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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (13/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 106

PÆg. 245976 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de junio de 2003 a) No efectuar limpieza y desinfección de los reser- vorios de agua con la periodicidad de 6 meses, con unamulta del 10% de la UIT. b) La existencia de roedores o insectos en el local, con una multa del 15% de la UIT. c) Reincidencia en los casos descritos anterior- mente, con el cierre del local de forma temporal o su clausura. Artículo 20º.- Deróguese la ordenanza Nº 070-2002- MDSL de fecha 7 de julio de 2000. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO DURAND MEJÍA Alcalde 11107 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Aprueban incorporación de lote de terreno a urbanización del distrito DIRECCIÓN DE OBRAS Y DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 036-03-DODU/MDS Surquillo, 2 de junio del 2003 Visto, el Expediente Nº 63582, seguido por Barrio Médico S.A. debidamente representada por su Presiden- te de Directorio, Dr. Hugo Valencia Guzmán, mediante elcual solicitan se incluya dentro de la Habilitación Urbana de la Urbanización Barrio Médico y Clínica Propia S.A. un lote de terreno ubicado en la Mz. "F" con un área de180.00 m², el mismo que no se consideró en la recep- ción definitiva de la citada urbanización; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 671-F del 12 de noviembre de 1960 se declara cumplida por la Cía. Urbanizadora del Barrio Médico y Clínica Propia S.A. la ejecución de las obras de habilitación, de acuerdo a losproyectos aprobados por la Resolución Ministerial Nº 408 del 3 de junio de 1954; Que, de acuerdo a lo expuesto en la precitada Resolu- ción, se ha fijado como terreno correspondiente al Esta- do por concepto de aporte reglamentario, el área de 4,627.05 m² constituida por la acumulación de los lotesde 4,284.40 m² y el lote 121 de 400,00 m² ubicados ambos en la Mz. "F"; Que, con Resolución Ministerial Nº 742-F del 16 de diciembre de 1960 se aprueba la reubicación del terreno correspondiente al aporte reglamentario para el Estado, ubicándose éste en el lote 121-D, con un área de 4,627.05m², ubicado en la Mz. "F", quedando libre para la venta el lote 121 de 400,00 m² de la misma manzana; Que, la Mz. "F" de la citada urbanización está cons- tituida por cinco lotes, los mismos que son: Lote Nº 121 con un área de 400,00 m² (de uso particular), Lote Nº 121-A con un área de 42.00 m² de uso por Luz del Sur,Lote Nº 121-B con un área de 55.40 m² de uso con un pozo de agua, Lote Nº 121-C con un área de 80.70 m² de uso por Sedapal, Lote Nº 121-D con un área de 4,627.05m² correspondiente al aporte del 2% a favor del Estado. Arrojando la suma de estas áreas un total de 5.205.15 m², existiendo una diferencia de 342.66 m² entre el áreade 4,862.50 m² consignada para la Mz. "F" en la Resolu- ción Nº 671-F y el total de la suma de los lotes que componen dicha manzana; Que, del área remanente de 342.66 m², la Asociación ha determinado un nuevo lote de terreno de 180.00 m² cuya existencia, no impide ni limita las de los lotes exis-tentes ya recepcionados, por consiguiente cabe desig-nar una nueva nomenclatura que identifique a éste den- tro de la Mz. "F" y por ende dentro de la urbanización; Que, de acuerdo a la Memoria Descriptiva y peritaje técnico presentado por la Asociación Barrio Médico S.A. firmado por el Arq. Teodoro Pérez Valle, es procedente lacreación de un nuevo Lote Nº 121-E de la Mz. "F", con un área de 180.00 m² y las siguientes medidas perimé- tricas y linderos: - Por el frente con la Av. Sergio Bernales con 8.15 ml. - Por la derecha con el Lote Nº 121 con 19.20 ml.- Por la izquierda con el Lote Nº 121-A (Empresas Eléctricas) y área de parque con 15.80 ml. - Por el fondo con el límite de la urbanización con 15.00 ml. Que, de acuerdo a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, Artículo 79º Incs, 3, 6, 1 es función específica de la Municipalidad Distrital el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y reali-zar la fiscalización de las habilitaciones urbanas; A mérito de lo expuesto y al ampro de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Muni-cipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Apruébese la incorporación a la Mz. "F" de la Urbanización Barrio Médico y Clínica Pro-pia del Lote Nº 121-E con las siguientes características: - Área - 180.00 m². - Linderos:- Por el frente: con la Av. Sergio Bernales con 8.15 ml. - Por la derecha: con el Lote Nº 121 con 19.20 ml. - Por la izquierda: con el Lote Nº 121-A (Empresas Eléctricas) y área de parque con 15.80 ml. - Por el fondo: con el límite de la urbanización con 15.00 ml. Quedando libre para la venta. Artículo Segundo.- Encárguese a la Dirección de Rentas la incorporación del Lote Nº 121-E de la Mz. "F" de la Urb. Barrio Médico y Clínica Propia S.A., al padrón de contribuyentes. Artículo Tercero.- Transcríbase a los Registros Pú- blicos para los efectos de la inscripción correspondien- te, corriendo por cuenta del interesado la publicación dela presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL GAILLOUR RONCAGLIOLO Director 11035 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Otorgan beneficio para el cumplimien- to de pago de deudas referidas ainfracciones de transporte y trÆnsitoterrestre ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000023 Callao, 12 de diciembre de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO