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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2003 (05/03/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 240163 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 5 de marzo de 2003 Otros, de acuerdo a los avances de la tecnología de vanguardia. Artículo 6º.- El Instituto Nacional de Radio y Televi- sión del Perú, deberá comunicar al Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones, dentro del plazo de treinta(30) días a partir de la vigencia del presente Reglamen-to, las medidas concretas que adoptarán para darcumplimiento a lo establecido en el artículo 4º de esteReglamento. La implementación de los medios será pro-gresiva, iniciando con los programas informativos paraluego continuar con los programas educativos y cultura-les. Artículo 7º.- Los servicios de radiodifusión por televi- sión a cargo del Instituto Nacional de Radio y Televisióndel Perú contarán con alguno de los medios visualescontemplados en el presente Reglamento, dentro del pla-zo de sesenta (60) días contados a partir de su vigen-cia. La implementación de los medios visuales se entende- rá satisfecha cuando cada una de las estaciones detelevisión transmita por lo menos un resumen diario desus principales noticias para la población auditivamentediscapacitada. Artículo 8º.- Las empresas e instituciones privadas que opten por emitir programas para las personas condiscapacidad indicadas en el artículo 2º del presentereglamento, evaluarán y adoptarán el medio más apro-piado de acuerdo a su propia capacidad técnica. La implementación de medios se hará en forma progresiva iniciándose en una primera etapa con losprogramas informativos a fin de posibilitar el acceso a lainformación y noticias de las personas con discapaci-dad por deficiencia auditiva. En una segunda etapa, conti-nuará con los programas educativos y culturales. El Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es el organismo encar-gado de coordinar con las empresas e instituciones pri-vadas lo dispuesto en el presente artículo. Artículo 9º.- El Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) abrirá un re-gistro nacional de intérpretes- traductores de lenguajede señas, el cual será permanentemente actualizado.Podrán acceder a él todas las empresas, institucionesprivadas, el Instituto Nacional de Radio y Televisión delPerú y cualquier interesado. Artículo 10º.- Estas normas empezarán a regir al día siguiente de su publicación. 04189 Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Ci- vil a Chile y Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 153-2003-MTC/02 Lima, 4 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autori-zación de viaje se otorgará por Resolución Ministerialdel respectivo Sector, debiendo publicarse dichasresoluciones en el Diario Oficial El Peruano con anterio-ridad al viaje, con excepción de las autorizaciones deviaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones;Que, el artículo 14º del Reglamento de la Ley de Ae- ronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, establece que los inspectores debidamenteidentificados a que se refiere la Ley son competentes,según su especialidad, para verificar las capacidadesexigidas a los titulares de las autorizaciones para reali-zar actividades de aeronáutica civil; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 250-2003-MTC/12.04 señalando que elInspector Lino Roberto Molina Valencia, realizará un che-queo técnico en la ruta Lima - Santiago - Ezeiza - Santia-go - Lima al personal aeronáutico propuesto por la em-presa Aerocontinente S.A., como parte de su habilita-ción en la función de Instructor de Vuelo en el equipoBoeing 767, durante los días 5 y 6 de marzo del 2003; Que, resulta pertinente autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civilpara que, en cumplimiento de las funciones que le asig-na la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar elchequeo técnico a que se refiere la Orden de InspecciónNº 250-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Lino Roberto Molina Valencia, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comu-nicaciones, a las ciudades de Santiago, República deChile y de Buenos Aires, República de Argentina, duran-te los días 5 y 6 de marzo de 2003, para los fines a quese refiere la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, de acuer-do al siguiente detalle: Viáticos US$ 400.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspec-tor mencionado en el artículo 1º de la presente Resolu-ción Ministerial, dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme detallado describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi-nación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones 04168 Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de AeronÆutica Ci- vil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 155-2003-MTC/02 Lima, 4 de marzo de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba-das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, estableceque para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza-ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del