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PÆg. 253840 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de octubre de 2003 a) dispone que la exoneración será aprobada mediante Resolución del Titular del Pliego, requiriendo obligatoria-mente un informe Técnico-Legal previo; y, Estando a lo propuesto por la Escuela Técnica del Ejér- cito, a lo dictaminado por la Oficina de Asuntos Jurídicosdel Ejército y a lo recomendado por la Comandancia Ge- neral del Ejército; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Exonerar al Ejército del Perú - Escuela Técnica del Ejército del Proceso de Selección de Adjudi- cación Directa Pública, para la contratación por Servicios Personalísimos con el Instituto Peruano de Administraciónde Empresas (IPAE), para la capacitación de los alumnosen la especialidad de Auxiliar de Estado Mayor Informáti-co. Artículo 2º.- Autorizar al Ejército del Perú - Escuela Técnica del Ejército la contratación de los Servicios Per- sonalísimos con el citado Centro de Estudios, mediante elproceso de Adjudicación de Menor Cuantía, por el períodode octubre a diciembre 2003. Artículo 3º.- El monto total de los gastos de contrata- ción con el Instituto Peruano de Administración de Empre- sas (IPAE) no excederá de OCHENTA y CINCO MIL CIEN- TO SESENTA y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 85,160.00),incluidos los impuestos de Ley, con cargo a la Fuente deFinanciamiento Recursos Ordinarios del Año Fiscal 2003,de la Unidad Ejecutora 003 del Pliego 026. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente re- solución en el Diario Oficial El Peruano y remitir a la Con- traloría General de la República copia de la misma conjun-tamente con el Informe Técnico - Legal que la sustenta,dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fe-cha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 19467 ECONOMÍA Y FINANZAS Autorizan viaje de Presidente del Direc- torio del Banco de la Nación a PanamÆpara participar en la Conferencia Intera- mericana de Responsabilidad Social de la empresa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 210-2003-EF Lima, 24 de octubre de 2003 Vista la Carta EF/92.2000 Nº 623-2003 de la Gerencia General del Banco de la Nación, de fecha 22 de octubre de2003; CONSIDERANDO: Que, entre los días 26 y 28 de octubre, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, se desarrollará la "Confe-rencia Interamericana de Responsabilidad Social de laEmpresa: RSE como Instrumento de Competitividad"; Que, el Banco de la Nación mediante Carta de visto, mani- fiesta que es indispensable la participación del señor Kurt Bur-neo Farfán, Presidente del Directorio, en el evento a que serefiere el primer considerando, teniendo en cuenta que dichoevento es de suma importancia para alcanzar los objetivos delBanco de la Nación en relación al rol social que debe cumplir en su condición de empresa estatal de derecho público, que subsidiariamente presta servicios financieros en numerosaslocalidades del país, donde no existe oferta de servicios ban-carios del sector privado, y orientados al desarrollo económicoy social de las comunidades del interior del país; Que, en consecuencia, es necesario exceptuar de la prohibición establecida en el Decreto de Urgencia Nº 017- 2003, el viaje del mencionado funcionario, debiendo el Ban-co de la Nación asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de inscripción, pasajes y viáticos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el artículo 18º de la Ley Nº 27879, el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM y el artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº017-2003; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del se- ñor Kurt Burneo Farfán, Presidente del Directorio del Ban- co de la Nación, a la ciudad de Panamá, República de Pa- namá, del 26 al 28 de octubre de 2003, para los fines ex-puestos en la parte considerativa de la presente Resolu-ción. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupues- to del Banco de la Nación, de acuerdo al siguiente detalle: Inscripción : US$ 300,00 Pasajes : US$ 443,40 Viáticos : US$ 600,00 Tarifa Corpac (TUUA) : US$ 2 8,24 Artículo 3º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cual-quier clase o denominación a favor del funcionario cuyoviaje se autoriza. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 19716 Declaran improcedentes diversos recur- sos de queja interpuestos contra el Tri-bunal Fiscal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 590-2003-EF/10 Lima, 24 de octubre de 2003 Visto, el recurso de queja interpuesto por el señor RI- GOBERTO HUAMÁN MUÑOZ contra la Resolución del Tri-bunal Fiscal Nº 03634-5-2003; CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de setiembre de 2003, el señor RIGO- BERTO HUAMÁN MUÑOZ interpone Recurso de Quejacontra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 03634-5-2003del 25 de junio de 2003, que declara infundada la queja interpuesta por aquel contra el ejecutor coactivo de la Mu- nicipalidad Provincial de Huancayo, por haber iniciado unprocedimiento de cobranza coactiva violando el procedi-miento previsto en el Código Tributario; Que, la quejosa alega interponer Recurso de Queja contra la citada Resolución del Tribunal Fiscal al amparo del artículo 155º del Código Tributario, con el objeto que se revoque dicha resolución toda vez que el Tribunal Fiscal alresolver dicho recurso de queja no ha tomado en cuentasu petitorio; Que, de acuerdo a lo señalado por el Tribunal Fiscal en el Oficio Nº 4328-2003-EF/41.01 de fecha 29 de setiembre de 2003, por medio del cual remite el Informe Nº 041-2003- EF/41.09.5 donde formula el descargo respectivo contra laqueja interpuesta, de la revisión de lo alegado por el quejo-so en el recurso de queja y de la documentación remitida