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PÆg. 243698 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 7 de mayo de 2003 Artículo 4º.- Constituir el Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, como órgano descon-centrado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, através del cual se ejercerá las funciones de coordinaciónde la transferencia de los asuntos de competencia deGobierno Regional, en cumplimiento de los requisitos y disposiciones señalados en las normas que correspon- den. El Programa de Gobierno Regional de Lima Metro- politana constituye una Unidad Ejecutora y ejerce sufunción en la jurisdicción de la provincia de Lima, está acargo de un Director General, quien depende del Direc- tor Municipal Metropolitano. La Dirección Municipal Metropolitana aprobará el Cuadro de Asignación de Personal y el Manual de Orga-nización y Funciones del Programa de Gobierno Regio-nal de Lima Metropolitana. Artículo 5º.- Es objetivo del Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana la recepción ordenada de las funciones y competencias de Gobierno Regionalcon el propósito de lograr del Gobierno Nacional la asig-nación de recursos equitativa a las demandas que ellasgeneren. Artículo 6º.- Son funciones del Programa de Gobier- no Regional de Lima Metropolitana las siguientes: - Emitir opinión respecto a los efectos fiscales y presu- puestales que van a producir las actividades y competen-cias de Gobierno Regional a ser transferidas a la Munici-palidad Metropolitana de Lima y formular propuestas para que los efectos sean neutros. - Proponer al Director Municipal Metropolitano, las unidades orgánicas de la Municipalidad Metropolitana deLima con funciones afines, que asumirán transitoriamentelas actividades y competencias de Gobierno Regionaltransferidas, para la decisión del Alcalde Metropolitano de Lima. - Gestionar la formulación del Plan de Desarrollo Concertado (mediano y largo plazo), del Plan Anual yPresupuesto Participativo, del Programa de Promociónde Inversiones y Exportaciones Regionales, del Plan deCompetitividad Regional, del Plan Regional de Desarro- llo de Capacidades Humanas y del Programa de Desa- rrollo Institucional, correspondientes al Gobierno Regio-nal de Lima Metropolitana. - Proponer políticas para el proceso presupuestario del Gobierno Regional de Lima Metropolitana, en el mar-co jurídico vigente. - Coordinar con el Consejo Nacional de Descentrali- zación el apoyo y el asesoramiento para cumplir con elproceso de transferencia de las funciones, competen-cias y recursos de Gobierno Regional, cumpliendo conlos requisitos señalados en las normas que correspon-den para tal propósito. - Coordinar con las Direcciones Regionales Secto- riales la ejecución, supervisión y evaluación de las ac-ciones que en materia sectorial les corresponde asumirde acuerdo a Ley. Artículo 7º.- La Dirección Municipal Metropolitana y los órganos de Apoyo, Asesoramiento y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima, deberán incorpo-rar en sus respectivos planes, las acciones que seannecesarias para coordinar, apoyar, asesorar y controlarla gestión del Programa de Gobierno Regional de LimaMetropolitana, adecuando sus directivas y procedimien- tos en caso necesario. Artículo 8º.- El Programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana deberá cumplir con las normas ydirectivas vigentes de los Sistemas de la Administra-ción Pública y las de los órganos Apoyo, Asesora-miento y Control de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Artículo 9º.- Las Direcciones Municipales, los ór- ganos desconcentrados y descentralizados de la Mu-nicipalidad Metropolitana de Lima, coordinarán con elPrograma de Gobierno Regional de Lima Metropoli-tana, con la finalidad de recibir transitoriamente las actividades y competencias de Gobierno Regional afines a su función. Artículo 10º.- Dejar en suspenso el plazo esta- blecido en el artículo 2º del Edicto Nº 250 de fecha 26de diciembre del 2002, para proponer un nuevo Re- glamento de Organización y Funciones, hasta la en-trada en vigencia de la nueva Ley Orgánica de Muni-cipalidades. POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. En Lima los veinticinco días del mes de abril de dos mil tres. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de laMunicipalidad Metropolitana de LimaEncargado de la Alcaldía 08443 Autorizan contratar servicios para estu- dio de rehabilitación y desarrollo dereforzamiento de inmueble medianteprocedimiento de adjudicación de me- nor cuantía SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 01-04-00000106 Lima, 30 de abril de 2003VISTOS:El Informe Nº 02-82-00000002, de fecha 29 de abril de 2003, y el Informe Nº 04-82-00000899, de fecha 30de abril de 2003; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el inciso h) del artí- culo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado aprobado medianteel Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, las contratacio-nes y servicios personalísimos, de acuerdo a lo queestablezca el reglamento, se encuentran exoneradasde los procesos de Licitación Pública, Concurso Públicoo Adjudicación Directa, según sea el caso, correspon-diendo contratar dichos servicios mediante una Adjudi-cación de Menor Cuantía; Que, el artículo 111º del Reglamento de la precita- da Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que son servicios personalísimos,los contratos de locación de servicios celebradoscon personas naturales o jurídicas cuando para di-cha contratación se haya tenido en cuenta como re-quisito esencial a la persona del locador, ya sea porsus características inherentes, particulares o espe-ciales o por su determinada calidad, profesión, cien-cia, arte u oficio; Que, la norma citada en el párrafo precedente agre- ga que la evaluación de las características o habilidadesdel locador deberá ser objetiva y se efectuará en funciónde la naturaleza de las prestaciones a su cargo; Que, de conformidad con el artículo 20º de la Ley en mención, todas las exoneraciones, salvo la prevista enel literal b) del artículo 19º, se aprobarán mediante Resolu-ción del Titular del Pliego de la Entidad, la misma querequiere de un informe técnico-legal previo; Que, asimismo, la disposición citada en el párrafo precedente señala que dicha Resolución deberá serpublicada en el Diario Oficial El Peruano, excepto en loscasos a que se refiere el inciso d) del artículo 19º de laLey, remitiéndose una copia de la misma y el informe quela sustenta a la Contraloría General de la República, bajoresponsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez(10) días calendario siguientes a la fecha de su aproba-ción;