NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (08/09/2003)
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PÆg. 251009 NORMAS LEGALES Lima, lunes 8 de setiembre de 2003 ciales y Alumnos chilenos, así como de otras nacionalida- des, de la Academia de Guerra Naval de Chile, del 11 al14 setiembre 2003; Que, con Oficio G.100-1912 de fecha 11 agosto 2003, el Secretario del Comandante General de la Marina, in-forma que entre los días del 11 al 14 setiembre 2003, in-gresarán a territorio nacional, sin armas de guerra, losmencionados Oficiales y Alumnos, siendo la Marina deGuerra del Perú de opinión favorable que se lleve a cabola mencionada visita, con fines de estudio e intercambio académico profesional, considerando que dicha actividad contribuirá a estrechar los lazos de amistad, así como for-talecerá las relaciones bilaterales existentes entre ambasMarinas, siendo necesario autorizar el ingreso al territoriode la República del citado Personal Militar extranjero; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública de Oficiales y Alumnos chilenos, así como de otras nacionalidades, de la Academia de Guerra Naval de Chi- le, sin armas de guerra, del 11 al 14 setiembre 2003, con fines de estudio e intercambio académico profesional,cuyos nombres figuran en el anexo que forma parte inte-grante de la presente Resolución. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi- sión de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas desu expedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la LeyNº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, Ministro de Defensa y Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 16599 Autorizan ingreso de mØdicos militares de EE.UU. al territorio de la Repœblica,para efectuar ejercicio de capacitaciónen destreza mØdica RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 301-DE/SG Lima, 5 de setiembre de 2003CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requisi- tos para la Autorización y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República-, es- tablece que la autorización de ingreso al territorio perua-no del personal militar extranjero sin armas de guerra porrazones protocolares, de asistencia cívica, actividades aca-démicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgadamediante Resolución Suprema, en la que se debe espe- cificar los motivos, la identificación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de perma-nencia en el territorio peruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 367 de fecha 4 de agosto de 2003, el Secretario de Política Exteriordel Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de un equipo de médicos militares de los Estados Unidos de América,sin armas de guerra, compuesto por miembros de uni-dades asignadas al Comando Sur (SOUTHCOM), enel período comprendido del 10 al 27 de setiembre delpresente año, con la finalidad de efectuar un Ejercicio de Capacitación en Destreza Médica en la ciudad de Iquitos; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, a un equipo de médicos mi- litares de los Estados Unidos de América, en el períodocomprendido del 10 al 27 de setiembre del 2003, con lafinalidad de efectuar un Ejercicio de Capacitación en Des-treza Médica en la ciudad de Iquitos, y cuyos nombres figuran en el Anexo que forma parte de la presente Reso- lución. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comi-sión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, De-sarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Con- greso de la República, en el plazo de 24 horas de su ex- pedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 16600 AVISO