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PÆg. 246294 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de junio de 2003 PODER EJECUTIVO P C M Aprueban Cuadro para Asignación de Personal del Consejo Nacional de Des- centralización RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 164-2003-PCM Lima, 19 de junio de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización se creó el Consejo Nacional de Descen- tralización - CND, como organismo independiente y des-centralizado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Mi-nistros; Que, mediante Resolución Presidencial Nº 042-CND- P-2003 se aprobó el Reglamento de Organización y Fun- ciones del Consejo Nacional de Descentralización - CND, por lo que es necesario aprobar su Cuadro para Asignaciónde Personal - CAP como instrumento normativo de ges-tión; Que, el artículo 29º de la Ley Nº 27879, Ley de Pre- supuesto del Sector Público para el año Fiscal 2003,dispone que los Cuadros para Asignación de Personal - CAP se aprueban mediante Resolución Suprema, re-frendada por el Titular del Sector al que pertenezca elPliego, previo informe favorable de la Secretaría de Ges-tión Pública de la Presidencia del Consejo de Minis-tros; Que, mediante Informe Nº 127-2003-PCM/SGP, la Se- cretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros ha opinado favorablemente sobre el referido documento de gestión institucional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27783, Ley Nº 27879, el Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM y laResolución Presidencial Nº 042-CND-P-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Per- sonal - CAP del Consejo Nacional de Descentralización -CND, conforme al anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema. Artículo 2 º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU