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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (20/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 246308 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de junio de 2003 propietarios del predio involucrado, conforme consta en el testimonio de la Escritura Pública extendida el 08 de julio de 1998 ante el Notario de Lima, Dr. Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Con- cesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acredi- ten la existencia de servidumbre convencional para el de- sarrollo de las actividades eléctricas como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio el reconocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencio- nal las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el inciso c) del artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas; y, el artículo 220º y si- guientes de su Reglamento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 097-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- IMPONER, a favor de la concesión defi- nitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación en el bien de propiedad de los señores Julio Ricardo Ojeda Rodríguez, Laura Rosa Margarita Piselli Balbi de Ojeda y Alberto Piselli Gianelli, para la instalación de la subestación de distribución eléc- trica para Servicio Público de Electricidad Nº 35192, ubi- cada en la calle Diego Ferré Nº 140, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, constituida por Escri- tura Pública extendida el 8 de julio de 1998, en los térmi- nos y condiciones estipulados en la misma. Artículo 2 º.- Son de aplicación a la servidumbre re- conocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 11114 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 256-2003-EM/DM Lima, 7 de junio de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31144403 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre la solicitud de imposición de la servi- dumbre de ocupación de bienes de propiedad particular, indispensable para la instalación de la subestación de dis- tribución para Servicio Público de Electricidad Nº 35251; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica, en mérito a la Resolución Su- prema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de la servidumbre de ocupa- ción de bienes de propiedad particular, para la instala- ción de la subestación de distribución para Servicio Pú- blico de Electricidad Nº 35251, ubicada en la intersec- ción de la calle Buen Retiro y de la Av. Pío XII, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; Que, la concesionaria ha acreditado que, en el predio señalado en el considerando que antecede, se ha consti- tuido servidumbre convencional de ocupación de bienes de propiedad particular sobre un área de 7,60 metros cuadrados para una subestación de distribución, cele- brada con la Compañía "SAZ Asociados S.A.C.", propie- taria del predio involucrado, conforme consta en el testi- monio de la Escritura Pública extendida el 06 de setiem- bre de 2002 ante el Notario de Lima, Dr. Ricardo Ortiz de Zevallos Villarán, cuya copia obra en el Expediente; Que, el artículo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por el Decreto Su-premo Nº 009-93-EM, establece que los concesionarios que acrediten la existencia de servidumbre convencio- nal para el desarrollo de las actividades eléctricas como es el presente caso, pueden solicitar al Ministerio el re- conocimiento de la misma, siendo de aplicación a tal servidumbre convencional las normas de seguridad es- tablecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas técnicas pertinentes; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el inciso c) del artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas; y, el artículo 220º y si- guientes de su Reglamento; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 098-2003-EM/DGE; Estando a lo dispuesto en el artículo 217º del Regla- mento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1 º.- IMPONER, a favor de la concesión de- finitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre convencional de ocupación del bien de propiedad de SAZ Asociados S.A.C., para la instalación de la subestación de distribución eléctrica para Servicio Público de Electricidad Nº 35251, ubicada en la intersección de la calle Buen Retiro y de la Av. Pío XII, distrito de Santiago de Surco, provincia y departa- mento de Lima, constituida por Escritura Pública exten- dida el 6 de setiembre de 2002, en los términos y condi- ciones estipulados en la misma. Artículo 2 º.- Son de aplicación a la servidumbre re- conocida en el artículo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley, el Reglamento y en las normas técnicas pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 11119 INTERIOR Autorizan a la Defensoría del Policía realizar el I Seminario - Taller Nacio-nal "Derechos Humanos de la Mujer yEquidad de GØnero en la Policía Na-cional del Perœ y el Sector Interior" RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1022-2003-IN/DP Lima, 17 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0026-2002- IN/0101 de 11.ENE.2002, se constituyó la Comisión Es- pecial de la Mujer Policía encargada de formular el diag- nóstico situacional de la mujer policía; posteriormente por Resolución Ministerial Nº 409-2002-IN de 11.MAR.2002, la Comisión Consultiva de la Mujer Poli- cía, encargada de asesorar, promover investigaciones y absolver consultas en relación a los derechos huma- nos de las mujeres, la inequidad de género y promoción de la igualdad de oportunidades de las mujeres que pres- tan servicio en el Sector Interior y en el marco de la revisión y propuestas de modificación de la normativi- dad referida a la mujer policía de la Comisión de Alto Nivel para la Modernización de la PNP; Que, en este contexto, la Defensoría del Policía pro- pone realizar el I Seminario - Taller Nacional "Derechos Humanos de la Mujer y Equidad de Género dentro de la Policía Nacional del Perú y el Sector Interior" durante los días 2, 3 y 4 de julio de 2003, con el propósito de sensi- bilizar al personal asistente en temas de Derechos Hu- manos de las Mujeres y Equidad de Género, difundir,