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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MAYO DEL AÑO 2003 (13/05/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 26

PÆg. 244008 NORMAS LEGALES Lima, martes 13 de mayo de 2003 Designan Presidente de la Corte Supe- rior de Justicia de Madre de Dios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 046-2003-CE-PJ Lima, 9 de mayo del 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Administrativa Nº 205- 2002-CE-PJ, su fecha 27 de diciembre del 2002, esteÓrgano de Gobierno dispuso trasladar al señor Luis Rafael Callapiña Hurtado, Vocal Titular de la Corte Supe- rior de Justicia del Cusco, a la Corte Superior de Justiciade Madre de Dios, para que la presida; en tanto el Con- sejo Nacional de la Magistratura nombre a Vocales Superiores; Que, el Consejo Nacional de la Magistratura por Resolución Nº 185-2003-CNM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de abril del año en curso, nombróal señor José Mariano Reyes Delgado, Vocal de la Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; quien en la fecha concluye su participación en el "Octavo Curso Habili-tante para el desempeño de la Función Jurisdiccional y Fiscal", organizado por la Academia de la Magistratura; Que, por consiguiente existiendo Vocal Titular en la Cor- te Superior de Justicia de Madre de Dios, es del caso designarlo para que la presida, y disponer el retorno del señor Luis Rafael Callapiña Hurtado a la Corte Superior deJusticia del Cusco en su calidad de Vocal Titular; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, sin la intervención del señor Conseje-ro Jorge Calderón Castillo, por encontrarse en comisión de servicios, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimi- dad; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer el retorno del señor Luis Rafael Callapiña Hurtado a la Corte Superior de Justicia del Cusco, en su condición de Vocal Titular de la referidaCorte Superior. Artículo Segundo.- Designar al señor José Maria- no Reyes Delgado, Vocal Titular de la Corte Superior deJusticia de Madre de Dios, como Presidente de la men- cionada Corte Superior; en tanto el Consejo Nacional de la Magistratura nombre a Vocales Titulares en dicho Dis-trito Judicial y se proceda a la elección del Presidente con arreglo a ley. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Oficina de Control de la Ma- gistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Jus-ticia de la República, Gerencia General del Poder Judi- cial, y a los interesados, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. HUGO SIVINA HURTADO WALTER VÁSQUEZ VEJARANOCARLOS E. ALVA ANGULO BENJAMÍN ORDÓÑEZ VALVERDE 08919 ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de limpiezay mantenimiento RESOLUCIÓN Nº 056-2003-AMAG-CD/P Lima, 8 de mayo de 2003VISTOS: El Informe Técnico de la Subdirección de Logística Nº 180-2003-AMAG-LOG y el Informe Legal Nº 112-2003-AMAG-AL sobre la necesidad de exonerar del pro- ceso de selección por Situación de Urgencia para la contratación de los servicios de "Limpieza y Manteni-miento" para la Academia de la Magistratura por el perío- do comprendido del 1 al 31 de mayo de 2003. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 80-2002-AMAG-CD/P se designó al Comité Especial para la contratación, en- tre otros, del servicio del Visto, con la proyección para culminar dicho proceso en diciembre del año próximopasado. Sin embargo, en dicho mes la Dirección Nacio- nal de Presupuesto del Ministerio de Economía y Finan- zas efectuó un recorte presupuestario a la Entidad, loque impidió llevar a cabo el proceso correspondiente en su oportunidad, por lo que el 2 de enero pasado se efec- tuó una prórroga hasta el 28 de febrero último; Que, efectuada la respectiva Convocatoria, median- te Informe Nº 180-2003-AMAG-LOG, la Subdirección de Logística, hace de conocimiento que el Comité Especial,acatando a lo dispuesto por la Resolución Nº 038-2003- AMAG-CD/ de fecha 21 de marzo pasado, procedió a evaluar nuevamente las propuestas Técnicas y Económi-cas del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública Nº 002-2003-AMAG para la contratación de los servicios de "Limpieza y Mantenimiento" para la Acade-mia de la Magistratura otorgando la Buena Pro a MM PROMOCIONES S.A.C. - RHEMA SERVICIOS S.A.C. la misma que ha sido impugnada por lo que en mérito a ellola Subdirección de Logística propone exonerar del pro- ceso de selección la contratación de los servicios de "Limpieza y Mantenimiento", en tanto dure el trámite dedicha impugnación; Que, en virtud del literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se exonera del proceso de selección correspondiente las adquisiciones y contrata-ciones que se realicen en situación de Urgencia declarada de conformidad a la Ley; Que, el Artículo 113º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se- ñala que las exoneraciones a los procesos de selección requieren obligatoriamente de un informe técnico - legalprevio emitido por el área técnica y por el área legal de la Entidad, que contenga la justificación técnico legal de la adquisición o contratación y de la necesidad de la exone-ración; Que, el numeral 2) del artículo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadodispone que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepción que determina una acción rápida a fin de adquirir o con-tratar lo indispensable para paliar la situación de urgen- cia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selec- ción correspondiente; Que, conforme al artículo 20º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando con- curra alguna las causas que se mencionan en el artículo19º, debe recurrirse al proceso de adjudicación de me- nor cuantía, debiendo tal exoneración aprobarse me- diante resolución por el Titular del Pliego de la Entidad; Que, teniendo en cuenta la naturaleza básica e inmediata del servicio de "Limpieza y Mantenimiento" y en tanto culmine el trámite de la impugnación formulada,la exoneración por situación de urgencia se justifica, por cuanto la Entidad debe contar de manera permanente e ininterrumpida con servicios básicos que garanticen laefectiva salubridad del personal de la Entidad , la situa- ción de urgencia prevista en el literal c) del artículo 19º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones se confi-gura en la inmediata solución de continuidad de dicha garantía sanitaria a efectos de no incurrir en desprotec- ción factual, razones por las cuales es procedente ynecesaria la referida contratación vía la Exoneración de Ley, por un plazo aproximado de 1 mes; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacio- nes del Estado y el artículo 115º de su Reglamento debe remitirse copia de la resolución que aprueba la exonera-