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PÆg. 243699 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de mayo de 2003 Que, se ha solicitado la realización de una nueva consultoría de obra: "Estudio de Rehabilitación y Desa-rrollo de un proyecto de Reforzamiento del Edificio ubi-cado en el Jr. Camaná Nº 700", lo cual requiere de ase-soría especializada en dicha materia; Que, mediante Informe Nº 02-82-00000002, de fecha 29 de abril de 2003, la Gerencia de Administra-ción justifica técnicamente la contratación de la em-presa Kuroiwa-Kogan-Valdivia Ings Civiles S.A. comoespecializada en la realización de estudios de reha-bilitación y desarrollo de proyectos de reforzamiento,bajo la causal de exoneración por servicios persona-lísimos, a efectos que brinde su servicio de asesoríapor el período de un mes; Que, mediante Informe Nº 04-82-00000899 del 30 de abril de 2003, la Gerencia de Asuntos Legales opina queprocede la tramitación para la contratación bajo la cau-sal de exoneración por servicios personalísimos, siem-pre y cuando se cuente con la justificación técnica co-rrespondiente, disponibilidad presupuestal y demás do-cumentos requeridos y dentro de los límites del marcolegal previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado y su regla-mento; Que, el artículo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estableceque, de producirse algún supuesto de exoneración quedetermine la necesidad de efectuar procesos de Adjudi-cación de Menor Cuantía, la adquisición o contratacióndeberá llevarse a cabo mediante acciones inmediatassobre la base de la obtención de una cotización quecumpla los requisitos establecidos en las Bases, conautorización expresa del Titular del Pliego o de la máxi-ma autoridad administrativa de la entidad, según corres-ponda; Que, para la contratación materia de la presente Resolución, se han cumplido con todos los requisitosprevistos por la normatividad vigente; Que, de acuerdo a los considerandos antes indica- dos, procede autorizar y exonerar del proceso deselección correspondiente, la contratación de la ci-tada empresa, bajo la causal de servicios personalí-simos; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº012-2001-PCM y su reglamento, aprobado por Decre-to Supremo Nº 013-2001-PCM, sus disposicionescomplementarias y modificatorias, la Directiva Nº11-2001-CONSUCODE/PRE y en uso de las faculta-des establecidas en el artículo 6º del Edicto Nº 227,Estatuto del SAT; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar como servicios personalísi- mos la contratación de los servicios especializados enla realización del Estudio de Rehabilitación y Desarrollode un Proyecto de Reforzamiento del Edificio ubicado enJr. Camaná Nº 700 a la empresa Kuroiwa-Kogan-Valdi-via Ings Civiles S.A. Artículo 2º.- Exonerar la contratación a que se refiere el artículo anterior del procedimiento de selec-ción de Adjudicación Directa Selectiva, autorizandoa la Gerencia de Administración la contratación delos servicios indicados mediante el procedimiento deAdjudicación de Menor Cuantía. El valor referencialdel servicio a contratar asciende a S/. 40,356.00Nuevos Soles que incluye todo concepto, gastos ytributos a que hubiere lugar. Artículo 3º.- La fuente de financiamiento será con recursos directamente recaudados por la entidad y porel período correspondiente a 1 mes. Artículo 4º.- Disponer a la Gerencia de Administra- ción efectúe la publicación de la presente Resolución enel Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) díashábiles de su emisión, y asimismo, remita una copia dela misma y de los informes que sustentan esta exonera-ción a la Contraloría General de la República, dentro delos diez (10) días calendario siguientes, conforme loestablece el artículo 20º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y elartículo 115º de su reglamento aprobado por el DecretoSupremo Nº 013-2001-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN BLEST GARCÍA Jefe del Servicio deAdministración Tributaria 08518 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Declaran en situación de urgencia al Programa del Vaso de Leche ACUERDO DE CONCEJO Nº 028-03/MDLV La Victoria, 30 de abril de 2003EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIAVisto en la Sesión Extraordinaria de Concejo cele- brada el 30 de abril del 2003, el requerimiento formuladopor la Dirección de Bienestar Social, a fin de que sedeclare la segunda Situación de Urgencia al Programadel Vaso de Leche; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3º de la Ley Orgánica de Municipali- dades Nº 23853, establece que las Municipalidades pro-mueven la adecuada prestación de los servicios públi-cos locales, fomenta el bienestar de los vecinos y eldesarrollo integral y armónico de las circunscripcionesde su jurisdicción; Que, la Ley Nº 27470, establece normas comple- mentarias para la ejecución del Programa del Vaso deLeche disponiendo que las Municipalidades se constitu-yen como responsables de la ejecución del Programadel Vaso de Leche, organizando, coordinando y ejecu-tando la implementación de dicho Programa en sus fa-ses de selección de beneficiarios, programación, distri-bución, supervisión y evaluación; Que, es necesariamente indispensable fijar los mecanismos a través de los cuales se proceda a laadquisición de los productos e insumos requeridospara la optimización y cumplimiento de los objetivosprevistos en la ejecución del Programa del Vaso deLeche; Que, el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, establece que están exoneradas de los pro-cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-caciones Directa, según sea el caso, las adquisicionesy contrataciones que se realicen en Situación de Emer-gencia o de Urgencia declaradas de conformidad condicha Ley; Que, el Artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, señala textualmente que se considera situa-ción de urgencia cuando la ausencia extraordinaria oimprevisible de determinado bien o servicio comprometeen forma directa e inminente la continuidad de los servi-cios esenciales o de las operaciones productivas que laentidad tiene a su cargo; Que, el Artículo 108º del Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM de fecha 12 de febrero del 2001, Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,establece que la Situación de Urgencia debe entendersecomo una medida temporal ante un hecho de excepciónque determina una acción rápida a fin de adquirir o con-tratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjui-cio de que se realice el proceso de selección correspon-