Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2003 (13/05/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, martes 13 de MORDAZA de 2003

NORMAS LEGALES

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cion y los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, y publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision o adopcion; Que, en los articulos 105º y 116º del Reglamento se establece los procedimientos a que deben someterse tales contrataciones precisandose que en la resolucion exoneratoria debera indicarse el organo que se encargara de llevar a cabo la contratacion y que esta se ejecutara mediante acciones inmediatas para la eleccion de la propuesta que cumpla los requerimientos establecidos en las Bases; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y el Estatuto de la Academia de la Magistratura, aprobado por Resolucion Nº 022-2001-AMAG-CD, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones; y con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Primero.- Exonerar en via de Regularizacion del MORDAZA de Seleccion por Situacion de Urgencia la contratacion de los servicios de "Limpieza y Mantenimiento" para la Academia de la Magistratura, por un periodo de 1 mes, plazo aproximado en el que se desarrollara el tramite del recurso impugnatorio formulado en el desarrollo del MORDAZA de seleccion, del 1 de MORDAZA al 31 de MORDAZA de 2003, por el monto estimado de S/. 7,739.49 Nuevos Soles mensuales, con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios. Segundo.- La Oficina de Logistica, se encargara de llevar a cabo las acciones inmediatas para la contratacion del servicio MORDAZA mencionado. Tercero.- Disponer que Secretaria Administrativa remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los Informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica dentro del termino de diez dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion, y su correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 08964

Nº 190-2002-J/ONPE, son organos permanentes de apoyo de la institucion, entre otros, la Secretaria General y la Gerencia de Administracion y Finanzas, estableciendo en su articulo 24º literal e), que corresponde a la Secretaria General planificar, controlar, supervisar y ejecutar las acciones de seguridad interna, defensa nacional y defensa civil, en coordinacion permanente con las instituciones especializadas; Que, sin embargo, de la evaluacion y estudio organizacional de ambos organos, se ha determinado que la funcion de seguridad interna y vigilancia debe corresponder a la Gerencia de Administracion y Finanzas por ser el organo responsable de implementar procedimientos relativos a la custodia fisica de los bienes del activo fijo institucional, conforme a lo establecido en el articulo 120º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, en tal sentido, es necesario modificar el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales a fin de asignar las competencias y responsabilidades de la Secretaria General y la Gerencia de Administracion y Finanzas en lo que corresponde, de manera que las funciones que realicen esten plenamente amparadas en el ordenamiento juridico vigente, y respondan a los principios senalados en la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado Nº 27658; En uso de las atribuciones conferidas al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales en el articulo 13º de la Ley Organica de este organismo electoral Nº 26487, y en el articulo 9º literal j) del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 190-2002J/ONPE; con el visado de la Gerencia de Planeamiento y de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar el articulo 23º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 190-2002-J/ONPE, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Articulo 23º.- La Secretaria General es un organo dependiente de la Jefatura Nacional, esta a cargo de un funcionario de confianza con categoria de Gerente, encargado de dirigir, organizar y supervisar la administracion del sistema unico de tramite documentario y de archivo, asi como las acciones para garantizar la seguridad ciudadana durante los procesos electorales." Articulo Segundo.- Modificar el literal e) del articulo 24º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 190-2002-J/ONPE, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Articulo 24º.- Son funciones de la Secretaria General: e) Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones de defensa nacional y defensa civil, en el ambito institucional, en concordancia con las orientaciones tecnico normativas emitidas por los Sistemas de Defensa Nacional y Civil." Articulo Tercero.- Modificar el literal h) del articulo 27º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 190-2002-J/ONPE, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Articulo 27º.- La Gerencia de Administracion y Finanzas tiene las siguientes funciones: h) Organizar, ejecutar y supervisar las acciones de custodia y proteccion de los bienes de activo fijo y de seguridad interna de la infraestructura institucional, asi como de mantenimiento y control patrimonial, conforme a las normas legales vigentes." Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General y a la Gerencia de Administracion y Finanzas realizar

ORGANISMOS AUTONOMOS ONPE
Modifican articulos del Reglamento de Organizacion y Funciones de la ONPE
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 103-2003-J/ONPE MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2003 VISTO; el Informe Nº 093-2003-GP/ONPE, de fecha 5 de MORDAZA del 2003, de la Gerencia de Planeamiento, indicando la conveniencia y viabilidad de la modificacion del Reglamento de Organizacion y Funciones; CONSIDERANDO: Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales es un organismo MORDAZA que cuenta con personeria juridica de derecho publico interno y goza de atribuciones en materia tecnica, administrativa, economica y financiera. Este organismo electoral es la autoridad MORDAZA en la organizacion y ejecucion de los procesos electorales, de referendum u otras consultas populares; Que, conforme a lo establecido en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por Resolucion Jefatural

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