Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2003 (01/10/2003)
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NORMAS LEGALES
MORDAZA, miercoles 1 de octubre de 2003
pleo y la mejora de ingresos del personal medico y asistencial de la salud, entre otros. Articulo 3º.- Banco Agropecuario El Credito Suplementario a que se refiere el articulo precedente comprende la transferencia de la suma de S/. 10 000 000,00 (DIEZ MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) al Banco Agropecuario, destinados a financiar los creditos directos a que se refiere el articulo 3º de la Ley Nº 27603, Ley de creacion de la citada institucion financiera. El Ministerio de Economia y Finanzas transferira la suma establecida en el parrafo precedente mediante Resolucion Ministerial, con cargo a los recursos aprobados en la presente Ley. Articulo 4º.- Distribucion funcional programatica Los pliegos habilitados aprueban mediante Resolucion la distribucion funcional programatica del Credito Suplementario aprobados por la presente Ley, dentro de los cinco (5) dias de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de dicha Resolucion se remite dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el articulo 4º de la Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003. Articulo 5º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Ley, solicitaran de ser necesario a la Direccion Nacional de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevos componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Articulo 6º.- Notas para modificaciones presupuestarias La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego instruye a las Unidades Ejecutoras para que
elaboren las correspondientes "Notas para modificacion Presupuestaria" que requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Y TRANSITORIA Unica.- Dispensase para el presente ejercicio fiscal al Sector Publico no financiero de lo establecido en el inciso b) del numeral 1 del articulo 4º de la Ley Nº 27245 de Responsabilidad y Transparencia Fiscal, modificada por la Ley Nº 27958. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de setiembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treinta dias del mes de setiembre del ano dos mil tres. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros
Anexo Nº 1 CREDITO SUPLEMENTARIO PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2003 Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles)
GRUPOS GENERICOS DE GASTO
PLIEGOS HABILITADOS
1 Personal y Obligaciones Sociales 31 500 000
2 Obligaciones Previsionales
3 Bienes y Servicios 110 800 000 3 700 000
5 Inversion
6 Inversiones Financieras 10 000 000
Total 268 000 000 3 700 000 6 800 000
SECCION PRIMERA: GOBIERNO CENTRAL 001 Presidencia del Consejo de Ministros 008 Ministerio de Relaciones Exteriores 009 Ministerio de Economia y Finanzas 011 Ministerio de Salud 012 Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo 013 Ministerio de Agricultura 026 Ministerio de Defensa 007 Ministerio del Interior 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones 038 Ministerio de Produccion MORDAZA SECCION: INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 095 Oficina de Normalizacion Previsional TOTA L
115 700 000
1 200 000 30 300 000
5 600 000 10 000 000 20 500 000 20 500 000 40 000 000 37 000 000 95 200 000 4 000 000 16 955 000 16 955 000
10 000 000 30 300 000 20 500 000 20 500 000 40 000 000 37 000 000 95 200 000 4 000 000 16 955 000 16 955 000
31 500 000
16 955 000
110 800 000
115 700 000
10 000 000
284 955 000
18038