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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2003 (08/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 41

PÆg. 243763 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de mayo de 2003 Nombre Distrito Provincia Departamento Gringo Hauyñuna Inguilpata Luya Amazonas Cecate San Jerónimo Luya Amazonas Azonada Longuita Luya Amazonas Camino Inca Pizuquía Luya Amazonas Aguas Termales San Jerónimo Luya Amazonas Corontochaca Chanqui Luya Luya Amazonas Gran Vilaya Ocumal Luya Amazonas Quillillic Colcamar Luya Amazonas Pueblo de los Muertos Lamud Luya Amazonas San Antonio Lamud Luya Amazonas Incapuy Pizuquía Luya Amazonas Puemal Colcamar Luya Amazonas Tuente Colcamar Luya Amazonas Lloran-Sholón Colcamar Luya Amazonas Taich Tingo Luya Amazonas Piedra Grande Inguilpata Luya Amazonas Pongumal Conila Luya Amazonas Opelan Luya Luya Amazonas La Muralla Lonya Chico Luya Amazonas Cipra Chuchu Pizuquia Luya Amazonas Chipuric Luya Luya Amazonas La Cruz Luya Luya Amazonas Caverna de Quiocta Lamud Luya Amazonas Carajia Trita Luya Amazonas Revash Santo Tomás Luya Amazonas Lirio Conila Luya Amazonas Caclic Pintura Lamud Luya Amazonas Posik Omía Rodríguez de Amazonas Mendoza Iglesia Pampa Omía Rodríguez de Amazonas Mendoza Artículo 2º.- Encargar a la Dirección Departamental de Cultura - Amazonas del Instituto Nacional de Cultura queestablezca las acciones necesarias para la elaboración delos Planos de Delimitación de los precitados Sitios Arqueo-lógicos con sus respectivas Fichas Técnicas y MemoriasDescriptivas. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públi- cos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienesde Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición de Patrimo-nio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueológicos men-cionados en el artículo 1º de la presente Resolución.Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, ca- minos, carreteras, canales, denuncios mineros o agro-pecuarios, obras habitacionales y otros que pudieseafectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicosdeclarados "Patrimonio Cultural de la Nación", deberácontar con la aprobación del Instituto Nacional de Cul-tura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridadespolíticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 08484 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 197/INC Lima, 2 de abril de 2003VISTO, el Acuerdo Nº 141 tomado por la Comisión Na- cional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 09 defecha 3 de marzo de 2003; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado dependiente del Ministerio deEducación, con personería jurídica de derecho público in-terno, responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la conservacióndel Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación", encarga alInstituto Nacional de Cultura la función de proteger y de-clarar el Patrimonio Cultural arqueológico, histórico y artís-tico, así como las manifestaciones culturales, orales y tradi-cionales del país; Que, mediante Acuerdo Nº 141, de fecha 3 de marzo de 2003, la Comisión Nacional Técnica de Arqueologíarecomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacionalde Cultura declarar Patrimonio Cultural de la Nación a lossiguientes Sitios Arqueológicos, ubicados en el departa-mento de Ayacucho; REQUISITOS PARA LA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- TUPA - Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU