TEXTO PAGINA: 14
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G37/G31/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de noviembre de 2003 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G4E/G61/G2D /G76/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G2D /G6E/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G55/G72/G75/G67/G75/G61/G79 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1381-DE/MGP Lima, 2 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones, la de participar y fomentar la imple-mentación de políticas y acuerdos internacionales, destinados agarantizar la defensa regional y seguridad hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y defensa nacional tiene directa relación con los temas de política exterior,en el contexto de sistemas de seguridad colectiva en el ámbitoregional y de seguridad cooperativa en el ámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementación de políticas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a ga- rantizar la defensa regional y la seguridad hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus activida-des en el marco del accionar conjunto e interoperativo, en ob-servancia de los estándares internacionales en la misión cons- titucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia militar han sido diseñados por la Organización de las Naciones Uni-das y la Organización de Estados Americanos, reviste impor-tancia la interrelación en el ámbito castrense, la misma que essugerida por el Consejo de Seguridad Hemisférica de la OEA; Que, en el Informe Final de la Comisión para la Rees- tructuración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado porResolución Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capítulo rela-cionado a "Aspectos de Política Exterior en relación a la De-fensa Nacional" en el que se hace referencia entre otros a laimportancia de un sistema colectivo de seguridad regional; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores de éste, en toda negociación y gestiónque competa a su especialización, debiendo cumplir además lasinstrucciones que les impartan, entre las que deben destacarselas señaladas en los considerandos precedentes; Que, es necesario nombrar en Misión Diplomática al Capitán de Navío Juan Miguel ZAPATER Injoque, para que preste servicios como Agregado Naval a la Embajada delPerú en Argentina y concurrente en Uruguay; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG defecha 21 de junio de 2001, y la Resolución Ministerial Nº 1062- DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regulan los conceptos que se abonan al personal militar y civil de las Fuer-zas Armadas que viaja al exterior en Misión Diplomática; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órde- nes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Capitán deNavío Juan Miguel ZAPATER Injoque, CIP. Nº 01717935,para que preste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Argentina y concurrente en Uruguay, por el período de UN (1) año, a partir del 1.enero.2004. Artículo 2º.- El citado Oficial Superior pasará a revistar a órdenes de la Dirección General del Personal de la Marina deGuerra del Perú, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la misión encomenda-da, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la MisiónDiplomática, sin exceder el período total establecido. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 20631 /G4E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F/G73 /G4E/G61/G76/G61/G6C/G65/G73/G20/G41/G64/G6A/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1384-DE/MGP Lima, 2 de setiembre de 2003CONSIDERANDO: Que, la Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º, inciso (f) ha previsto entre sus funciones la de participar y fomentar la imple- mentación de políticas y acuerdos internacionales, destinados agarantizar la defensa regional y seguridad hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y defensa nacional tiene directa relación con los temas de política exterior,en el contexto de sistemas de seguridad colectiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativa en el ámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementaciónde políticas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinadosa garantizar la defensa regional y la seguridad hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus activida- des en el marco del accionar conjunto e interoperativo, en ob-servancia de los estándares internacionales en la misión cons-titucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia militar han sido diseñados por la Organización de las Naciones Uni- das y la Organización de Estados Americanos, reviste impor- tancia la interrelación en el ámbito castrense, la misma que essugerida por el Consejo de Seguridad Hemisférica de la OEA; Que, en el Informe Final de la Comisión para la Rees- tructuración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado porResolución Suprema Nº 038-DE/SG incluye un Capítulo rela- cionado a "Aspectos de Política Exterior en relación a la De- fensa Nacional" en el que se hace referencia entre otros a laimportancia de un sistema colectivo de seguridad regional; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores de éste, en toda negociación y gestiónque competa a su especialización, debiendo cumplir además las instrucciones que les impartan, entre las que deben destacarse las señaladas en los considerandos precedentes; Que, es necesario nombrar al Capitán de Fragata Javier En- rique EGUSQUIZA Calderón, para que preste servicios comoAgregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los EstadosUnidos de América, a fin que se desempeñe como Oficial de Enlace en el Estado Mayor de la Tercera Flota de la Marina de los Estados Unidos de América, en San Diego - California, por elperíodo de UN (1) año, a partir del 1º enero 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG de fecha21 de junio de 2001, y la Resolución Ministerial Nº 1062 DE/ CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regulan los concep- tos que se abonan al personal militar y civil de las Fuerzas Arma-das que viaja al exterior en Misión Diplomática; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Capitán de Fragata JavierEnrique EGUSQUIZA Calderón, CIP. 00803273, para que presteservicios como Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perúen los Estados Unidos de América, a fin que se desempeñe como Oficial de Enlace en el Estado Mayor de la Tercera Flota de la Marina de los Estados Unidos de América, en San Diego - Cali-fornia, por el período de UN (1) año, a partir del 1º enero 2004. Artículo 2º.- El citado Oficial Superior pasará a revistar a órdenes de la Dirección General del Personal de la Marina deGuerra del Perú, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, estará a cargo de asegurar las condicionesadecuadas para el cumplimiento de la misión encomenda-da, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 20632 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1606-DE/MGP Lima, 31 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, Artículo 4º Inciso (f) ha previsto entre sus funciones la departicipar y fomentar la implementación de políticas y acuer-dos internacionales, destinados a garantizar la defensaregional y seguridad hemisférica;