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PÆg. 247101 NORMAS LEGALES Lima, lunes 30 de junio de 2003 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Supre- mo Nº 083-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo deMinistros a interponer las acciones legales a que hubiere lugar contra el doctor José Soberón Picard y contra quie- nes resulten responsables por las causales expuestas enla parte considerativa de la presente Resolución, a fin de cautelar los intereses del Estado. Artículo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 12279 Declaran inadmisible queja interpuesta contra Presidente y Secretario Letrado del Consejo Nacional de Calificación de Víctimas de Accidentes, Actos de Terro-rismo o NarcotrÆfico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 215-2003-PCM Lima, 28 de junio de 2003 Vista la queja por defecto de tramitación interpuesta por María Elvia Rodríguez Gonzales Vda. de Cuellar con-tra el Presidente y el Secretario Letrado del Consejo Na- cional de Calificación de Víctimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotráfico, señores Darío Cabrera Espi-noza - Chueca y Jorge Luis Caloggero Encina, respectiva- mente; CONSIDERANDO: Que, María Elvia Rodríguez Gonzales Vda. de Cuellar presentó el 7 de marzo de 2003 su solicitud de reconoci- miento de pensión de sobrevivientes (viudez y orfandad) e indemnización excepcional dispuesta en el Decreto Supre-mo Nº 051-88-PCM, por el fallecimiento de su cónyuge Luciano Félix Cuellar Obispo, ex Alcalde de la Municipali- dad Distrital de San Mateo de Otao, provincia de Huarochi-rí, departamento de Lima;Que, conforme se aprecia de las Actas de Sesión del Consejo Nacional de Calificación de Víctimas de Acci- dentes, Actos de Terrorismo o Narcotráfico de fechas 11 y 16 de abril de 2003, su Presidente procedió a suspenderdichas sesiones al no existir quórum para llevar a cabo las mismas; Que, mediante Oficios Nºs. 101, 102 y 103-2003-PCM- CNC enviados a través de SERPOST S.A. el día 14 de mayo de 2003, en cumplimiento de lo acordado mediante sesión llevada a cabo el 12 del mismo mes, el ConsejoNacional de Calificación de Víctimas de Accidentes, Ac- tos de Terrorismo o Narcotráfico, solicitó a la Delegación Policial del distrito de San Mateo de Otao, provincia deHuarochirí, copia del Atestado Policial correspondiente al fallecimiento del señor Luciano Félix Cuellar Obispo; al Alcalde del distrito de San Mateo de Otao, provincia deHuarochirí, informe si el fallecimiento de la persona antes mencionada se produjo en ejercicio de sus funciones, ex- tendiendo si fuera el caso, la constancia respectiva; y, aMaría Elvia Rodríguez Gonzales Vda. de Cuellar, los docu- mentos antes mencionados; Que, el 15 de mayo de 2003 María Elvia Rodríguez Gonzales Vda. de Cuellar presentó queja por defecto de tramitación contra el Presidente y el Secretario Letrado del Consejo Nacional de Calificación de Víctimas de Acciden-tes, Actos de Terrorismo o Narcotráfico, señores Darío Cabrera Espinoza - Chueca y Jorge Luis Caloggero Enci- na, respectivamente, señalando que su expediente no marcha por negligencia de dichos funcionarios, fundamen- tando su solicitud sólo en lo dispuesto en el artículo 158º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, mediante Oficio Nº 109-2003-PCM/CNC, los fun- cionarios quejados presentaron un descargo conjunto, indi- cando que el Consejo Nacional de Calificación de Víctimas de Accidentes, Actos de Terrorismo o Narcotráfico tiene una cantidad bastante considerable de solicitudes presen- tadas, así como consultas y recursos de apelación inter- puestos en contra de resoluciones expedidas por los Con- sejos Regionales de Calificación, que debieron haber sidoanalizados en las sesiones del 11 y 16 de abril de 2003, las cuales se suspendieron por falta de quórum, y debido a ello el 12 de mayo de 2003 se analizó el caso de la señora María Elvia Rodríguez Gonzales Vda. de Cuellar, proce- diendo a emitir los Oficios Nºs. 101, 102 y 103-2003-PCM- CNC antes mencionados; Que, de conformidad con el artículo 158º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, en cualquier momento, los administrados pueden formular queja contra los defectos de tramitación y, en especial, los que supongan paralización, infracción de los plazos esta- blecidos legalmente, incumplimiento de los deberes fun- cionales u omisión de trámites que deben ser subsanados antes de la resolución definitiva del asunto en la instancia respectiva, debiendo presentarse ante el superior jerárqui- REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguientecorreo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU