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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (12/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

PÆg. 245857 NORMAS LEGALES Lima, jueves 12 de junio de 2003 ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete de forma directa e inminente la con- tinuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo, facultandodicha situación a la contratación de los bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o la cantidad, según sea el caso necesarios para llevar a cabo el proceso de selección quecorresponda; Que, el Art. 20º de la mencionada Ley, concordante con los artículos 105º y 113º al 116º del Reglamento aco- tado establecen que la exoneración en referencia se apro-bará mediante Resolución del Titular del Pliego siendo esta facultad indelegable debiendo además sustentarse con un informe técnico legal emitido por las áreas técnica y deasesoría jurídica de la entidad; Que, las partes firmantes del contrato Nº 047-AL- 2003-GAF, referido a la Póliza de Seguros no Perso- nales que cubre a la fecha los activos fijos del IRTP lohan resuelto de mutuo acuerdo, y consecuentemente la cobertura de esta póliza estará vigente sólo hasta el día 9.6.03; habiéndose previsto la contratación de unanueva póliza mediante la incorporación de este proce- so de selección al Plan Anual de Adquisiciones del pre- sente año, en los mismos términos y condiciones delcontrato que se está resolviendo; Que, la inminente, falta de cobertura de seguros a los bienes del IRTP, constituye una situación de urgen- cia cuya base legal la constituye el Art. 21º del TextoÚnico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado (TUO) y el Art. 108º de su Reglamen- to; Que, el IRTP, se encuentra a cargo de la operación de los medios de radio difusión sonora y por televisión de propiedad del Estado, debiendo velar para que sus seña- les lleguen a todo el territorio nacional; y por este hecho,es urgente contar con el debido aseguramiento de su pa- trimonio, el mismo que se conforma principalmente por equi- pamiento especializado; lo que determina la necesidad demantener vigente la póliza de seguros no personales a fin de cubrir el patrimonio de la entidad ante la ocurrencia de un siniestro, y evitar la consecuente pérdida económica alInstituto; Que según lo indicado en el Informe Técnico Legal Nº 005-2003-IRTP, a fin de superar la situación descrita es necesaria la contratación de la póliza de seguros no perso-nales por NOVENTA (90) DÍAS CALENDARIO, y el monto de CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 21/100 DÓLARES AMERICANOS (USD55,569.21, contándose con disponibilidad presupuestaria a través de la fuente Recursos Ordinarios (RO) y Recursos Directamente Recaudados (RDR); Por lo tanto, estando a lo indicado en el Informe Técni- co - Legal Nº 005-2003/IRTP de la Oficina General de Asesoría Legal y la Gerencia de Administración y Finan- zas, y en uso de las atribuciones conferidas en el Regla-mento de Organización y Funciones del IRTP aprobado con Decreto Supremo Nº 006-96-ED; Que, la contratación de seguros no personales se en- cuentra incluida en el Plan Anual de Adquisiciones delpresente ejercicio; Que, mediante el Memorándum Nº 357-2003-GAF.4/ IRTP se confirma la disponibilidad presupuestal para la realización del proceso de selección; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, la exoneración del proceso de selección correspondiente a la Contratación de la Póliza de Seguros no Personales en los mismos términ-os y condiciones que el contrato Nº 047-AL-2003-GAF; por la causal situación de URGENCIA, por el plazo de NOVENTA (90) DÍAS CALENDARIO, y el monto deCINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 21/100 DÓLARES AMERICANOS (USD 55,569.21) con cargo a la fuente Recursos Ordinarios(RO) y Recursos Directamente Recaudados (RDR), de- signando a la Gerencia de Administración y Finanzas a fin de que lleve a cabo las acciones pertinentes para lacontratación del servicio mencionado a través de un proceso de selección de menor cuantía, respetando lo previsto en las normas sobre las facultades contenidasen el Título III del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y otras que les sean aplicables.Artículo 2º.- Disponer en cumplimiento del Art. 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM y del Art. 115º del D.S. Nº 013-2001-PCM, la publicación de la presente Resolu- ción en el Diario Oficial El Peruano; el envío de la infor-mación pertinente a la Contraloría General de la Repú- blica, ambos dentro del término de DIEZ (10) días ca- lendario siguientes a la fecha de su expedición y lapublicación de la presente Resolución en la página web del IRTP dentro de los CINCO (5) días útiles de haber sido dada. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDUARDO G. BRUCE MONTES DE OCA Presidente Ejecutivo 10982 SENAMHI Autorizan adquirir repuestos e insumos para equipos de radio viento sonda mediante proceso de adjudicación de menor cuantía SERVICIO NACIONAL DE METEOROLOGÍA E HIDROLOGÍA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0137 SENAMHI-JSS-OGA-OAS/2003 Lima, 5 de junio de 2003 VISTO: Que, en el Presupuesto Analítico del SENAMHI, "Pro- yecto Mejoramiento de la Capacidad de Pronóstico yEvaluación del Fenómeno el Niño para la Prevención y Mitigación de Desastres en el Perú", se encuentra programada la adquisición de repuestos e insumos paraequipos de Radio Viento Sonda marca VAISALA; CONSIDERANDO:Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes del SENAMHI correspondiente al año fiscal 2003, fi-nanciado con Recursos Ordinarios (R.O.), está programada la adquisición de repuestos e insumos para ser utilizados en el mantenimiento preventivo de los equipos de RadioViento Sonda marca VAISALA, a fin de que permitan cum- plir el Plan Anual de Sondeo; Que, la Oficina General de Administración con el Oficio Nº 292-SENAMHI-OGA-OAS/2003 del 21 de mayo del 2003, remite el Informe Técnico - Económico Nº 001-2003-SENAMHI/OGA/OAS, solicitando que laadquisición de los repuestos e insumos se efectúe directamente al fabricante de los equipos Radio Viento Sonda, por estandarización y porque no se admitensustitutos; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica con el Oficio Nº 070-SENAMHI-OAJ/2003 del 22 de mayo del 2003, remiteel Informe Legal Nº 002-SENAMHI-OAJ/2003, recomen- dando que la adquisición de los repuestos e insumos se efectúe directamente a la Cía. VAISALA OYJ, fabricantede los equipos de Radio Viento Sonda; teniendo en cuen- ta la normatividad de los procesos de adquisición de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, por lo quees necesario determinar los procedimientos establecidos por Ley, para la exoneración del Proceso de Adjudicación Directa; De conformidad con el inciso f) del Artículo 19º y con el inciso a) del Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, que establecen que cuando los bienes no admiten sustitutos, las exoneraciones se aprobarán medianteResolución del Titular del Pliego de la Entidad; y con- tando con el Informe Técnico - Económico emitido por la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, elInforme Legal emitido por la Oficina de Asesoría Jurídi- ca, con la visación del Director de la Oficina General de