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PÆg. 245869 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de junio de 2003 ORDENANZA Artículo Primero.- PRORRÓGASE, hasta el 30 de ju- nio del 2003, el vencimiento de la primera y segunda cuotatrimestral del impuesto predial, y de los arbitrios municipa-les; respecto al presente ejercicio fiscal; establecidos enlas Ordenanzas Nºs. 059 y 060. Artículo Segundo.- PRORRÓGASE, hasta el 30 de ju- nio del 2003, el beneficio concedido mediante el ArtículoSegundo de la Ordenanza Nº 063, por el que se estableceun descuento del 30%, 20% y 10% respectivamente, delvalor insoluto, a los contribuyentes que a la fecha precita-da, cancelen el íntegro, o tres trimestres, o dos trimestres,respectivamente, y según sea el caso, de sus obligacionestributarias por concepto de arbitrios municipales de limpie-za pública y parques y jardines, correspondiente al año2003. Artículo Tercero.- PRORRÓGASE hasta el 30 de junio, la vigencia de la Ordenanza Nº 061, de fecha 31 de enerodel 2003, que se refiere a la concesión del Beneficio deRegularización de Deudas Tributarias y no Tributarias, porservicio de agua, prestado a noviembre del año 1999; conexcepción de su Artículo Sexto. Artículo Cuarto.- DÉJASE sin efecto, disposición simi- lar o inferior en tanto se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.LUIS GARCÍA VILLACORTA Alcalde 11030 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Excluyen concurso pœblico del Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones 2003 de la municipalidad RESOLUCIÓN Nº 492-2003-RASS Santiago de Surco, 9 de junio de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO: VISTO: El Informe Nº 973-2003-OAJ-MSS de fecha 9 de junio del 2003 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídi-ca; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Nº 355-2003-RASS de fe- cha 30 de abril del 2003 se aprobó la Segunda Convoca-toria del Concurso Público Nº 011-2003-MSS con el objetode contratar los servicios de Asesoría Legal Externa, pro-ceso que se ha venido desarrollando a la fecha; Que, sin embargo como refiere la Oficina de Asesoría Jurídica mediante el Informe del Visto, con fecha 27 demayo del 2003 se publicó en el Diario Oficial El Peruano laLey Nº 27972 que aprobó la nueva Ley Orgánica de Muni-cipalidades y que crea -entre otras novedades- la Procura-duría Pública Municipal como en efecto se colige de suartículo 29º que expresamente señala que "La representa-ción y defensa de los intereses y derechos de las Municipa-lidades en juicio, se ejercitan a través del órgano de defen-sa judicial conforme a ley, el cual está a cargo de procura-dores públicos municipales y el personal de apoyo querequiera. Los procuradores públicos municipales son de-signados por el Alcalde y dependen administrativamentede la municipalidad, y funcional y normativamente del Con-sejo de Defensa Judicial del Estado. El Concejo Municipal,a propuesta del Alcalde, aprueba el Reglamento de Orga-nización, Funciones y responsabilidades de la Procuradu-ría Pública Municipal. Los Procuradores Públicos Municipa-les de las Municipalidades Provinciales extienden sus fun-ciones a las Municipalidades Distritales de su circunscrip-ción que no cuenten con ellos, previo convenio sobre lamateria"; por lo que opina que ha desaparecido la necesi-dad de contratar el servicio de asesoría legal externa de-biendo destinarse su presupuesto a la implementación de la citada procuraduría pública municipal y por tanto al am-paro del artículo 34º del D.S. Nº 012-2001-PCM, concor-dante con el artículo 21º del D.S. Nº 013-2001-PCM, debecancelarse el Concurso Público Nº 011-2003-MSS; Que, asimismo cabe precisar que la Entidad ha recepcio- nado el día de hoy 9 de junio del 2003 el Oficio Nº 1042-2003-JUS/CDJE-P de fecha 4 del mismo mes expedido porla Sra. Pilar Freitas A., Presidente del Consejo de DefensaJudicial del Estado, quien ante consulta formulada por laOficina de Asesoría Jurídica, manifiesta que habiéndoseregulado por ley que la defensa de los intereses de laMunicipalidad está a cargo del Procurador Público Munici-pal recomienda la suspensión de la referida contratación;pudiendo recaer esta función en los representantes lega-les que asumen la defensa judicial en tanto se reglamentelas funciones de dicho funcionario; Que, el primer párrafo del artículo 34º del D.S. Nº 012- 2001-PCM, que aprobó el Texto Único Ordenado (TUO) dela Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado LeyNº 26850, preceptúa que "En cualquier estado del proce-so de selección, hasta antes del otorgamiento de la BuenaPro, la Entidad que lo convoca puede cancelarlo por razo-nes de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezcala necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendola necesidad, el presupuesto designado tenga que desti-narse a otros propósitos de emergencia declarados expre-samente, bajo su exclusiva responsabilidad. En ese caso,la Entidad deberá reintegrar el costo de las Bases a quie-nes las hayan adquirido"; Que, por lo expuesto y conforme al artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, alartículo 34º del D.S. Nº 012-2001-PCM y al artículo 21º delD.S. Nº 013-2001-PCM; RESUELVE:Artículo Primero.- Cancelar el Concurso Público Nº 011- 2003-MSS cuyo objeto fue la contratación del Servicio deAsesoría Legal Externa. Artículo Segundo.- Excluir el Concurso Público Nº 011- 2003-MSS del Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones - 2003 de la Municipalidad de Santiago de Surco. Artículo Tercero.- Notificar la presente Resolución al Presidente del Comité Especial del Concurso Público Nº011-2003-MSS a fin que comunique esta decisión a losadquirientes de Bases o a quienes hayan sido invitados,según sea el caso. Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presen- te Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el diario"El Comercio" dentro del plazo de cinco días posteriores asu aprobación y su notificación a la Comisión de Promociónde la Pequeña y Mediana Empresa (PROMPYME) y alCONSUCODE dentro del plazo de diez días de aprobada. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Resolución a la Oficina de Administración y Finanzasy a Secretaria General. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CARLOS DARGENT CHAMOT Alcalde 11004 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO Establecen RØgimen de Incentivos y modifican normas que regulan el co- bro de multas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2003-MDCLR Carmen de la Legua - Reynoso, 30 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA - REYNOSO