Norma Legal Oficial del día 04 de junio del año 2003 (04/06/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, miercoles 4 de junio de 2003 8. Anexos. Anexo 1.- Procedimiento de Calculo Tarifario Red Principal

NORMAS LEGALES

Pag. 245431

que lo reemplace. Se tomara en cuenta el valor venta del promedio de las tasas de la primera semana del mes siguiente al que corresponde el calculo, publicado en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion para el calculo de las Tarifas Base y Regulada de la Red Principal del Gas Natural de Camisea. Articulo 3º.- Objeto El presente procedimiento comprende definiciones y metodologias de calculo de diferentes parametros que deben aplicarse, con el fin de obtener las Tarifas Base y Reguladas por el uso de la Red Principal en el Periodo Tarifario, definidas en el Articulo 11º del Reglamento de la Ley de Promocion, tomandose en cuenta el esquema tarifario definido en la Ley, el Reglamento y los Contratos. Articulo 4º.- Pago Adelantado Como se indica en el articulo 3º del D.S. Nº 0462002-EM, El Pago Adelantado por concepto de adelanto de Garantia por Red Principal, corresponde a cada uno de los montos efectivamente recibidos por los Concesionarios MORDAZA de la Puesta en Operacion Comercial, actualizados a la tasa definida en los Contratos de Concesion suscritos a MORDAZA de la Ley Nº 27133 y su Reglamento. Dicho Pago Adelantado se determina tanto para el mes como para el total previo a la operacion comercial de los gasoductos. El Pago Adelantado Mensual se calcula de acuerdo a la siguiente formula: PAM k Donde: PAM k =Pago Adelantado mensual de la Garantia de la Red Principal, referido al mes k. = Peaje GRP k * MDM k

Procedimiento de Calculo de las Tarifas de Transporte y Distribucion de Gas Natural por Ductos para el caso de la Red Principal de Camisea Articulo 1º.- Glosario de terminos y definiciones Para los efectos de la presente MORDAZA entiendase por: OSINERG.- Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, cuyas competencias son entre otras la supervision y fiscalizacion a las entidades del sector energia, asi como regular las tarifas y fijar precios regulados del servicio electrico, tarifas del servicio de transporte de hidrocarburos por ductos y las tarifas del servicio de distribucion de gas natural por red de ductos. CONTRATOS DE CONCESION.- Son los Contratos BOOT´s de Concesion para el Servicio de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea al City Gate y de Concesion para el Servicio de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en MORDAZA y Callao, y para fines de la presente Resolucion seran denominados "Contratos". CONCESIONARIO.- Tambien denominada Sociedad Concesionaria, es la persona juridica titular que ha suscrito con el Estado Peruano uno de los Contrato de Concesion, referidos en la definicion anterior. LEY DE PROMOCION.- Ley 27133, Ley de Promocion del desarrollo de la Industria del Gas Natural, que establece las condiciones para la promocion y el Desarrollo de la Industria del Gas Natural en el Peru, y para fines de la presente Resolucion sera denominado "Ley". REGLAMENTO DE LA PROMOCION.- Es el Reglamento de la Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural, aprobado con D.S. Nº 040-99EM del 15 de septiembre de 1999, y para fines de la presente Resolucion sera denominado "Reglamento". RED PRINCIPAL.- Red de Ductos que comprende el Sistema de Transporte de Gas Natural de Camisea al City Gate y la Red de Distribucion constituida por la Red de Alta Presion del City Gate al Terminal Station y sus ramales de alta presion. COSTO DEL SERVICIO (CS) .- Definido en la Ley, en el Reglamento y en los Contratos, que representa el Costo eficiente del servicio de Red Principal ofertado por el Inversionista, cuyos montos figuran en el formulario 4(a) de las Bases y son parte del Anexo 12 y 12(a) de los Contratos, desagregados como Costo de Servicio de Transporte de Gas de Camisea al City Gate y Costo de Servicio de Distribucion de Gas en MORDAZA y Callao. Dichos Costos del Servicio comprenden todos los costos involucrados en la prestacion de los respectivos servicios durante el "Periodo de Recuperacion". PERIODO DE RECUPERACION.- Definido en el Reglamento de la Promocion y los Contratos, como el plazo para que los Concesionarios recuperen el Costo del Servicio. GARANTIA.- Mecanismo para garantizar los ingresos anuales que retribuyen adecuadamente el Costo del Servicio a los Inversionistas. GARANTIA POR RED PRINCIPAL.- Definido en el Reglamento y en los Contratos como el Cargo que el OSINERG incorporara anualmente a la tarifa electrica en el rubro correspondiente al peaje del Sistema Principal de Transmision Electrica que se refiere el Articulo 59º del Decreto Ley Nº 25844 "Ley de Concesiones Electricas". TASA DE CAMBIO.- Valor de referencia para el Dolar de los Estados Unidos de MORDAZA, determinado por la Superintendencia de Banca y Seguros del Peru, correspondiente a la "COTIZACION DE OFERTA Y DEMANDA - MORDAZA DE CAMBIO PROMEDIO PONDERADO" o el

Peaje GRPk = Es el peaje correspondiente a la Garantia por Red Principal definido en el D.S. Nº 046-2002-EM y las Resoluciones de OSINERG. MDM k k = Es la MORDAZA demanda mensual del sistema electrico, referido al mes k. = Es el numero de cada mes del periodo en el que se efectua el Pago Adelantado que se inicia en noviembre del 2002 como mes numero 1 y termina el mes anterior al de la puesta en operacion comercial estimado para agosto 2004.

El Pago Adelantado Total se calcula de acuerdo a la siguiente formula:

PAT =
Donde:

m=M

(1 + )


N

PAM

k m



PAT = Pago Adelantado Total de la Garantia de la Red Principal, es la suma actualizada de los PAM k al 1 de marzo del 2003 m = Dias transcurridos entre el dia senalado en las respectivas facturas como dia de "pago" y el 1º de marzo del 2003. Es negativo si la recaudacion es anterior al 01.03.2003 y positiva en caso contrario. = Dias transcurridos entre el primer "pago" y el 01.03.2003 = Dias transcurridos entre el ultimo "pago" y el 01.03.2003 = Tasa de Descuento Anual definida en 12% en los Contratos.

M N s

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.