Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2003 (07/05/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2003

diente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, por Acuerdo de Concejo Nº 0010-03/MDLV de fecha 16 de enero del 2003, adoptado en Sesion Extraordinaria celebrada en la misma fecha, se declaro en Situacion de Urgencia el Programa del Vaso de Leche por un plazo de 90 dias, venciendo con fecha 14 de MORDAZA del presente ano; Que, la Direccion de Bienestar Social mediante Oficio Nº 096-2003-DBS/MDLV de fecha 29/04/03, ha formulado su sustentacion tecnica senalando de que las razones para del requerimiento de Declarar un MORDAZA periodo en Situacion de Urgencia el Programa del Vaso de Leche por 90 dias, obedece a que las limitantes de orden presupuestal y financiero impidieron la entrega de los productos a los beneficiarios en forma oportuna y total. Asimismo, hace referencia de que recien el dia 10 de MORDAZA del 2003, las representantes de base canalizaron su propuesta al Comite de Administracion para la compra de los productos de leche evaporada en bolsitarros de 385 ml. y hojuelas de quinua enriquecida; vale decir, que pasaron mas de 33 dias para definir los insumos a comprar, factor que detuvo el MORDAZA normal de la Licitacion Publica, que conduce la Comision Especial nombrada para esos fines mediante Resolucion de Alcaldia Nº 047-03-ALC/MDLV de fecha 07/03/03, la misma que en cumplimiento a dicho mandato habia iniciado sus labores el dia 12 de marzo del presente ano, con un avance hasta esa fecha del 90% del MORDAZA de seleccion previo al otorgamiento de la buena pro, la que sustenta la necesidad de Declarar una nueva Situacion de Urgencia al programa del Vaso de Leche, a fin de que no quede desabastecido ni desatendido el Programa durante el lapso que demande el MORDAZA de seleccion que duraria de 45 a 60 dias; Que, la Direccion de Planificacion, Presupuesto y Estadistica mediante Oficio Nº 051-2003-DPPE/MDLV de fecha 30/04/03, senala que la atencion y suministros de la racion alimenticia del Programa del Vaso de Leche se atiende mediante Fuente de Financiamiento : 13 Donaciones y Transferencias, Actividad : 100588 Programa del Vaso de Leche Partida 5.3.11.24, con los recursos transferidos mensualmente en un promedio de S/. 147,971.00 (CIENTO CUARENTISIETE MIL NOVECIENTOS SETENTIUN Y 00/100 NUEVOS SOLES), recursos transferidos en fechas no regulares; Que, la Unidad de Logistica por Informe Nº 046-03UL/MDLV de fecha 29/04/03, es de opinion de que no existe ningun inconveniente en Declarar en Situacion de Urgencia por MORDAZA vez al Programa del Vaso de Leche por 90 dias, criterio que ha sido corroborado por CONSUCODE a traves de una consulta personal que efectuara ante esa entidad; Que, la Direccion de Administracion a merito de los Informes emitidos ha considerado necesario se cumpla la Situacion de Urgencia del Programa del Vaso de Leche por 90 dias improrrogables y que la adquisicion de los productos se determine en funcion a tres ofertas escogiendo la de menor costo, cuidando de que reuna los requisitos minimos en cuanto a valores nutritivos, sin perjuicio que se continue con el MORDAZA de seleccion de acuerdo a la Ley Nº 26850 y su Reglamento; Que, la Direccion de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 304-03-DAL/MDLV de fecha 30/04/03, con vista de los pronunciamientos tecnicos efectuados y de los descargos formulados en torno a los hechos que dieron lugar a la imposibilidad de atender adecuada y oportunamente el Programa del Vaso de Leche y los motivos que generaron a que el MORDAZA de seleccion no culminara dentro del tramite regular que establece la Ley, se ha pronunciado porque es procedente la MORDAZA Declaracion de Situacion de Urgencia del Programa del Vaso de Leche por 90 dias, de conformidad con el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha 12/02/01, y el Articulo 108º inciso 2) del Reglamento de la Ley de Contrataciones

y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12/02/01, sin perjuicio de que se culmine lo mas MORDAZA posible el MORDAZA de seleccion conforme a los lineamientos fijados en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12/02/01, haciendo la recomendacion de que la adquisicion de los insumos dentro del periodo de urgencia se efectue teniendo a la vista tres ofertas y se decida por la mas conveniente a los intereses de los beneficiarios cuidando de que la calidad del producto este debidamente garantizado dentro del MORDAZA de Adjudicacion de menor cuantia que establece el Articulo 105º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado MORDAZA mencionado, con la autorizacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion que la misma MORDAZA permite; Que, la Comision nombrada por Acuerdo de Concejo Nº 022-03/MDLV adoptado en Sesion de Concejo celebrado con fecha 26 de MORDAZA del 2003, encargada de efectuar la consulta al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), sobre la procedencia de una MORDAZA Declaratoria de Situacion de Urgencia, manifiesta en su Informe sin numero de fecha 28 de MORDAZA del presente ano, que la misma fue absuelta por el Dr. MORDAZA Carreno, funcionario de esa entidad, quien indico que esta debe estar debidamente sustentada en Informes tecnicos-legales, formulados por los funcionarios responsables; Que, los miembros del Concejo Municipal al tomar conocimiento de los informes referidos en los considerandos precedentes, a pesar de que los mismos han sido presentados en forma extemporanea lo que pudiera acarrear cierta responsabilidad administrativa por parte de los funcionarios, sin embargo conscientes del grave dano que se estaria ocasionando a los ninos, madres gestantes y en periodo de lactancia, algunos en estado de desnutricion o afectados por tuberculosis y ancianos entre otros beneficiarios del programa y conscientes tambien que la ausencia extraordinaria de estos insumos comprometen de forma directa la continuidad del servicio prestado, apelando al sentido humanitario que lo anteriormente conlleva; de conformidad con el Articulo 21º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Articulo 108º numeral 2) Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12/02/01, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Articulo 110º parrafo tercero de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por Unanimidad y con dispensa del tramite de Aprobacion del Acta; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia al Programa del Vaso de Leche por un plazo adicional de noventa (90) dias, contados a partir de la fecha de expedicion del presente Acuerdo. Articulo Segundo.- Autorizar la exoneracion del MORDAZA de seleccion a fin de adquirir los insumos necesarios para el Programa del Vaso de Leche, de conformidad con Presupuesto Institucional - 2003 y el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el presente ano; en tanto se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente. Articulo Tercero.- La Declaratoria de Urgencia a que se refiere el Articulo Primero del presente, comprende la adquisicion de los siguientes productos: Monto referencial S/. 443,913.00 nuevos soles Bolsitarro de 385 ml. Hojuelas de quinua enriquecida Fuente de Financiamiento : Tesoro Publico

Articulo Cuarto.- Facultar al senor MORDAZA para que con arreglo a Ley, dicte todas las medidas extraordinarias que se requieran. Asimismo, disponga se lleven a cabo las investigaciones pertinentes a efecto de determinar la existencia o no de las posibles responsabilidades administrativas.

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