Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2003 (11/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 11 de noviembre de 2003

tistas Calificados de Alto Nivel, para acceder a plazas vacantes en las entidades de la Administracion Publica, centros educativos y universidades, conforme lo dispone la Ley Nº 27674, a la que se referira este Reglamento cuando se mencione la palabra Ley. Articulo 2º.- Las entidades a que se refiere el articulo 1º de la Ley, en los concursos que convoquen para cubrir plazas vacantes presupuestadas, asignaran a los postulantes que presenten las Certificaciones de Reconocimiento como "Deportista Calificado de Alto Nivel", otorgadas por el Instituto Peruano del Deporte el porcentaje adicional correspondiente en la evaluacion curricular que senala el Articulo 7º de este Reglamento. Articulo 3º.- Se encuentran sujetos a la Ley y al presente Reglamento las entidades que conforman la Administracion Publica de acuerdo a lo establecido en el articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como las empresas privadas, centros educativos y universidades que, al MORDAZA del articulo 3º de la Ley, suscriban Convenios con el Instituto Peruano del Deporte. TITULO II

e) Nivel 5 Deportistas que hayan obtenido medallas de bronce en Juegos Deportivos Bolivarianos o establecido record o MORDAZA nacionales. El porcentaje a considerar sera el 4%. Esta bonificacion se determina aplicando los porcentajes senalados a la nota obtenida en la evaluacion del curriculo, siempre que este sea pertinente al perfil ocupacional de la plaza en concurso y cualquiera sea el criterio de ponderacion que la institucion que convoca otorgue a este parametro. El puntaje expresado en valores absolutos, se adiciona a la nota previamente aludida y este MORDAZA valor constituye la nota final de la evaluacion curricular. Articulo 8º.- El Instituto Peruano del Deporte queda facultado para suscribir convenios para la aplicacion del articulo 3º de la Ley Nº 27674. Articulo 9º.- El Instituto Peruano del Deporte llevara un registro de las acreditaciones otorgadas a favor de los Deportistas Calificados de Alto Nivel, al cual podran acceder las entidades de la Administracion Publica y demas entidades y/o instituciones comprendidas en el articulo 3º del presenta Reglamento. 20978

CAPITULO UNICO DE LOS DEPORTISTAS CALIFICADOS DE ALTO NIVEL Y SU EVALUACION CURRICULAR Articulo 4º.- El beneficio otorgado en la Ley es adicional a los derechos establecidos en el Titulo Tercero de la Ley Nº 28036 - Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte, y en otras disposiciones expedidas en favor de los Deportistas Calificados de Alto Nivel. Articulo 5º.- Se considera "Deportista Calificado de Alto Nivel" a aquel que cumple con los requisitos para ser elegido como representante del MORDAZA en eventos deportivos internacionales garantizando que, por su nivel de eficiencia, puede obtener un rendimiento MORDAZA y un buen resultado, acreditacion que le permite ubicarse en cualquiera de los niveles establecidos en el articulo 7º del presente Reglamento. Articulo 6º.- El reconocimiento a que se refiere el articulo 2º de la Ley Nº 27674, en concordancia con el articulo 63º de la Ley Nº 28036 - Ley de Promocion y Desarrollo del Deporte, es otorgado por el Instituto Peruano del Deporte, en coordinacion con las Federaciones Deportivas Nacionales y el Comite Olimpico Peruano. Dicho reconocimiento MORDAZA lugar a una acreditacion que tendra una vigencia de doce meses, periodo en el cual podra ser presentada a las entidades de la Administracion Publica y demas entidades y/o instituciones comprendidas en el articulo 3º del presente Reglamento. Articulo 7º.- El reconocimiento como "Deportista Calificado de Alto Nivel" sera considerado necesariamente en los concursos de seleccion de personal, convocados en la Administracion Publica y tal calificacion determina la bonificacion segun la escala de cinco (5) niveles que se detallan en este articulo: a) Nivel 1 Deportistas que hayan participado en Juegos Olimpicos y/o Campeonatos Mundiales y se ubiquen en los cinco primeros puestos, o hayan establecido record o MORDAZA olimpicas, mundiales o panamericanas. El porcentaje a considerar sera el 20%. b) Nivel 2 Deportistas que hayan participado en Juegos Deportivos Panamericanos y/o Campeonatos Federados Panamericanos y se ubiquen en los tres primeros lugares o que establezcan record o MORDAZA sudamericanas. El porcentaje a considerar sera el 16%. c) Nivel 3 Deportistas que hayan participado en Juegos Deportivos Sudamericanos y/o Campeonatos Federados Sudamericanos y hayan obtenido medallas de oro y/o plata o que establezcan record o MORDAZA bolivarianas. El porcentaje a considerar sera el 12%. d) Nivel 4 Deportistas que hayan obtenido medallas de bronce en Juegos Deportivos Sudamericanos y/o Campeonatos Federados Sudamericanos y/o participado en Juegos Deportivos Bolivarianos y obtenido medallas de oro y/o plata. El porcentaje a considerar sera el 8%.

Aceptan renuncia de Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo
RESOLUCION SUPREMA Nº 329-2003-PCM MORDAZA, 10 de noviembre de 2003 Vista la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo, formula el senor MORDAZA Diez Canseco Terry; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo formula el senor MORDAZA Diez Canseco MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 20980

Nombran Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo
RESOLUCION SUPREMA Nº 330-2003-PCM MORDAZA, 10 de noviembre de 2003 Vista la propuesta de la Presidenta del Consejo de Ministros; De conformidad con el Articulo 122º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Nombrar Ministro de Estado en el Despacho de Comercio Exterior y Turismo al senor MORDAZA Ferrero Diez Canseco. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 20981

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