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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (13/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 101

PÆg. 245971 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de junio de 2003 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Disponen reducción de tasa por CarnØ Sanitario que se otorga a comercian-tes, conductores y trabajadores depuestos de mercados de abastos for- males e informales ORDENANZA Nº 008 San Juan de Lurigancho, 21 de mayo de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en Sesión Extraordinaria de la fecha, el Infor- me Nº 07-2003-DM/MDSJL de la Dirección Municipal,sobre rebaja del derecho para obtener el carné sanitario para los conductores y trabajadores de los mercados de abastos formales e informales por un período de 6(seis) meses; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución del Estado mo- dificada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680,preceptúa que las Municipalidades Provinciales y Distrita- les son los gobiernos locales con autonomía política, eco- nómica y administrativa en los asuntos de su competencia,correspondiéndole al Concejo Municipal la función normati- va, la que ejerce a través de Ordenanzas con rango de Ley, conforme se establece en el cuarto numeral del artícu-lo 200º de la referida Carta Magna; Que, asimismo el segundo párrafo del artículo 74º de la referida Carta Constitucional establece que los go-biernos locales pueden crear, modificar y suprimir con- tribuciones y tasas o exonerar de éstas dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, el artículo 109º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades aprobada por Ley Nº 23853, señala que los Con- cejos Municipales ejercen funciones de gobierno median-te Ordenanzas, Edictos, Acuerdos y sus funciones de administración mediante Resolución; atribución que se establece en el numeral 3 del artículo 36º de la mismanorma, siendo que el artículo 110º indica que las Orde- nanzas son normas generales que regulan la organización, administración o prestación de los servicios públicos lo-cales, el cumplimiento de las funciones generales y espe- cíficas de las Municipalidades o establecen las limitacio- nes o modalidades impuestas a la propiedad privada; Que, en el marco de las funciones indicadas es política de la Administración Municipal promover la formalización sanitaria de los conductores y trabajadores de los merca-dos de abastos formales e informales, acorde a las dispo- siciones contenidas en los artículos 66º y 68º de la Ley Orgánica de Municipalidades, que asignan como funciónmunicipal el normar y controlar las actividades relaciona- das con el saneamiento ambiental; normar y controlar el aseo, higiene y salubridad en establecimientos comercia-les y otros lugares públicos y vigilar el cumplimiento de las condiciones de higiene de quienes distribuyen y comercian alimentos y bebidas, para lo cual se propone un beneficiotributario temporal consistente en la reducción de la tasa por carné sanitario, por un plazo de seis meses; Estando a lo expuesto y conforme al numeral 3) del artículo 36º y los artículos 109º y 110º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853, por la Ley y contando con el VOTO MAYORITARIO del Pleno del ConcejoMunicipal, con la dispensa del trámite de lectura y aproba- ción de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- DISPONER la reducción de la tasa por Carné Sanitario que corresponde otorgar a losComerciantes Conductores y Trabajadores de Puestos de Mercados de Abastos Formales e Informales, con-forme a Ley, a S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles), por un plazo de seis meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- FACULTAR a la Alcaldía para establecer las medidas administrativas y tributarias que correspondan para el debido cumplimiento de la presen-te Ordenanza, en concordancia con las disposiciones municipales emitidas. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.MAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 11188 Precisan dependencias administrativas que tienen competencia para emitirresoluciones DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006 San Juan de Lurigancho, 1 de abril de 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 002 de fecha 11 de febrero de 2002, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Juan deLurigancho; Que, el precitado Reglamento señala determinadas fun- ciones administrativas a cada una de las unidades orgáni-cas, asignando funciones resolutivas al Director Municipal, como máxima autoridad administrativa y a los Directores Municipales que desempeñan funciones ejecutivas; Que, conforme al principio de desconcentración ad- ministrativa previsto en el artículo 74º de la Ley del Pro- cedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, latitularidad y el ejercicio de competencia a los órganos administrativos se desconcentra en otros jerárquicamen- te dependientes de aquellos, pudiéndoseles transferircompetencia para emitir resoluciones, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades adminis- trativas que conciernen a sus intereses; Que, en esta línea de ideas resulta necesario regla- mentar y precisar las competencias asignadas a los Direc- tores que desempeñan funciones ejecutivas administrativaspara emitir resoluciones, transferidas por mandato del Re- glamento de Organización y Funciones antes aludido; Estando a los expuesto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º numeral 6) de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- PRECÍSESE conforme al Regla- mento de Organización y Funciones aprobado por Edic- to Nº 002 de fecha 11 de febrero de 2002, que lasdependencias administrativas que se indican a continua- ción tienen competencia para emitir resoluciones en los asuntos de su competencia: - Dirección Municipal - Oficina de Rentas- Oficina de Administración - Dirección de Desarrollo Urbano - Dirección de Desarrollo Económico y Social- Dirección de Desarrollo Ambiental y Salud Artículo Segundo.- Las resoluciones que emita la Dirección Municipal serán identificadas como Resolucio-