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PÆg. 240149 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de marzo de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- DEFINICIONES Para efectos de lo dispuesto en la presente Resolu- ción Ministerial se entiende por: a) ACOPIADOR: Persona natural que participa exclusivamente en las compras de algodón rama, para su venta a las empre-sas desmotadoras o adquirientes. b) CORREDOR LOCAL. Persona natural que compra por encargo de las empresas desmotadoras, algodón rama directamenteen las parcelas de los agricultores. Artículo 2º.- CREACIÓN DE REGISTRO Créase el Registro de Acopiadores y Corredores de Algodón en Rama Tangüis en las Agencias Agrarias quea continuación se señala: a) Las Agencias Agrarias de Ica, Chincha, Pisco, Nasca-Palpa. b) Las Agencias Agrarias de Barranca, Huaral, Hua- cho, Puente Piedra, Mala y Cañete. c) Las Agencias Agrarias de Moro (Chimbote), Cas- ma y Huarmey. d) La Agencias Agrarias de Acarí - Bella Unión. Las Agencias Agrarias entregarán a los acopiadores y corredores inscritos una credencial numerada correla-tivamente, que los acreditará como tales. Artículo 3º.- REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO Para su inscripción en el Registro de la Agencia Agra- ria que les corresponda por razón de jurisdicción, losacopiadores y corredores deberán cumplir con los re-quisitos siguientes: ACOPIADOR a) Presentar solicitud conforme al formato que seña- le la Agencia Agraria respectiva; b) Fotocopias legalizadas del D.N.I. y R.U.C;c) Dos fotos tamaño carné;d) Fotocopia legalizada de Licencia Municipal y del Registro Comercial del almacén o depósito para el aco-pio de algodón en zona urbana; e) Fotocopia legalizada de la constancia de apertura del libro de compras y ventas de algodón; f) Acreditar la existencia de sacas y mantas en can- tidades suficientes; g) Carta de compromiso, de presentar información periódica a la Agencia Agraria, en los plazos y formatosque ella señale. CORREDOR a) Presentar solicitud conforme al formato que seña- le la Agencia Agraria respectiva; b) Fotocopias legalizadas del D.N.I. y R.U.C;c) Dos fotos tamaño carné;d) Fotocopia legalizada de la constancia de apertura del libro de operaciones de corretaje de algodón; Regístrese , comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 04138Delegan facultad del Titular del Plie- go de aprobar Directiva de Encargosentre el PRONAMACHCS y sus Unida-des Operativas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0208-2003-AG Lima, 4 de marzo de 2003 VISTO:El Oficio Nº 153-2003-AG-PRONAMACHCS-GG, de fecha 11 de febrero de 2003 del Gerente General delPrograma Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficasy Conservación de Suelos - PRONAMACHCS; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 56º de la Directiva de Tesorería para el Año Fiscal 2003, aprobada por Resolución DirectoralNº 103-2002-EF/77.15, establece que procede el mane-jo de fondos en la modalidad de "Encargos" financiadoscon Recursos Públicos, en los siguientes casos: a) En-tre Unidades Ejecutoras que pertenecen a diferentespliegos presupuestales. En este caso se suscribirá elrespectivo Convenio por los titulares de pliego o por losfuncionarios a quienes les sea delegada esta función, b)Entre Unidades Ejecutoras del mismo pliego presupues-tal y c) Entre la Unidad Ejecutora a una o más de susUnidades Operativas. En los dos últimos casos el titulardel Pliego o el funcionario a quien se le delegue estafunción, deberá aprobar una Directiva para el manejo defondos en la modalidad de Encargos; Que, con el fin de optimizar la operatividad del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conserva-ción de Suelos - PRONAMACHCS, Unidad Ejecutora delPliego Ministerio de Agricultura, se requiere delegar la fun-ción del Titular del Pliego de aprobar la Directiva de Encargosentre dicha Unidad Ejecutora y sus Unidades Operativas,conformantes de su estructura orgánica a favor del GerenteGeneral del PRONAMACHCS; De conformidad con lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricul-tura y estando a lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, su Regla-mento de Organización y Funciones aprobado por elDecreto Supremo Nº 017-2001-AG y la Resolución Di-rectoral Nº 103-2002-EF/77.15; SE RESUELVE:Artículo Único.- Delegar en el Gerente General de la Unidad Ejecutora: 002 del Programa Nacional de Ma-nejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Sue-los - PRONAMACHCS del Ministerio de Agricultura, lafacultad del Titular del Pliego de aprobar la Directiva deEncargos entre dicho Programa y sus Unidades Opera-tivas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÁLVARO QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Agricultura 04142 Autorizan viaje de Jefe del INRENA a Bolivia para participar en la 5” Reunióndel ComitØ de Dirección del Proyectode Conservación de la Biodiversidad en la Cuenca del Lago Titicaca-Desa- guadero-Poopó-Salar de Coipasa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0214-2003-AG Lima, 4 de marzo de 2003