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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G37/G32/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 9 de noviembre de 2003 Que, es necesario designar al letrado que desempeñe el cargo público de confianza de Procurador Público Des-centralizado de la Procuraduría Anticorrupción Descentra-lizada del Distrito Judicial de Ayacucho; Con la opinión favorable de la Presidencia del Consejo de Defensa Judicial del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en el artículo 5º de la LeyNº 27594, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, enel Reglamento para la Designación de Procuradores Públi-cos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS yen el Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, a la doctora MARIA ANTONIA BAUTISTA ASTO como ProcuradoraPública Anticorrupción Descentralizada del Distrito Judi-cial de Ayacucho. Artículo 2º.- Los Procuradores Públicos Titulares en coordinación con el Procurador designado, le remitirán loslegajos o falsos expedientes que correspondan a los pro-cesos de su competencia, bajo responsabilidad, cursandocopia de la relación respectiva a la presidencia del Conse-jo de Defensa Judicial del Estado. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 20662 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G2D /G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73/G20/G41/G6E/G74/G69/G63/G6F/G72/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G65/G73/G2D /G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73 /G64/G65/G20/G45/G6C/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G79/G20/G4C/G61/G6D/G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 175-2003-JUS Lima, 7 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 033-2002-JUS de fecha 22 de febrero del 2002 se designó al doctor DavidEdgardo Nolasco Ravello, como Procurador Público Anti-corrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Del San-ta; Que, es necesario dar por concluida dicha designación, debiéndose emitir la resolución administrativa corres-pondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los Decretos LeyesNºs. 17537 y 25993, así como en los Decretos SupremosNºs. 002-2001-JUS y 038-2001-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación del doctor, DAVID EDGARDO NOLASCORAVELLO, como Procurador Público Anticorrupción Des-centralizado del Distrito Judicial de Del Santa, dándoselelas gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 20663RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 177-2003-JUS Lima, 7 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 203-2002-JUS de fecha 3 de octubre del 2002 se designó al doctor JoséAlfredo Salvador Bustamante, como Procurador PúblicoAnticorrupción Descentralizado del Distrito Judicial de Lam-bayeque; Que, es necesario dar por concluida dicha designación, debiéndose emitir la resolución administrativa corres-pondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en los Decretos LeyesNºs. 17537 y 25993, así como en los Decretos SupremosNºs. 002-2001-JUS y 038-2001-JUS; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designación del doctor, JOSÉ ALFREDO SALVADOR BUS-TAMANTE, como Procurador Público AnticorrupciónDescentralizado del Distrito Judicial de Lambayeque, dán-dosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 20665 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G50/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20 /G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G73 /G41/G6E/G74/G69/G63/G6F/G72/G72/G75/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G65/G73/G63/G65/G6E/G74/G72/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73 /G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G73/G20/G4A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G6C/G20/G53/G61/G6E/G74/G61/G20/G79/G20/G4C/G61/G6D/G2D /G62/G61/G79/G65/G71/G75/G65 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 176-2003-JUS Lima, 7 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS se crea- ron las Procuradurías Anticorrupción Descentralizadas condomicilio en las sedes de los Distritos Judiciales distintosa Lima, a cargo de Procuradores Públicos Descentraliza-dos con nivel de Procurador Adjunto; Que, es necesario designar al letrado que desempeñe el cargo público de confianza de Procurador PúblicoDescentralizado de la Procuraduría Anticorrupción Descen-tralizada del Distrito Judicial del Santa; Con la opinión favorable de la Presidencia del Consejo de Defensa Judicial del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú, en el artículo 5º de la LeyNº 27594, en los Decretos Leyes Nºs. 17537 y 25993, enel Reglamento para la Designación de Procuradores Públi-cos, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2001-JUS yen el Decreto Supremo Nº 038-2001-JUS; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a partir de la fecha, al doctor LUIS FELIPE GALINDO LATORRE como Procurador Pú-blico Anticorrupción Descentralizado del Distrito Judicialdel Santa. Artículo 2º.- Los Procuradores Públicos Titulares en coordinación con el Procurador designado, le remitirán loslegajos o falsos expedientes que correspondan a los pro-cesos de su competencia, bajo responsabilidad, cursandocopia de la relación respectiva a la presidencia del Conse-jo de Defensa Judicial del Estado.