Principal (GRP), tomando en consideración la normatividadaplicable. Las tarifas reguladas en esta oportunidad tienen una duración de dos (2) años (Período Tarifario) contados a partir del 1 de mayo del 2004 y serán aplicadas desde la Operación Comercial de los Gasoductos, prevista paraagosto del 2004. Por otro lado, por exigencia del Contrato BOOT, la empresa Concesionaria esta en la obligación de ofer- tar su respectiva Capacidad de transporte a los clien- tes interesados mediante un Oferta Pública conocidacomo “Open Season”, la cual se realizaría en junio del 2003 y requeriría contar con precios y tarifas del gas natural para que los clientes evalúen su mejoropción. Por esta razón, el Consejo Directivo del OSI- NERG, mediante Resolución N° 030-2003-OS/CD del 14 de febrero de 2003, acepto la propuesta de laempresa de adelantar el proceso regulatorio de tal forma de contar con tarifas reguladas que sirvan de base al proceso licitatorio. Según la normatividad aplicable, las Tarifas Regu- ladas de la Red Principal del Proyecto Camisea sedeterminan según el concepto de costo medio de lar- go plazo, el cual se evalúa como el cociente del Cos- to del Servicio (obtenido del proceso de licitación dela Concesión) entre la demanda total del período en evaluación, considerando el criterio de valores ac- tualizados a una tasa de descuento del 12% anual enUS$. Además, producto del Adelanto en la recaudación de la Garantía por Red Principal (en adelante GRP), se ha definido en el artículo 2° del Proyecto de Reso- lución un Factor de Descuento (en adelante FD) quetoma en consideración la recaudación total producto de dicho adelanto y lo resta del Costo del Servicio original (ofertado en la licitación de la Concesión) paraobtener dicho factor. Como el FD se basa en su- puestos de recaudación del adelanto de la GRP, se prevé que luego de la Operación Comercial y unavez conocidos los montos realmente recaudados, se proceda a la definición final del FD, lo cual definirá las tarifas reales. Es conveniente precisar que la Ley define dos tipos de Tarifas Reguladas: una aplicable a los GeneradoresEléctricos y equivalente a la Tarifa Base y la otra aplica- ble a cualquier otro usuario del gasoducto. Esta última tarifa considera como demanda la proyección de lostransportes de gas natural a lo largo de la vida útil del gasoducto y actualizada a la tasa de descuento señala- da. En el artículo 1° de la Resolución, se define la Tarifa Regulada como Tarifa Aplicable en Moneda Nacional, lacual se encuentra desagregada en sus factores consti- tuyentes, entre los que tenemos: - La Tarifa Máxima en Moneda Extranjera, calculada sin los efectos del Adelanto de la GRP (fundamento del FD) y sin incluir el efecto de la actualización del Costo del Servicio producto de la Inflación de Esta-dos Unidos (FA1). - El Factor de Descuento (FD) producto del Adelanto de la GRP. - El Factor de Actualización del Costo del Servicio (FA1). - El Factor del Tipo de Cambio (FA2). En cumplimiento de los dispositivos legales citados y en aplicación de los criterios expuestos en la presente Exposición de Motivos, OSINERG expide la Resoluciónque fija las Tarifas de Distribución de Gas Natural por