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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (20/06/2003)

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PÆg. 246343 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de junio de 2003 por terceras personas sean naturales o jurídicas, se halla facultada para recurrir a los mecanismos que la ley le per- mite en el ejercicio de sus derechos; Que, en el presente caso existe una obligación de pago por concepto de impuesto predial por parte de la Empresa Refinería La Pampilla S.A. que a la fecha no se ha mate- rializado, y que es menester recuperar; Estando a lo expuesto, con el voto UNÁNIME de sus integrantes y con la dispensa del trámite de aprobación de Acta y con las atribuciones que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 le confiere; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la contratación de la em- presa "NS ASESORÍA Y GESTIÓN EMPRESARIAL E.I.R.L." por Servicios Personalísimos para que a tiem- po exclusivo se encargue de la determinación del im- puesto predial y cobranza a la empresa Refinería La Pam- pilla S.A. RELAPASA. Artículo Segundo.- APROBAR el pago del 12% más el IGV a la Empresa "NS ASESORÍA Y GESTIÓN EM- PRESARIAL E.I.R.L." una vez recuperado el íntegro del dinero y puesto a disposición de la Municipalidad, sin que a esta Comuna le afecte su patrimonio. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Ase- soría Legal la redacción del contrato con dicha empresa a fin de ser suscrito por los Representantes Legales de ambas partes. Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración la publicación del presente Acuerdo de Con- cejo en el Diario Oficial El Peruano así como la remisión de copia de este Acuerdo e Informes Técnico Legales a la Contraloría General de la República dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN JOSÉ LÓPEZ ALAVA Alcalde 11644 Designan funcionario responsable de la entrega de información solicitada porciudadanos a que se refiere la LeyN” 27806 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 195-2003/MDV-ALC Ventanilla, 28 de mayo del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO:El Informe Nº 075-03/MDV-DM de la Dirección Muni- cipal de fecha 28 de abril del año 2003 e Informe Nº 090- 2003/MDV-DAL de la Dirección de Asesoría Legal de fecha 26 de mayo del año 2003 referentes al análisis y estudio de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información y su modificatoria, Ley Nº 27927. CONSIDERANDO:Que, el inciso 5) del artículo 2º de la Constitución Política del Estado, estipula el derecho fundamental del acceso a la información, al establecer que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la infor- mación que requiera y recibirla de cualquier entidad pú- blica, en el plazo legal y con el costo que suponga este pedido; Que la referida ley, establece que los Gobiernos Lo- cales son entidades de la Administración Pública y por lo tanto están obligadas a proporcionar la debida información; Que, con la finalidad de promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental constitucional antes citado, se ha promulgado la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la InformaciónPública publicada en el Diario Oficial El Peruano el día 3 de agosto del año 2002, concordado con el inciso 6) del Artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General de fecha 11 de abril del año 2001, con los cuales se cautela y promue- ven la Transparencia de los actos de todas las entidades de la Administración Pública, entre ellas los Gobiernos Locales; Que, el último párrafo del artículo 3º en concordancia con el segundo párrafo del artículo 8º de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se establece que la entidad pública designará al funcionario responsable de entregar la información solicitada en virtud de la misma ley. La obligatoriedad de dicha designación debe cumplirse bajo responsabilidad del máximo representante de la entidad, motivo por el cual es necesario que se efec- túe dicha designación; Que, la indicada designación no exime a las demás áreas de la entidad pública, edilicia en este caso, ya sea que produzcan o posean la información que se solicite, de su obligación y responsabilidad en proporcionarla en el tér- mino legal y en las condiciones que hagan posible su cum- plimiento; Que, el referido Informe de la Dirección de Asesoría Legal infiere que el caso de la Municipalidad de Ventani- lla, el alcalde tiene la facultad de designar al funcionario responsable que señala la precitada Ley Nº 27806; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informa- ción Pública, y en uso de las facultades contenidas en el inciso 6) del Artículo 20 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgá- nica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Secretario General de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, señor doctor ÁNGEL GERMÁN SÁNCHEZ BAZÁN, como responsa- ble de la entrega de la información solicitada por cual- quier ciudadano, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806 precitada. Artículo Segundo.- Disponer que todos los Funcio- narios de las Direcciones y Jefaturas que integran el organigrama estructural de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad, toda la información que sea requerida por el Secretario General dentro de los términos legales y en las condicio- nes que hagan posible su cumplimiento a fin de que cum- pla con la función encomendada. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Admi- nistración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese y archívese. JUAN JOSÉ LÓPEZ ALAVA Alcalde 11571 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE Amplían tØrminos del Acuerdo N” 053- 2003-MPC que declaró en situación deurgencia la ejecución de obras en laPlanta de Tratamiento de Residuos Sólidos ACUERDO Nº 068-2003-MPC Cañete, 9 de junio del 2003 Visto en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 5 de junio del 2003, el Informe Nº 037-2003-OCI/MPC de fe- cha 5 de junio del 2003, del Director del Órgano de Audito- ría Interna de la Municipalidad Provincial de Cañete;