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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (16/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 13

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G32/G37/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 16 de noviembre de 2003 Cód. Exp. Descripción de la Área de Propietario Tipo de servidumbre servi- terreno dumbre 31141403 Subestación de Distrib ución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 5627. 8,28 m2del Estado Ubicación: distrito de Villa y aires (vía pública)María del Triunfo, provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 288 365,76 8 657 104,44 B 288 365,36 8 657 106,20 C 288 369,85 8 657 107,21 D 288 370,25 8 657 105,46 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la-bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la ser-vidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan-do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser-vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons- trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de energía y Minas 20195 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529-2003-MEM/DM Lima, 22 de octubre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31139402 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposición de la servi-dumbre de ocupación de bienes públicos, indispensablepara la instalación de la subestación compacta subterrá-nea de distribución para Servicio Público de ElectricidadNº 5656; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre deocupación de bienes públicos para la instalación de lasubestación compacta subterránea de distribución paraServicio Público de Electricidad Nº 5656, ubicada en lavereda de la Avenida Centenario, Mz 55, Lt 22, Sector Buenos Milagros, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º de la Ley de Concesiones Eléctricas, los con-cesionarios están facultados a utilizar a título gratuito elsuelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así como para cruzar ríos, puentes, vías férreas, líneas eléc-tricas y de comunicaciones; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 109º y siguientes del Decreto Ley Nº 25844,Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de ha- ber verificado que la peticionaria ha cumplido con los re-quisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 262-2003-DGE-CEL; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía;SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que estitular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación com- pacta subterránea de distribución para Servicio Público de Electricidad Nº 5656, ubicada en la vereda de la avenidaCentenario, Mz. 55, Lt. 22, Sector Buenos Milagros, distri-to de San Juan de Miraflores, provincia y departamento deLima, de acuerdo a la documentación técnica y los planosproporcionados por la empresa, conforme al siguiente cua- dro: Cód. Exp. Descripción de la Área de Propietario Tipo de servidumbre servi- terreno dumbre 31139402 Subestación de Distribu ción Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 5656. 6,15 m2del Estado Ubicación: distrito de San Juan y aires (vía pública)de Miraflores, provincia ydepartamento de Lima.Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 285 618,60 8 658 034,31 B 285 617,91 8 658 035,64 C 285 614,27 8 658 033,75 D 285 614,96 8 658 032,42 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no po- drá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar la-bores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la ser-vidumbre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan-do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso deincumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la ser-vidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS A. FLURY Ministro de energía y Minas 20196 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 530-2003-MEM/DM Lima, 22 de octubre de 2003VISTO: El Expediente Nº 31142703 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposición de la servi-dumbre de ocupación de bienes públicos, indispensable para la instalación de la subestación convencional del tipo superficie de distribución para Servicio Público de Electri-cidad Nº 65; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha soli-citado la imposición de la servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación con-vencional del tipo superficie de distribución para ServicioPúblico de Electricidad Nº 65, ubicada en la Calle Malecón Balta, Cuadra 8, distrito de Miraflores, provincia y departa- mento de Lima; Que, de acuerdo con lo establecido por el literal a) del artículo 109º de la Ley de Concesiones Eléctricas, los con-cesionarios están facultados a utilizar a título gratuito elsuelo, subsuelo y aires de caminos públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del Estado o municipal, así