Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2003 (30/06/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, lunes 30 de junio de 2003

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, el Programa Nacional Wawa Wasi del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, es el organo tecnico encargado de promover, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones destinadas a brindar a las madres, priorizando las que se encuentran en situacion de extrema pobreza, servicios de cuidado diurno para sus hijos; Que, el Programa Nacional Wawa Wasi funcionalmente tiene independencia de ejecucion administrativa, operativa y presupuestaria; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 3º y 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Trasparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, el Programa Nacional Wawa Wasi como entidad publica, debera designar a los funcionarios responsables de entregar la informacion solicitada, y de la elaboracion y actualizacion de la informacion que se difunda a traves del MORDAZA institucional de internet; en salvaguarda de la trasparencia de los actos administrativos del Programa Nacional Wawa Wasi; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, Ley Nº 27806 y con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Oficina de Asesoria Legal del Programa Nacional Wawa Wasi como el funcionario responsable de brindar la informacion solicitada en aplicacion del articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo 2º.- Designar al Sr. MORDAZA MORDAZA Gallarday, Jefe (e) de la Oficina de Planeamiento, Monitoreo y Evaluacion del Programa Nacional Wawa Wasi, como el funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion de la informacion institucional que se difunda a traves del MORDAZA de Internet del PNWW en observancia a lo dispuesto en el articulo 5º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo 3º.- Pongase la presente Resolucion Directoral en conocimiento de la senora Ministra de la Mujer y Desarrollo Social y de la senora Viceministra de la Mujer, de la Jefa de la Oficina Tecnica de Operaciones, de la Jefa de la Oficina de Administracion y Finanzas, del Jefe (e) de la Oficina de Planeamiento, Monitoreo y Evaluacion y del Jefe de la Oficina de Asesoria Legal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE VELASCO Directora Ejecutiva 12250

SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida con eficacia al 1 de MORDAZA del presente ano, la designacion realizada por Resolucion Ministerial Nº 102-2002-PRODUCE del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director de Operaciones del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP Paita; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 12196

Declaran nulidad de resoluciones emitidas por la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA referentes a volumen de bodega y permiso de pesca
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 019-2003-PRODUCE/DVM-PE MORDAZA, 19 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 030-98-PE/DIREPE/PIURA de fecha 10 de agosto de 1998, se otorgo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y HERMANOS permiso de pesca a plazo determinado para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "MI MORDAZA II" de matricula TA-5780-CM, con capacidad de bodega de 32.72 m3, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto, utilizando redes de cerco con longitud de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgada (38mm), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas costeras; Que la embarcacion "MI MORDAZA II" de matricula TA5780-CM, fue incluida en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 080-2002-PRODUCE de fecha 25 de setiembre de 2002, que publico la relacion de embarcaciones pesqueras que han registrado por mas de tres veces diferencias entre los volumenes diarios de descarga y la capacidad de bodega autorizada; Que la administracion otorgo a los armadores pesqueros cuyas embarcaciones estaban consignadas en el Anexo I de la Resolucion mencionada en el considerando anterior, un plazo no mayor de cuarenta y cinco (45) dias calendarios, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de dicha MORDAZA, sobre la base de una inspeccion tecnica a la embarcacion, para la MORDAZA de un MORDAZA Certificado de Arqueo otorgado por la Autoridad Maritima que consigne en metros cubicos (m3) de capacidad de bodega de la embarcacion, a efectos que se permita verificar si ha tenido modificaciones estructurales, y concluir que se ha incrementado capacidad de bodega sin la debida autorizacion; Que posteriormente mediante Resolucion Directoral Nº 075-2003-GOB.REG.-DIREPE-DR de fecha 07 de marzo de 2003, la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA, modifico el volumen de bodega de la embarcacion pesquera "MI MORDAZA II" otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 030-98-PE/DIREPE/PIURA, consignando el volumen de 38.40 m3, esto es, 5.68 m3 adicionales a los otorgados inicialmente; Que asimismo mediante Resolucion Directoral Nº 0762003-GOB.REG PIURA/DIREPE-DR de fecha 07 de marzo de 2003, la Direccion Regional de Pesqueria de MORDAZA, amplio el referido permiso de pesca para la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco de 1½ pulgadas (38mm) de longitud minima de abertura de malla, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las diez (10) millas adyacentes a la costa; Que de la revision efectuada a los antecedentes del que forman parte del presente expediente, se ha determinado que las caracteristicas de la embarcacion "MI MORDAZA II" de matricula Nº TA-5780-CM, han sido modificadas respecto de las dimensiones que tenia originalmente cuando se otorgo permiso de pesca para operar dicha embarcacion a traves de la Resolucion Directoral Nº 030-98-PE/DIREPE/PIURA de fecha 10 de agosto de 1998; Que la modificacion de la Resolucion Directoral Nº 03098-PE/DIREPE/PIURA, a traves de las Resoluciones Di-

PRODUCE
Dan por concluida designacion de Director de Operaciones del CEP Paita
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 240-2003-PRODUCE MORDAZA, 27 de junio del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 102-2002-PRODUCE de fecha 3 de octubre del 2002, se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director de Operaciones del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP Paita; Que, el cargo de Director de Operaciones constituye un puesto de confianza de la entidad; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por Ley Nº 27779, la Ley Nº 27789, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2003-PRODUCE, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Centro de Entrenamiento Pesquero de Paita - CEP Paita, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PE, y el articulo 3º de la Ley Nº 27594; y, Estando a lo acordado;

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