NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (08/09/2003)
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PÆg. 251026 NORMAS LEGALES Lima, lunes 8 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, en el Presupuesto Institucional de Apertura para el año fiscal 2003 de la Municipalidad Provincial de Caja- bamba, se ha aprobado la suma de S/. 364,364.00, para la adquisición de los insumos para el Programa del Vasode Leche durante el presente año; Que, mediante el Oficio Nº 10-2003-MPC/CEADMC, el Presidente del Comité Especial, hace llegar el Oficiomencionado, a la Dirección de Asesoría Legal, solicitan- do la emisión de un Informe Técnico Legal sobre la Decla- ración de Urgencia la adquisición de insumos para el Pro-grama del Vaso de Leche, Dirección que emite un InformeTécnico Nº 052-2003-MPC/DAL, sustentando tal proble-mática en el sentido que resulta necesario la adquisiciónde insumos del Programa del Vaso de Leche correspon- diente a los meses de julio y agosto del presente año, según lo estipulado en los artículos 19º literal C y 21º delTexto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-quisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM y su Reglamento D.S. Nº 013-2001-PCM; Que, la razón de declarar en situación de urgencia la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Le- che, radica en la inmediata necesidad de satisfacer el ser-vicio que se viene brindando a las diferentes comunidades,caseríos y centros poblados de la jurisdicción, lo que im-plicaría un retraso y perjuicio considerable si se procedea la formalización del proceso de adjudicación directa, dado el tiempo que toma la realización de dicho proceso en todas sus etapas; Que, es deber de la Municipalidad Provincial de Caja- bamba atender la necesidad de la población, satisfaciendoel servicio de entrega de insumos para el vaso de leche alos beneficiarios con el programa y dar cumplimiento a este encargo del Estado. Con el afán de evitar compro- meter el servicio que presta la entidad, se procede a de-clarar en situación de Urgencia la adquisición del produc-to para dicho programa conforme a Ley; Que, el Artículo 43º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades faculta la expedición de Resoluciones de Alcaldía para resolver asuntos de carácter administrativo; Por lo que en mérito a las atribuciones conferidas por el artículo 20º inciso 6), de la Ley Orgánica de Municipa-lidades Nº 27972 y el Acuerdo Unánime del Concejo Mu-nicipal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Ur- gencia la adquisición de los insumos del Programa delVaso de Leche, correspondiente a los meses de julio y agosto del año 2003 de la Municipalidad Provincial de Cajabamba. Artículo Segundo.- Encargar al Comité Especial lle- var a cabo el Proceso de Selección de Menor Cuantíapara la Adquisición correspondiente. Artículo Tercero.- Publicar la presente Resolución den- tro de los diez días hábiles siguientes. Artículo Cuarto.- Remitir copia autenticada de la pre- sente Resolución y del Informe Nº 052-2003-MPC/DAL, ala Contraloría General de la República, dentro de los diezdías calendario siguientes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. WILSON PESANTES ALAYO Alcalde Provincial 16636 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SULLANA Declaran en Emergencia Administrati- va y Financiera a la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 120-2003/MPFS Sullana, 28 de agosto del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL FRONTERIZA DE SULLANAPOR CUANTO: El Concejo Municipal de Sullana en Sesión Ordinaria del 27 de agosto del 2003; VISTO: El Proveído Nº 2838-2003/MPFS/GM, del 19.8.2003, de la Dirección Municipal sobre Declaraciónde Emergencia Administrativa y Financiera a la Munici-palidad Provincial Fronteriza de Sullana, así como el In-forme Nº 334-2003/MPFS-OF.ADM. del 19.8.2003, emiti-do por la Oficina de Administración sobre el reporte de cuentas por pagar; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Vigésima Disposición Complemen- taria de la Ley Nº 27972, que aprueba la nueva Ley Orgá- nica de Municipalidades, se dispone que las muni- cipalidades provinciales o distritales, por única vez, conacuerdo adoptado por dos tercios de los miembros delconcejo municipal, podrán declararse en emergencia ad-ministrativa o financiera, por un plazo máximo de noventadías, con el objeto de hacer las reformas, cambios o reor- ganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos, respetando los derechos laborales adquiridoslegalmente; Que, con los documentos de Vistos se está recomen- dando declarar en emergencia administrativa y financieraa la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana, para que a través de un proceso de reorganización administra- tiva y de reestructuración orgánica se determine la nuevaorganización y la formulación de los documentos de ges-tión administrativa de nivel institucional que formalicen sunaturaleza, finalidad, objetivos, cargos necesarios y defi-nición de funciones, entre otros aspectos, compatible, con la estructura orgánica administrativa gerencial estableci- da por los Artículos 26º y 28º del mismo cuerpo legal,debiendo efectuarse los ajustes que estimen pertinentes; Que, la emergencia administrativa obliga a revisar la situación laboral de los servidores municipales, y adoptarlas acciones que correspondan, respetando los derechos laborales que hayan sido adquiridos dentro del marco le- gal existente; Que, complementando lo anteriormente referido, el ar- tículo 41º de la acotada ley establece que los acuerdosson decisiones específicas sobre cualquier asunto de in-terés público, vecinal e institucional que expresan la opi- nión de la Municipalidad, su voluntad de practicar un de- terminado acto o de sujetarse a una conducta o normainstitucional; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades con- feridas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,el Concejo Municipal por mayoría de 08, en Sesión Ordi- naria Nº 20-2003/MPFS; ACORDÓ:Artículo Primero.- Declarar en Emergencia Admi- nistrativa y Financiera, por única vez y por un plazo de noventa (90) días la Municipalidad Provincial Fronteriza de Sullana, para adecuarla a los alcances de la Ley Orgá-nica de Municipalidades Nº 27972 y efectuar las reformas,cambios, reorganizaciones y demás actos administrativosy presupuestales que fueren indispensables para optimi-zar sus recursos y funciones, para cubrir sus gastos operativos y pendientes, según lo dispuesto por la Vigési- ma Disposición Complementaria de la referida Ley. Artículo Segundo.- Corresponde a la Comisión de Reorganización y Reestructuración designada medianteAcuerdo de Concejo Nº 094-2003/MPS, implementar lodispuesto mediante el artículo precedente, debiendo en su oportunidad presentar sus propuestas y recomenda- ciones al Concejo Municipal de los resultados de las dife-rentes etapas del proceso, dentro del plazo establecido,para lo cual contará con el asesoramiento de la personanatural o jurídica especializada que contratará el señorAlcalde para este efecto. Artículo Tercero.- Facúltese al señor Alcalde para que disponga las medidas pertinentes para la aplicación delpresente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ISAÍAS A. VÁSQUEZ MORÁN Alcalde 16612