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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (16/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G32/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 16 de noviembre de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar al señor JORGE LIAO SALDA- ÑA concesión para la prestación del servicio públicode distribución de radiodifusión por cable por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende el distri- to de Nauta, de la provincia de Loreto, del departamentode Loreto. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a cele- brarse con el señor JORGE LIAO SALDAÑA para la pres- tación del servicio público a que se refiere el artículo pre-cedente, el que consta de veinticinco (25) cláusulas y dos(02) anexos que forman parte integrante de la presente re-solución. Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Gestión de Telecomunicaciones para que, en representación delMinisterio, suscriba el contrato de concesión que se aprue-ba en el artículo anterior, así como, en caso cualquiera delas partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Públi- ca del referido contrato y de las Addendas que se suscri- ban al mismo. Artículo 4º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el con- trato de concesión no es suscrito por el solicitante enel plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computa-dos a partir de la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 21332 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G2D /G72/G69/G61/G6C/G20/G49/G49/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G53/G75/G62/G72/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G2D/G20/G50/G61/G63/GED/G66/G69/G2D /G63/G6F/G20/G2D/G20/G43/G68/G69/G6D/G62/G6F/G74/G65 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 966-2003-MTC/01 Lima, 14 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, por Resolución Ministerial Nº 587-2002-MTC/ 15.01, de fecha 2 de octubre de 2002, se designó al señor Oswaldo Vicente Velásquez Paz en el cargo de confianza de Director de Programa Sectorial II de la Dirección Subre-gional de Transportes y Comunicaciones - Pacífico - Chim-bote; Que, se ha considerado conveniente dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 587-2002-MTC/15.01 y designar al funcionario que des- empeñará el mencionado cargo de confianza; De conformidad con las Leyes Nºs. 27594 y 27791, y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del se- ñor Oswaldo Vicente Velásquez Paz efectuada por la Re-solución Ministerial Nº 587-2002-MTC/15.01; dándosele lasgracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al ingeniero Pedro Barreto Aran- da, en el cargo de confianza de Director de Programa Sec-torial II de la Dirección Subregional de Transportes y Co- municaciones - Pacífico - Chimbote. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 21339/G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G2D /G6E/G61/G20/G6E/G61/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G72/G65/G67/G75/G2D/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G6D/G69/G78/G2D/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G74/G72/GE1/G66/G69/G63/G6F/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6F/G20/G63/G61/G62/G6F/G74/G61/G6A/G65 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 189-2003-MTC/13 Lima, 15 de julio de 2003 Vista la solicitud, expediente Nº 014670-2003, presen- tada por PEDRO TUESTA ROJAS, mediante la cual solici- ta Permiso de Operación para prestar servicio regular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pasajeros)en tráfico nacional o cabotaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comercial, enel cual se establecen las normas técnicas y legales a lascuales deberán sujetarse las personas naturales y jurídi-cas que prestan éste servicio, a fin de alcanzar el ordena-miento empresarial, administrativo, operativo y de seguri- dad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, correspon- de a la Dirección General de Transporte Acuático expe-dir los Permisos de Operación a las personas natura-les o empresas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, don PEDRO TUESTA ROJAS, ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestarservicio regular de transporte fluvial comercial mixto(de carga y pasajeros) en tráfico nacional o cabotaje; Que, la persona natural de don PEDRO TUESTA RO- JAS, se encuentra debidamente inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 10056068029; Que, mediante informe Nº 130-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimodal, asícomo del Informe Nº 172-2003-MTC/13.al del Asesor Le-gal, se opina favorablemente sobre la solicitud de permisode operación presentada, por lo que resulta procedente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de don PEDRO TUESTA ROJAS, para prestar servicio re-gular de transporte fluvial comercial mixto (de carga y pa-sajeros) en tráfico nacional o cabotaje, en la forma siguien-te: TRÁFICO : Nacional o cabotaje SERVICIO : Regular: ruta: Iquitos - Islandia - Pan- toja - Trompeteros - Pucallpa - Yurima-guas - Iquitos. TRANSPORTE : Mixto (carga y pasajeros) Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con la embarcaciónde su propiedad denominada: M/F "Jeisawell" con matrí-cula IQ- 8099-MF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el Artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de la publicación en el Dia-rio Oficial El Peruano; la renovación deberá ser solicitadapor la empresa recurrente a la Dirección General de Trans-porte Acuático del Ministerio de Transportes y Comunica-ciones con anticipación de sesenta (60) días calendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, implica la obligación por parte de la empresa naviera, de some-terse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás dis-posiciones legales y reglamentarias que regulan el trans-porte fluvial, debiendo adecuarse a las normas modificato- rias y complementarias que se expidan sobre la materia, así como a las disposiciones y directivas que dicte la Di-rección General de Transporte Acuático.