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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (23/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G35/G37/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 23 de noviembre de 2003 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G4D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G44/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G75/G61/G72/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G6E/G64/G6F/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G6F/G73/G4E/G61/G76/G61/G6C/G20/G79/G20/G41/GE9/G72/G65/G6F/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G61/G20/G6C/G61/G73/G20/G45/G6D/G62/G61/G2D /G6A/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G2C/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G2C /G46/G72/G61/G6E/G63/G69/G61/G2C/G20/G43/G68/G69/G6C/G65/G20/G79/G20/G50/G61/G6E/G61/G6D/GE1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1705-2003-DE/MGP Lima, 17 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones la departicipar y fomentar la implementación de políticas y acuer-dos internacionales, destinados a garantizar la defensa re- gional y seguridad hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y defen- sa nacional tiene directa relación con los temas de política exte-rior en el contexto del sistema de seguridad colectiva en el ámbitoregional y de seguridad cooperativa en el ámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementación de políticas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados agarantizar la defensa regional y la seguridad hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuerzas Ar- madas profesionalizadas para que desarrollen sus actividadesen el marco del accionar conjunto e interoperativo, en obser- vancia de los estándares internacionales en la misión constitu- cional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia militar han sido diseñados por la Organización de las Naciones Uni-das y la Organización de Estados Americanos, reviste impor-tancia la interrelación en el ámbito castrense, la misma que es sugerida por el Consejo de Seguridad Hemisférica de la OEA; Que, el Informe Final de la Comisión de Reestructuración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por ResoluciónSuprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del 2002, incluyeun capítulo relacionado a "Aspectos de Política Exterior en Re-lación a la Defensa Nacional" en el que se hace referencia en- tre otros a la importancia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad yracionalidad del gasto en el Sector Público, ha reducido al míni-mo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal Su- perior para que presten servicios en las Agregadurías de De- fensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Mi- sión y actúan como asesores de éste, en toda negociación ygestión que competa a su especialización, debiendo cumplirademás las instrucciones que les impartan, entre las que de- ben destacarse las señaladas en los considerandos preceden- tes; Que, por Resolución Ministerial Nº 2095 DE/MGP de fecha 26 de diciembre del 2002, se nombró en Misión Diplomática aórdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Capitán deNavío Manuel Alberto CARMONA Bernasconi, como Agrega- do Naval y Aéreo a la Embajada del Perú en Venezuela, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2003; Que, es necesario ampliar el nombramiento en Misión Diplomática del referido Oficial Superior, para que continúeprestando servicios como Agregado Naval y Aéreo a laEmbajada del Perú en Venezuela, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SGde fecha 21 de junio del 2001 y la Resolución Ministerial Nº1062 DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regu-lan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Misión Di- plomática; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el nombramiento en Misión Diplo- mática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores,al Capitán de Navío Manuel Alberto CARMONA Bernasco-ni, CIP 06712435, para que continúe prestando servicioscomo Agregado Naval y Aéreo a la Embajada del Perú enVenezuela, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2004.Artículo 2º.- El citado Oficial Superior continuará revistan- do en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, estará a cargo de asegurar las condicionesadecuadas para el cumplimiento de la misión encomenda-da, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 21933 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1706-2003-DE/MGP Lima, 17 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones la departicipar y fomentar la implementación de políticas y acuer-dos internacionales, destinados a garantizar la defensa re-gional y seguridad hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y defen- sa nacional tiene directa relación con los temas de política exte-rior en el contexto del sistema de seguridad colectiva en el ámbitoregional y de seguridad cooperativa en el ámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la implementación de políticas y acuerdos bilaterales o multilaterales destinados a garantizar la defensa regional y la seguridad hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuerzas Ar- madas profesionalizadas para que desarrollen sus actividadesen el marco del accionar conjunto e interoperativo, en obser-vancia de los estándares internacionales en la misión constitu- cional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia militar han sido diseñados por la Organización de las Naciones Uni-das y la Organización de Estados Americanos, reviste impor-tancia la interrelación en el ámbito castrense, la misma que essugerida por el Consejo de Seguridad Hemisférica de la OEA; Que, el Informe Final de la Comisión de Reestructuración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por ResoluciónSuprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del 2002, incluyeun capítulo relacionado a "Aspectos de Política Exterior en Re-lación a la Defensa Nacional" en el que se hace referencia en-tre otros a la importancia de un sistema colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de austeridad yracionalidad del gasto en el Sector Público, ha reducido al míni-mo indispensable las autorizaciones de viaje del Personal Su-perior para que presten servicios en las Agregadurías de De- fensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa dependen del Jefe de Mi- sión y actúan como asesores de éste, en toda negociación ygestión que competa a su especialización, debiendo cumplirademás las instrucciones que les impartan, entre las que de-ben destacarse las señaladas en los considerandos preceden- tes; Que, por Resolución Ministerial Nº 1426 DE/MGP de fecha 28 de agosto del 2002, se nombró en Misión Diplomática aórdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Capitán deNavío Herbert Daniel CALDERON Alemán, como AgregadoNaval a la Embajada del Perú en Colombia, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2003; Que, es necesario ampliar el nombramiento en Misión Diplomática del referido Oficial Superior, para que continúeprestando servicios como Agregado Naval a la Embajadadel Perú en Colombia, por el período de UN (1) año, a partirdel 1 de enero del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SGde fecha 21 de junio del 2001 y la Resolución Ministerial Nº1062 DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regu-lan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civilde las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Misión Di- plomática; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina;