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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G34/G38/G34/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 11 de noviembre de 2003 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G6F/G6E/G73/G69/G64/G65/G2D /G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G49/G6D/G70/G75/G74/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G69/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G65/G6E/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G20/G64/G65/G74/G72/GE1/G6E/G73/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 555 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Oficio Nº 01-90-00000936 del Servicio de Administra- ción Tributaria SAT, proponiendo al Pleno del Concejo laaprobación del procedimiento de Reconsideración con- tra la Resolución de Imputación de Responsabilidad en materia de tránsito, con sus respectivos requisitos, y laincorporación del mismo en el Texto Único de Procedi- mientos Administrativos - TUPA del Servicio de Admi- nistración Tributaria SAT, aprobado por Ordenanza 362-MML. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 362 del 17 de febrero de 2002, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos, TUPA, del Servicio de Administración Tributa- ria, SAT; Que, el artículo 36º de la Ley del Procedimiento Admi- nistrativo General, señala que los procedimientos, requisi- tos y costos administrativos se establecen exclusivamentemediante Ordenanza Municipal. Dichos procedimientos deben ser compendiados y sistematizados en el TUPA de la entidad; Que, de conformidad con el artículo 38º de la citada Ley, el TUPA es aprobado por Ordenanza Municipal, y toda modificación que implique la creación de nuevos procedi-mientos, incremento de derechos de tramitación o requisi- tos debe realizarse por Ordenanza Municipal; Que, el artículo 24º de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Transito Terrestre, y el artículo 327 del Regla- mento Nacional de Tránsito, aprobado por el Decreto Su- premo Nº 033-2001-MTC, modificado mediante DecretoSupremo Nº 003-2003-MTC, señalan que el propietario del vehículo es solidariamente responsable ante la autoridad administrativa de las infracciones vinculadas a las condi-ciones técnicas del vehículo, incluidas las infracciones a las normas relativas a la protección del ambiente y seguri- dad, entre otros, según lo que establece la Ley y los regla-mentos nacionales;Que, el segundo párrafo del artículo 327º del Regla- mento citado en el párrafo anterior indica que en las infrac-ciones detectadas mediante la utilización de medios elec- trónicos, computarizados u otros, así como en los casos en que no se identifique al conductor, se presume respon-sable de la comisión de la infracción, al propietario del ve- hículo; Que, mediante Ordenanza Nº 154 se designó al SAT como autoridad administrativa competente en materia de Transporte Urbano e Interurbano de Pasajeros y de Tránsi- to y Seguridad Vial; Que, el SAT se encuentra facultado para emitir resolu- ciones en las que se establezca responsabilidad solidaria y presunta del propietario del vehículo, las mismas quepueden ser impugnadas de conformidad con la Ley del Pro- cedimiento Administrativo General; Que, en razón de lo expuesto el SAT requiere incorpo- rar al TUPA el Procedimiento de Reconsideración contra Resolución de Imputación de Responsabilidad; Estando a lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 157º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo opinado por la Comisión de Economia, Planificación y Pre- supuesto en su Dictamen Nº119-2003-CEPP-MML; Aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Aprobar el procedimiento de Recon- sideración contra la Resolución de Imputación de Respon- sabilidad en materia de tránsito, con sus respectivos requi- sitos. Artículo Segundo.- Incorporar al Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos -TUPA del Servicio de Admi- nistración Tributaria -SAT, el procedimiento siguiente, el mis-mo que como Anexo forma parte de la presente Ordenan- za. - Procedimiento de “Reconsideración contra la Resolu- ción de Imputación de Responsabilidad” del Departamento de Reclamaciones de la Gerencia de Operaciones del SAT. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en Lima a los seis días del mes de noviembre de dos mil tres. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correoelectrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU