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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (26/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 253838 NORMAS LEGALES Lima, domingo 26 de octubre de 2003 AF-2003, con cargo a la Fuente de Financiamiento "Re- cursos Ordinarios" hasta por el importe de TREINTA YNUEVE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTIÚN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 39'291,000.00); Que, dentro del importe considerado en el párrafo pre- cedente se aprobó una Transferencia de Partidas por la Fuente de Financiamiento "Recursos Ordinarios" a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa hasta por el importede DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.200,000.00), para atender los gastos de reparación oca-sionados en las instalaciones del Ejército por la explosióndel polvorín El Tablazo - Tumbes; Que, es necesario aprobar mediante Resolución Minis- terial la distribución Funcional Programática de la Transfe-rencia de Partidas a favor de las Unidades Ejecutoras delPliego 026: Ministerio de Defensa durante el AF-2003; Estando a lo informado por el Viceministerio de Asun- tos Administrativos y Económicos del Ministerio de Defen- sa; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Desagregación de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, con cargo a la fuente de financiamiento "Recursos Ordinarios", hastapor la suma de DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOSSOLES (S/. 200,000.00), de acuerdo al siguiente detalle: A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO : 026 MINISTERIO DE DEFENSA UNIDAD EJECUTORA : 003 EJÉRCITO PERUANO FUNCIÓN : 07 Defensa y Seguridad NacionalPROGRAMA : 066 Orden Externo SUBPROGRAMA : 0187 Def ensa Terrestre PROYECTO : 00132 Construcción y Rehabilitación de Instalaciones FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00: RECURSOS ORDINARIOSCATEGORÍA DEL GASTOY GRUPO GENÉRICO DEL GASTO (En Nuevos Soles) 6 GASTOS DE CAPITAL 5 INVERSIONES 200,000.00 TOTAL U/E 003: Ejército Peruano S/. 200,000.00 PLIEGO 026: MINDEF 6 GASTOS DE CAPITAL 5 INVERSIONES 200,000.00 TOTAL PLIEGO S/. 200,000.00 Artículo 2º.- Codificaciones La Dirección de Economía del Viceministerio de Asun- tos Administrativos y Económicos del Pliego 026: Ministe-rio de Defensa, solicitará a la Dirección Nacional del Pre- supuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Actividades,Proyectos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidadesde Medida. Artículo 3º.- Notas de Modificación Presupuestaria La Dirección de Economía del Viceministerio de Asun- tos Administrativos y Económicos del Pliego 026: Ministe- rio de Defensa, instruirá a la Unidad Ejecutora 003: Ejérci-to Peruano, para que elabore la correspondiente "Nota paraModificación Presupuestaria", que se requiera como con-secuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Remisión Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismosseñalados en el Artículo 4º de la Ley Nº 27879 - Ley dePresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003,Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano del Pliego 026:Ministerio de Defensa, Viceministerio de Asuntos Adminis- trativos y Económicos del Ministerio de Defensa, Dirección de Economía del Viceministerio de Asuntos Administrati-vos y Económicos del Ministerio de Defensa, Órgano deControl Institucional e Inspectoría General del Ministeriode Defensa.Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 19465 Declaran infundada apelación inter- puesta por empresa contra otorga-miento de la Buena Pro respecto de la Adjudicación Directa Selectiva N” ADS- 010-2003-DIRTEL RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1582-DE/SG Lima, 21 de octubre de 2003 Visto el recurso de apelación interpuesto por la compa- ñía A y P TECNOLOGÍA S.A.C. contra el otorgamiento dela Buena Pro respecto a la Adjudicación Directa SelectivaNº ADS-010-2003-DIRTEL; CONSIDERANDO: Que, el Comité Especial Permanente de la Dirección de Telemática de la Marina llevó a cabo el proceso de Adju-dicación Directa Selectiva Nº ADS-010-2003-DIRTEL parala adquisición de un sistema de detección de intrusos y bloqueo para la WAN Naval; el cual luego de la evaluación técnica y económica de las propuestas presentadas porlas empresas postoras, conforme a lo establecido en lasBases, con fecha 1 octubre 2003 otorgó la Buena Pro a lacompañía RS DEL PERÚ S.A.C., conforme al Acta Nº 010de la misma fecha; Que, la empresa postora A y P TECNOLOGÍA S.A.C., dentro del plazo establecido, interpuso recurso de apela-ción con fecha 7 octubre 2003, recepcionado el mismo día,contra el otorgamiento de la Buena Pro respecto a la cita-da Adjudicación Directa Selectiva, el cual reúne los requi-sitos de admisibilidad que dispone el artículo 168º del Re- glamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCMde fecha 12 febrero 2001; Que, por el mencionado recurso de impugnación la empresa A y P TECNOLOGÍA S.A.C. expresa su discon-formidad con el resultado de la adjudicación y solicita se rectifique la calificación efectuada por el citado Comité Especial Permanente sobre su propuesta técnica, en loconcerniente al numeral (7) del Anexo (8) de las Bases,donde dice: UN (1) punto por mayor antigüedad de consti-tución de la empresa dedicado al objeto del proceso; asi-mismo, señala que para dicha calificación presentó SEIS (6) facturas de venta de Detector de Intrusos desde el mes de octubre 2002, y que el postor adjudicatario sólo presen-tó DOS (2) facturas de venta del año 2003, e indica ade-más que si bien la empresa RS DEL PERÚ S.A.C. fue cons-tituida el año 1994 no quiere decir que tenga más expe-riencia o mayor antigüedad dedicada al objeto del proceso; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 170º del referido Reglamento, se corrió traslado del citado recursode apelación al postor que obtuvo la Buena Pro, el cual conescrito de fecha 13 octubre 2003, recibido el día 14 delmismo mes, absolvió el traslado de dicha apelación, dondeexpresa que la citada empresa apelante confunde el térmi- no antigüedad de constitución de empresa dedicado al ob- jeto del proceso, señalado en las Bases, con antigüedadde las facturas objeto del proceso, no indicado en las Ba-ses; asimismo, indica que la dedicación para comercializarlos productos objeto del proceso lo realiza desde el mesde abril 2001; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 53º del mencionado Reglamento, una vez integradas las Bases, elComité Especial es el único autorizado para interpretarlasdurante el ejercicio de sus funciones y sólo para los efec-tos de su aplicación; Que, de acuerdo al artículo 2º, inciso 18, del citado Reglamento, se define a las especificaciones técnicas como descripciones, elaboradas por la Entidad, de las caracte-rísticas fundamentales de las obras, consultorías, servi-