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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (01/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 252290 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 1 de octubre de 2003 MINCETUR Autorizan viaje de Viceministro de Turismo a Brasil para participar en di- versas actividades de promoción de la oferta turística y de inversiones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 372-2003-MINCETUR/DM Lima, 29 de setiembre de 2003 Visto el Memorándum Nº 798-2003-MINCETUR/VMT, del Viceministro de Turismo. CONSIDERANDO: Que, a fin de concretar la cooperación binacional entre la República Federativa del Brasil y la República del Perú, se llevará a cabo entre los días 9 al 11 de octubre de 2003, en las ciudades de Sao Paulo y Río de Janeiro,diversas actividades dirigidas a consolidar la integra- ción, la promoción de la oferta turística peruana así como la ampliación de la oferta exportable y la promoción deinversiones; Que, en la ciudad de Sao Paulo, se encontrarán importantes tours operadores del mercado turísticobrasileño, oportunidad propicia para dar a conocer nuestro potencial turístico y sentar las bases para la comercialización de paquetes turísticos con destinoa Perú. Asimismo, se llevará a cabo el seminario "INKA EXPERTS", organizado por PROMPERU, con el mis- mo fin; Que, en la ciudad de Río de Janeiro se suscribirá el día 10 de octubre el acto de Hermanamiento de las ciudades de Río de Janeiro y Cusco, con asistenciade altas autoridades del Brasil; y se llevarán a cabo reuniones de trabajo con empresarios, dirigidas a captar inversiones para el sector turismo; Que, dada la importancia e incidencia directa de las actividades programadas en el incremento del turismo hacia el Perú; es conveniente la participación del Vice-ministro de Turismo; Que, consecuentemente, es necesario autorizar el viaje de dicho funcionario y encargar el DespachoViceministerial de Turismo en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis- cal 2003, Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM y Decreto de Urgencia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del arquitecto Franklin Ramiro Salas Bravo, Viceministro de Turismo, a las ciu- dades de Sao Paulo y Río de Janeiro, República Fede-rativa del Brasil, del 8 al 12 de octubre de 2003, para los fines señalados en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuer-do al siguiente detalle: Pasajes US$ 1 322,00 Viáticos US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC US$ 28,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario autori- zado mediante el Artículo 1º, presentará al Titular delSector un informe detallado sobre las acciones realiza- das y los logros obtenidos en las reuniones a las que asistirá y la correspondiente rendición de cuentas deacuerdo a Ley.Artículo 4º.- Encargar el Despacho del Viceministro de Turismo al doctor Alfredo Ferrero Diez-Canseco, Vi-ceministro de Comercio Exterior, a partir del 8 de octu- bre y en tanto dure la ausencia del Titular Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de de- rechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o deno- minación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL DIEZ CANSECO TERRY Ministro de Comercio Exterior y Turismo 18036 Autorizan viaje de funcionario para asistir a audiencia del Tribunal de Jus-ticia de la CAN sobre la demanda denulidad interpuesta por el Perœ contrala Resolución 672 de la SecretaríaGeneral RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 373-2003-MINCETUR/DM Lima, 29 de setiembre de 2003 Visto el Memorándum Nº 481-2003-MINCETUR/ VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Quito, República de Ecua- dor, el día 2 de octubre de 2003, se celebrará la Au-diencia Pública ante el Tribunal de Justicia de la Co- munidad Andina,referida a la Demanda de Nulidad interpuesta por la República del Perú contra la Reso-lución 672, expedida por la Secretaría General de la Comunidad Andina y de los actos que sirvieron para la adopción de la misma, con expresa condena decostos y costas para la parte demandada, según Proceso Nº 35-AN-2003; Que, la Secretaría General de la Comunidad An- dina mediante la Resolución 672 impuso derechos antidumping de US$ 0,15 por cada kilogramo que importe la República del Perú de película de polipro-pileno biorientada transparente, proveniente de la empresa Inteplast o su división Am Topp de Estados Unidos de América; Que, el Gobierno del Perú durante el curso de la eta- pa administrativa cuestionó el procedimiento de dum- ping seguido por dicho órgano comunitario, toda vez quedurante el desarrollo del mismo se incurrieron en serios vicios de nulidad perjudicando gravemente los intereses del país; Que, de no recurrirse la Resolución 672 de la Secretaría General de la Comunidad Andina y de los actos que sirvieron para la adopción de la misma, segenerarán perjuicios irreparables para el sector pro- ductor del plásticos,el mismo utiliza como principal insumo al polipropileno biorientado transparente, de-biendo asumir los sobrecostos de un derecho anti- dumping adoptado en contra de las normas legales vigentes; Que, por lo anteriormente señalado es de suma importancia hacer valer los derechos que le asisten al Perú, debiendo designarse para tal efecto a unrepresentante que asista a la audiencia convocada por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina; Que, tal asunto es de interés para el país, razón por la cual es necesario autorizar la participación de un re- presentante del Ministerio de Comercio Exterior y Turis- mo; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27879- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fis-