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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2003 (07/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 50

PÆg. 243696 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de mayo de 2003 guardar relación entre si, recomendando finalmente un estudio de Impacto Urbano e Impacto Ambiental; Que, de acuerdo al Informe de Opinión Nº 027-2002- MML-IMP-ST de fecha 11 de setiembre de 2002 el Insti- tuto Metropolitano de Planificación, opina por la proce-dencia del cambio de zonificación de Usos Especiales - OU a Comercio Sectorial C-3 del terreno materia de eva- luación y recomienda que los interesados efectúen unEstudio de Impacto de Transporte, teniendo en cuenta su ubicación y cercanía a la Av. Sánchez Carrión, Av. Salaverry y Av. Gregorio Escobedo, las cuales formanparte del Sistema Vial Metropolitano, debiéndose consi- derar en el Proyecto de Habilitación Urbana el desarrollo de paraderos públicos y estacionamiento temporal detaxis; De conformidad con lo opinado por la Comisión de Desarrollo Urbano y Nomenclatura mediante DictamenNº 024-2003-MML-CDU del 25 de marzo de 2003; Aprobó la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL DISTRITO DE JESÚS MARÍA Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonifica- ción General de los Usos del Suelo de Lima Metropolita- na a Mediano Plazo correspondiente al distrito de Jesús María de Usos Especiales - OU a Comercio Sectorial C-3, del terreno de 29,159.04 m2, ubicado en la cuadra 24 de la Av. Salaverry intersección con la Av. Punta del Este, distrito de Jesús María, provincia y departamentode Lima, para la localización de un área comercial y de servicios sobre el eje vial en la Av. Salaverry y sobre el cual existen construcciones con una antigüedad de 65años las cuales formaron parte del antiguo Hipódromo de San Felipe. Artículo Segundo.- Recomendar que en el Proceso de Habilitación Urbana correspondiente, se exija el es- tricto cumplimiento de la sección vial de doble sentido de la Av. Punta del Este. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil tres. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la Municipalidad Metropolitana de Lima Encargado de la Alcaldía 08437 Modifican Plano de Zonificación Gene- ral de los Usos del Suelo a medianoplazo, correspondiente al distrito deLurín, para instalación de Planta deDistribución de Gas Natural ORDENANZA Nº 500 EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; Visto en Sesión Ordinaria de fecha 24 de abril de 2003, el Documento Simple Nº 23375-03 seguido por el Inmobiliaria Almonte S.A. y Transportadora de Gas del Perú S.A., quien solicita la Asignación de ZonificaciónEspecífica de un terreno de 97,222.66 m2 que forma parte de un área mayor de 434,794.12 m2 de propiedadde Inmobiliaria Almonte S.A., ubicado en la Av. Industrial s/n, altura del Km. 40 de la Panamericana Sur (PuenteArica), dentro de los terrenos rústicos identificados como Sección 5B4, Sección 5B5, Sección 5B6 y Sección 5B7 del terreno denominado Predio Almonte, distrito de Lu-rín, provincia y departamento de Lima, para la instala- ción de una Planta de Distribución de Gas Natural (Puer- ta de Ciudad); y, CONSIDERANDO: Que, es competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir- cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y elacondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí- culo 195º inciso 6) de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucionaldel Capítulo XIV del Título IV ; concordado con el Artículo 11º inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que establece que las Municipalidades Provin-ciales son competentes para regular o pronunciarse sobre Zonificación y Urbanismo; Que, en ejercicio de su competencia constitucio- nal en materia de Planificación Urbana, la Municipali- dad Metropolitana de Lima aprobó la Ordenanza Nº 134-MML del 19 de diciembre de 1997, "Reglamenta-ria de Actualización y Reajuste del Plano de Zonifica- ción General de Lima Metropolitana", que tiene por finalidad normar el proceso de evaluación y reajustedel Plano de Zonificación General de Usos del Suelo de Lima Metropolitana; Que, el distrito de Lurín está comprendido dentro del ámbito territorial de la provincia de Lima; consecuente- mente, es de aplicación la ordenanza antes señalada, la misma que refiere en su Artículo 13º sobre el procedi-miento y aprobación para el reajuste de la Zonificación determinando las exigencias que deban cumplirse para tal fin y; en su Artículo 12º sobre la revisión de dichoreajuste en los casos que exista probado interés publico o local; Que, de acuerdo al Plano de Zonificación Generali- zada de la Cuenca Baja del Río Lurín, aprobado con Ordenanza Nº 310-MML del 12 de marzo de 2001, se califica al terreno del recurso como Residencial de Den-sidad Media - RDM; Que, la referida norma, en su Artículo 30º, Capitulo V, establece que las zonas residenciales son aquellas des-tinadas a usos predominantes de viviendas y que admi- ten como actividades compatibles, el comercio y los servicios correspondientes a los requerimientos del vo-lumen de población a servir; Que, la Empresa Transportadora de Gas del Perú S.A. es titular de la Concesión de Transporte de GasNatural de Camisea al lugar denominado "Puerta de Ciu- dad" en Lima otorgado por Resolución Suprema Nº 101- 2000-EM; Que, dicha empresa desea adquirir el terreno en estudio de 97,222.66 m2 a la Inmobiliaria Almonte S.A. con el objeto de que Transportadora de Gas delPerú S.A. y Gas Natural de Lima y Callao S.R.L. pue- dan ubicar en el lugar de estudio, la Planta de Distri- bución de Gas Natural requiriéndose para ello, quese le asigne la zonificación específica para el uso antes mencionado; Que, mediante Informe Nº 278-2003-MML-DMDU- OPDM del 14 de abril de 2003, la Oficina del Plan de Desarrollo Metropolitano de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano, opina que debido a que en el Sistemade Transporte y Distribución de Gas, existen instalacio- nes denominadas Puerta de Ciudad donde se rebaja la presión del gas a valores compatibles con las de distribu-ción, de la misma manera como funcionan los Sistemas de Transporte y Distribución para la Energía Eléctrica, mediante instalaciones denominadas SubestacionesEléctricas, esta actividad debería ser calificada como un Servicio Público; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, me- diante Oficio Nº 385-2003-MML-IMP del 21 de abril de 2003, remite el Informe de Opinión Nº 12-2003-MML- IMP-DPT, mediante el cual concluye que el área dentrodel cual se ubica el terreno del recurso, para fines de localizar el Puerta de Ciudad, debe ser calificado con el Uso de Industria Liviana - I2, la misma que ratifica el