Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2003 (08/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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diente de ratificacion debe ser remitido por el Servicio de Administracion Tributaria a la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto, adjuntando el Informe correspondiente; Que, en cumplimiento de la precitada Ordenanza, la Gerencia de Asuntos Legales del Servicio de Administracion Tributaria emitio el Informe Nº 04-82-00000822, senalando que la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, ha cumplido con los requisitos legales y tecnicos que las normas exigen para la ratificacion de Ordenanzas de caracter tributario, adjuntando a su solicitud de ratificacion los siguientes documentos: Exposicion de Motivos, Informe Tecnico, Informe Legal, MORDAZA autenticada del texto de la Ordenanza sometida a ratificacion, MORDAZA certificada del Acta de Sesion de Concejo en la cual consta la aprobacion de la Ordenanza materia de ratificacion, MORDAZA de la publicacion de la Ordenanza materia de ratificacion, MORDAZA de los antecedentes normativos de la Ordenanza sometida a ratificacion; Que, como antecedente se senala que el Concejo Distrital de San MORDAZA aprobo mediante las Ordenanzas Nºs. 184-2000-CDSB-C y 187-2000-CDSB-C, los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo correspondientes al ejercicio 2000 en su jurisdiccion, senalando las disposiciones esenciales para la regulacion de los mismos, es decir quienes son contribuyentes, cual es la periodicidad y determinacion de cada arbitrio, asi como las inafectaciones y exoneraciones, las que fueron ratificadas por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 194, publicado el 16 de noviembre de 2000 en el Diario Oficial El Peruano; Que, con Ordenanza Nº 210-2000-CDSB-C y su modificatoria la Ordenanza Nº 220, ratificadas por Acuerdo de Concejo Metropolitano de MORDAZA Nº 056 del 27 de febrero de 2001, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA establecio para el ejercicio 2001 la aplicacion de las mismas disposiciones contenidas en las Ordenanzas Nºs. 184-2000-CDSB y 187-2000-CDSB-C, modificando los articulos 1º, 3º, 4º y 8º de la Ordenanza Nº 1842000-CDSB-C; Que, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobo las Ordenanzas Nºs. 246, 249 y 257 regulando los arbitrios en su jurisdiccion correspondiente al ejercicio 2002, que fueron ratificadas por Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 240 del 2.10.2002, estableciendo la aplicacion de las disposiciones y montos dispuestos en las Ordenanzas Nºs. 184-2000-CDSB-C, 187-2000-CDSB-C, 210-2000-CDSB-C y 220, MORDAZA ratificadas; Que, la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, establece que anualmente se aprobaran los criterios de determinacion y los importes a pagar por conceptos de arbitrios; asimismo en el Art. 69-A establece que: "Concluido el ejercicio fiscal, y a mas tardar el 30 de MORDAZA del ano siguiente, todas las Municipalidades publicaran sus Ordenanzas aprobando el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio segun el numero de contribuyentes de la localidad beneficiada, asi como los criterios que justifiquen incrementos de ser el caso"; Que, en merito a lo precitado, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA aprobo la Ordenanza Nº 268 publicada el 11 de febrero de 2003, regulando los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo en su jurisdiccion para el ejercicio 2003, manteniendo los mismos montos y tasas aplicados en las Ordenanzas Nºs. 184, 187, 210, 220, 246, 249 y 257, habiendo cumplido con publicar la Ordenanza Nº 268, dentro del plazo establecido; Que, mediante la Ordenanza Nº 268, tambien se regula al igual y de la misma forma que las anteriores ordenanzas citadas, el derecho de emision mecanizada de los recibos de pago del Impuesto Predial y Arbitrios para el ejercicio 2003 (en 0.4% de la UIT por predio que equivale a S/. 12.40 y el 50% por predio adicional - S/. 6.20) asimismo, teniendo en cuenta que para los ejercicios 2000, 2001 y 2002 se justificaron los montos de los arbitrios municipales, asi como la estimacion de ingresos y considerando que para el periodo 2003, se aplicaran las mismas tasas, no se hace necesario la elaboracion de un informe tecnico al respecto; Que, en el Informe de la Gerencia Legal del Servicio de Administracion Tributaria se precisa que la Ordenanza materia de ratificacion, se encuentra conforme al MORDAZA normativo establecido por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario y la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776;

De conformidad con lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 0282003-MML-CEPP; ACORDO: Articulo Unico.- Ratificar la Ordenanza Nº 268 de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, que regula los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el ejercicio 2003 en su jurisdiccion, estableciendo los mismos montos y criterios aprobados en sus Ordenanzas Nºs. 184, 187, 210, 220, 246, 249 y 257. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 08480

Ratifican resoluciones de la Municipalidad Distrital de Comas referentes a la recepcion de obras de habilitacion MORDAZA de terreno
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 819
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA VISTO, los Codificados Nºs. 33409-2000 y 55839-2001, mediante el cual la Municipalidad de Comas solicita la ratificacion de las Resoluciones de Alcaldia Nºs. 480 y 9422001-A/MC de fechas 20 de MORDAZA y 24 de agosto de 2001, respectivamente, promovidas por INVERSIONES BPR S.A.; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 1080-99A/MC, de fecha 14 de diciembre de 1999, la Municipalidad Distrital de Comas aprobo la Habilitacion MORDAZA Nueva de la Parcela "Rancheria", para Uso Residencial de Densidad Media "R4" del terreno de 23,550.61 m2, ubicado en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; la misma que fue ratificada por esta Corporacion mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 3920 del 14 de febrero de 2001. Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 480-2001-A/ MC del 20 de MORDAZA de 2001, rectificada por Resolucion de Alcaldia Nº 942-2001-A/MC, de fecha 24 de agosto de 2001, expedidas por la Municipalidad Distrital aludida, se resolvio declarar cumplidas las Obras de Habilitacion MORDAZA del terreno MORDAZA descrito, de conformidad con el Plano Nº 001-2001-DCOHU-DDU/MC. Que, mediante Informes Tecnicos Nºs. 189 y 218-2002MML-DMDU-DHU-DCO, de fechas 11 de octubre y 21 de noviembre de 2002, respectivamente, e Informe Legal Nº 006-2003-MML-DMDU-DHU-AL, de fecha 13 de enero de 2003, se opina por la procedencia de la ratificacion solicitada. Con el visto MORDAZA de la Direccion de Habilitaciones Urbanas y de la Unidad Tecnico Legal, con lo recomendado por la Direccion Municipal de Desarrollo Urbano; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 133 y 273, Edicto Metropolitano Nº 021 y Reglamento Nacional de Construcciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- RATIFICAR la Resolucion de Alcaldia Nº 480-2001-A/MC del 20 de MORDAZA del 2001 emitida por la Municipalidad Distrital de Comas; rectificada por Resolucion de Alcaldia Nº 942-2001-A/MC del 24 de agosto del 2001, relacionado con el tramite de Recepcion de las Obras de la Habilitacion MORDAZA promovida por INVERSIONES BPR S.A. Articulo Segundo.- PRECISAR que la suma de los lotes del 20 al 35 de la manzana "B" no es de 1,806.75 m2 sino de 1,927.20 m2.

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